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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (21/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 201723 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de abril de 2001 tiva Nº 002-98-PRES/VMDR, sobre el proceso de Evalua- ción para los trabajadores de los CTARs en todo el país; Que, el Consejo Transitorio de Administración Regio- nal La Libertad, mediante Resolución Presidencial Eje- cutiva Nº 162-2001-CTAR-LL, de fecha 6 de marzo del 2001, designa la Comisión Central de Evaluación, la misma que de acuerdo con la Directiva aludida en el considerando precedente, y el Reglamento Interno para este proceso, aprobado con Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 418-99-CTAR-LL, de fecha 12 de julio de 1999, ha llevado a cabo el Programa de Evaluación correspondiente al Segundo Semestre del 2000; Que, por Resoluciones Presidenciales Ejecutivas Nºs. 163, 164, 165, 166 y 167 - 2001-CTAR-LL, de fecha 6 de marzo del 2001, resuelven designar las Comisiones encargadas de desarrollar el Programa de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Permanen- tes de las Direcciones Regionales Sectoriales de: Traba- jo y Promoción Social; Salud; Pesquería; Educación; Agricultura y, Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional - La Libertad, correspondiente al Segun- do Semestre del 2000; Que, según el Informe del Visto, el Presidente de la Comisión Central de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores del CTAR - La Libertad y de sus Direcciones Regionales Sectoriales eleva a la Presidencia Ejecutiva, la información sobre los puntajes obtenidos por los trabajadores de la Sede Central y de las Direcciones Regionales Sectoriales del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional La Libertad para su respectiva Con- solidación, siendo necesaria su APROBACIÓN, mediante Resolución Presidencial Ejecutiva correspondiente; Que, el Proceso Evaluativo se ha desarrollado en estricta observancia de las formalidades prescritas en las Leyes que regula su ejecución y habiéndose otorga- do plenas garantías al personal evaluado aplicando los criterios normativos de Legalidad, Objetividad, Impar- cialidad y el debido proceso; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 26922, Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Decreto de Urgencia Nº 030-98 y Resolución Suprema Nº 008-98-PRES, con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, los Resultados del Proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los trabajadores del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional - La Libertad: Sede Central, Archivo Regional, Oficinas Microrregionales y de las Direccio- nes Regionales Sectoriales de: Salud; Educación; Agra- ria; Pesquería; Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción; Trabajo y Promoción Social; Energía y Minas; Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales del Consejo Transito- rio de Administración Regional - La Libertad; corres- pondiente al Segundo Semestre de 2000, según grupo ocupacional: Directivos y Servidores Nombrados y cua- dro de méritos que consta en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DECLARAR EXCEDENTE, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolu- ción, al Personal por no haber aprobado la Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Permanen- tes del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad, y de las Direcciones Regionales Sectoria- les, correspondiente al Segundo Semestre del 2000, que a continuación se detalla: APELLIDOS Y NOMBRES Grupo Categ. Puntaje Ocup. Remun. Total Dirección Regional de Educación: 1.- FERNÁNDEZ VILLARREAL Paola E. Técnico STA 57 2.- QUISPE FERNÁNDEZ Víctor Gonzalo Auxiliar SAE 59 3.- ROSALES MENDOZA Carlos Manuel Auxiliar SAD 41 Artículo Tercero.- DISPONER, que la Entidad en donde han prestado servicios los Servidores Cesadosque se indica en el artículo anterior, abone sus benefi- cios sociales conforme a Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución al Viceministerio de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Economía y Finanzas y demás órganos competentes del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad. Regístrese y comuníquese. GILBERTO DOMINGUEZ LOPEZ Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional "La Libertad" 22142 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen la realización de matrimonio civil y religioso comunitario en coordi- nación con parroquia del distrito ORDENANZA Nº 079-MDMM Magdalena del Mar, 16 de abril de 2001 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha, adoptó por MAYORÍA y con dispen- sa del trámite de la lectura y aprobación del Acta; CONSIDERANDO: Que, es función específica de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal el fo- mentar su bienestar, siendo de su competencia organi- zar y administrar la prestación de los servicios públicos esenciales, como es el caso de Registro Civil; Que, en adición a las funciones de carácter social y comunal que ejercen las Municipalidades, es política de la Municipalidad brindar las mayores facilidades posi- bles a los vecinos del distrito que deseen formalizar y/ o regularizar su situación conyugal, contribuyendo de esta manera con fortalecer la Unidad Familiar como célula básica de la sociedad; Que, con motivo de celebrarse el 129° Aniversario de la Creación Política del distrito de Magdalena del Mar, la Unidad de Registro Civil dentro del plan de activida- des anuales tiene programado la realización de un Matrimonio Comunitario, que se realizará el 1 de julio y el que se comunica mediante Informe Nº 0025-01- URRCC-MDMM, su fecha 15 de marzo del 2001, dirigi- do al Despacho de Alcaldía, comunicándose la Celebra- ción de un Matrimonio Comunitario; en coordinación con la Parroquia "Sagrado Corazón de Jesús" del distri- to en la fecha antes indicada; Que, estando a lo señalado en el informe de la Unidad de Registro Civil y de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; ORDENANZA Artículo Primero.- DISPONER que la Unidad de Registros Civiles de esta Municipalidad en coordinación con la Parroquia "Sagrado Corazón de Jesús", realice el PRIMER MATRIMONIO CIVIL Y RELIGIOSO CO- MUNITARIO, el mismo que se celebrará el día 1 de julio del 2001, a horas 12.00 m., en la "Parroquia Sagrado