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Pág. 201710 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de abril de 2001 ANEXO A TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES ITEM DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE AUTORIDAD QUE PROCEDIMIENTO DE PAGO AUTOM. EVALUACIÓN SE INICIA EL TRAMITE APRUEBA EL POS. NEG. NO REG. TRAMITE 67 SOLICITUD DE DISPENSA En el territorio - Jurados Electorales DE SUFRAGIO nacional: Especiales. - Solicitud dirigida al Secretario General del S/. 10.00 - Gerencias Regionales de Jurado Nacional de Elecciones RENIEC. - Documento probatorio en original o copia - Oficinas Consulares. certificada de la causal de dispensa. - Oficinas de Trámite - Comprobante de pago a la orden del JNE, En el territorio Documentario del JNE. expedido por el JNE, el Banco de la Nación extranjero X SECRETARIO o la Oficina Consular. US$ 5.00 - Las que elevarán las so- GENERAL - Copia de Documento de Identidad. licitudes a la Secretaría General del Jurado Nacio- PLAZO: Desde el día siguiente de la elección nal de Elecciones. hasta 6 meses después de realizado el pro- ceso. 68 A N U L A D O 69 SOLICITUD DE JUSTIFI- En el territorio CACIÓN DE INASISTENCIA nacional: A LA MESA DE SUFRAGIO - Solicitud dirigida al Secretario General del S/. 10.00 Jurado Nacional de Elecciones, presentada ante el Jurado Electoral Especial u Oficina Consular respectiva. Certificado médico original expedido por área de salud. En el territorio - Credencial de Miembro de Mesa expedida extranjero: por la ONPE. US$ 5.00 X Jurado Electoral Especial SECRETARIO Comprobante de pago a la orden del JNE, GENERAL expedido por el JNE, el Banco de la Nación o la Oficina Consular. - Copia de Documento de Identidad. PLAZO: Al día siguiente de la Elección. 22224Señor Iván Ugarte Casafranca Señor Julio Amayo Rodríguez Señor Abog. Jesús Alfonso Eyzaguirre Briceño Señor Juan Augusto Mendoza Linares Miembros Suplentes: Señor Víctor Alzamora Acosta Señor Daniel de la Peña Delgado Regístrese y comuníquese. MANUEL GARCÍA GALARRETA Oficina de Administración 22203 J N E Anulan y modifican ítems del Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del JNE RESOLUCIÓN Nº 323-2001-JNE Lima, 20 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme establece el Artículo 31º de la Constitu- ción Política del Perú, concordante con el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, el voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años; Que, conforme lo dispone el Artículo 381º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, las autoridades elec- torales no pueden dejar de cobrar ni condonar tipo alguno de multa, bajo responsabilidad, excepto por mandato de ley; Que, el Artículo 378º, incisos b) y c), detalla que constituyen recursos propios del Jurado Nacional deElecciones, el 50% de las multas impuestas a los ciuda- danos por no concurrir injustificadamente a ejercer su función de miembro de Mesa para el que se les ha designado o por negarse a integrarla, y el 15% de lo recaudado por concepto de multas aplicadas a los ciuda- danos omisos al acto de sufragio; Que en aplicación de los Artículos 241º, inciso c) Artículo 390º y Artículo 253º de la Ley Orgánica de Elecciones, corresponde al Jurado Nacional de Eleccio- nes otorgar la dispensa de sufragio; y, justificar la inasistencia de miembro de mesa; Que, por Resolución Nº 011-2001-JNE de fecha 4 de enero de 2001, se aprobó el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones; el mismo que debe ser adecuado a fin de uniformizar el procedimiento de dispensas electorales; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Anular el ITEM 68 y modificar los ITEMS 67 y 69 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones, en los términos enunciados en Anexo A, que es parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, de los Jurados Electorales Especiales, del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Banco de la Nación, la presente Resolución para su cumplimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General.