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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (27/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 202009 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de abril de 2001 ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de abril del 2001 el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Municipal y Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente norma municipal. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR MANUEL PORTILLA FLORES Alcalde 22453 Establecen remuneración de alcalde y monto de dieta que percibirán regidores por asistencia a sesiones de Concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2001/MDV-AL Ventanilla, 26 de enero del 2001 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Extraordinaria, las propuestas presentadas por los señores regidores, con el voto MAYORITARIO de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, le confiere y con dispensa del trámite de aprobación de actas; ACUERDA: Artículo 1º.- Establecer en 0.5 UIT el monto de la dieta que percibirá cada regidor del Concejo Distrital de Ventanilla durante el ejercicio 2001, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, con un máximo de dos sesiones pagadas al mes. Artículo 2º.- La remuneración del señor Alcalde seguirá rigiéndose por la escala única de remuneraciones vigente en la Municipalidad Distrital de Ventanilla, de acuerdo a su nivel en el Organigrama Estructural. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal, Oficina de Administración y Oficina de Planificación y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese y comuníquese. VICTOR MANUEL PORTILLA FLORES Alcalde 22451 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO GRANDE Declaran en situación de urgencia la ad- quisición de soya en grano para el Pro- grama del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2001-MDT-CM Tambo Grande, 17 de abril de 2001 Visto el Informe Nº 007-2001-CE-MDT-PVL, del 6 de abril de 2001, procedente del Comité Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 017-2001-MDT-A, del 17 de enero de 2001, cuyo Artículo Primero fue modificado por la Resolución de Alcaldía Nº 066-2001-MDT-A, del 21 de marzo, y teniendo en cuenta el D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 013-2001- PCM, se designó el Comité Especial encargado de la licitación pública para la adquisición de alimentos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Tambo Grande, hasta por la cantidad de ochocientos treinta y cinco mil setecientos dieciséis con 00/100 nuevos soles (S/. 835,716.00); Que, el 28 de marzo se realizó el acto público correspondiente a la Licitación Pública Nº 001-2001-CE-MDT-PVL, para adquirir leche de soya instantánea y soya en grano para el período de enero a diciembre del 2001, pero, en el extremo referido a la adquisición de soya en grano fue declarada desierta porque sólo se verificó la presencia de un postor, es decir, EUROFHARMA S.A.; Que, la ausencia de la soya en grano y la posibilidad de realizar una segunda convocatoria, bajo la modalidad deLicitación Pública, para adquirir este producto podría com- prometer en forma directa e inminente la continuidad de los servicios que brinda el Programa del Vaso de Leche, que es esencial y prioritario para el gobierno municipal; Que, el Artículo 19º, literal c) del D.S. Nº 012-2001-PCM establece que están exonerados de los procesos de licitación pública las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de urgencia; que, de acuerdo con el Artículo 20º, literal c) de la citada norma legal las adquisiciones bajo estas circunstancias se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y, para el caso de los gobiernos locales, la exoneración debe ser aprobada por acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 108º numeral 2) del D.S. Nº 013-2001- PCM, establece que la situación de urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o contratación como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspon- diente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Comité Especial, contando con el Informe de la Unidad de Asesoría Jurídica Nº 128-2001-MDT-UAJ, del 11 de abril, recomienda al despacho de Alcaldía que someta a consideración del Concejo la solicitud de exoneración del proceso de licitación para la adquisición del producto soya en grano para el Programa Vaso de Leche, contenida en el Informe Nº 007-2001-CE-MDT- PVL, del 6 de abril de 2001, siendo aprobada en la sesión ordinaria de Concejo del día 11 de abril de 2001; Que, en mérito a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º, inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE ACUERDA: Primero.- Declarar en situación de urgencia la adquisición de soya en grano para el Programa Vaso de Leche, en la cantidad de 31,825 kg., por un valor referencial de sesenta mil cuatrocientos sesenta y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 60,467.00), para los meses de enero, febrero, marzo y abril; en consecuencia, el Comité Especial deberá abocarse al proceso de selección en la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas. Segundo.- Comuníquese a la Dirección Municipal, a la Unidad de Administración, Unidad de Asesoría Jurídica, al Comité Especial y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines legales consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ALFREDO RENGIFO NAVARRETE Alcalde 22328 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Protocolo Facul- tativo de la Convención sobre la Elimina- ción de todas las formas de discrimina- ción contra la Mujer De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/58 comunica que el referido Protocolo, suscrito el 22 de diciembre del año 2000, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de febrero de 2001 conjuntamente con la Resolución Legislativa Nº 27429 que lo aprobó, entrará en vigencia para el Perú el 9 de julio de 2001. Fue ratificado por Decreto Supremo Nº 018-2001-RE de 5 de marzo del año 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de marzo del año 2001. 22520 Entrada en vigencia del Acuerdo sobre Fe- rias y Festivales de Frontera entre la Repú- blica del Perú y la República del Ecuador De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/57, comunica que el citado Acuerdo, suscrito el 14 de setiembre del año 2000, ratificado por Decreto Supremo Nº 034-2000-RE del 4 de noviembre del año 2000 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto, el 12 de noviembre del año 2000, entró en vigencia para ambas partes el 4 de abril del año 2001 . 22522