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Pág. 202000 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de abril de 2001 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 18-2001-SUNASS/CD Lima, 23 de abril de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 022-2001/GG-SEMAPA HVCA., de fecha 25 de enero del 2001 mediante el cual la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica - SEMAPA HUAN- CAVELICA, solicita un reajuste en sus tarifas vigentes para cubrir sus costos y gastos desembolsables y compensar los menores ingre- sos que obtendrá por efecto de la aplicación de la Resolución de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, que dispone el Reordena- miento Tarifario en su segunda etapa para la referida EPS; El Informe Nº 030-2001-SUNASS-110, en el que se evalúa el sustento técnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 240-2000- SUNASS se amplía el plazo de la etapa preparatoria del sistema tarifario, autorizando a las EPS a solicitar un reajuste en sus tarifas; Que, la empresa SEMAPA HUANCAVELICA, denomina- da ahora Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarilla- do de Huancavelica S.A. - EMAPA HUANCAVELICA S.A., ha solicitado un incremento tarifario, para lo cual ha observado el procedimiento y adjunta los documentos a que se refiere la Resolución Nº 150-99-SUNASS; Que, al ser evaluada la solicitud de la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., se concluye que es procedente autorizar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 40% en las tarifas de agua potable que cobra EMAPA HUANCAVELICA S.A., dado que la empresa debe compensar la reducción de sus ingresos por efecto de la aplicación de la segunda etapa del reordenamiento tarifario, así como atender sus obligaciones prioritarias de costos y gastos desembolsables, las financieras y las inversiones con recursos propios que permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 05-2001 de fecha 20 de abril del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa EMAPA HUANCA- VELICA S.A., a efectuar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 40% en las tarifas para las localidades de Huancave- lica e Izcuchaca hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que la autorización a que se refiere el artículo anterior deberá ser aplicada a la estructura tarifaria aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1200-99- SUNASS para la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., corres- pondiente a la segunda etapa del reordenamiento tarifario. Artículo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio de la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., las mismas que figuran en el Anexo Nº 2. Artículo 4º.- La autorización concedida para el incremento de tarifas quedará sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30)días calendario siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano, la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A. no proce- diera a la correspondiente aprobación del mencionado incremento tarifario. Esta situación no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a que se refiere el Artículo 3º de esta Resolución. Artículo 5 º.- Antes de su aplicación, las tarifas y las metas deberán ser aprobadas por la Junta General de Accionistas y publicadas en el diario o semanario encargado de la inserción de los avisos judiciales de la zona donde opera la EPS, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- El monto incluido en el cálculo tarifario por concepto de inversión con recursos propios se constituirá en un Fondo Intangible que no podrá ser utilizado para otros fines, debiendo la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A. destinar mensualmente un 23.3% de los ingresos para la formación progresiva del Fondo Intangible antes indicado. Artículo 7º.- . Dicho fondo podrá ser utilizado en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente sustentado, con cargo a reponer el monto utilizado en el más breve plazo, con conocimiento de la SUNASS. Artículo 8º.- . Celebrar un Convenio de Gestión con la empre- sa EMAPA HUANCAVELICA S.A., a fin de lograr se cumplan con las metas aprobadas en la presente Resolución, el mismo que será suscrito por el Gerente General de la SUNASS. Artículo 9º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE OLIVEROS MEZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO Nº1 TARIFAS MÁXIMAS QUE PODRÁ APROBAR SEMAPA HUANCAVELICA PARA LAS LOCALIDADES DE HUANCAVELICA E IZCUCHACA A.- TARIFAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Rango de Tarifa CATEGORÍA Consumo (S/. / m3) (m3/mes) SOCIAL0 a 10 0.1120 11 a más 0.2240 DOMÉSTICA0 a 20 0.4200 21 a más 0.4340 COMERCIAL0 a 30 0.8120 31 a más 1.0080 INDUSTRIAL0 a 100 0.8680 101 a más 1.2740 ESTATAL0 a 50 0.5319 51 a más 0.7979 B.-TARIFA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable.METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Y A LA GESTION EMPRESARIAL 2001 EPS EMSAPUNO S.A. LOCALIDADES PUNO, ILAVE, JULI, DESAGUADERO Unidad Resultados OBJETIVOS INDICADOR de de 2000 Medida 1/ I SEMESTRE II SEMESTRE META ANUAL METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Continuidad promedio Hrs/día 12 13 13 13 Calidad bacteriológica del agua % 98,8 99,5 99,5 99,5 Mejoramiento de la calidad del servicio Turbiedad % 1,32 1,00 1,00 1,00 Producción per cápita Lit./hab./día 157,55 158,76 148,73 150,61 Período promedio de atención de reclamos Días 2 2 1 1 Cobertura de agua potable % 86,20% 87,85% 91,01% 91,01% Cobertura de alcantarillado % 65,59% 66,94% 69,51% 69,51% Cobertura de micromedición % 34,14% 34,14% 34,14% 34,14% Conexiones totales de agua potable Conex. 24,383 24,776 25,630 25,630 Conexiones activas de agua potable Conex. 21,395 22,076 22,985 22,985 Conexiones totales de alcantarillado Conex. 17,652 18,214 18,964 18,964 METAS RELACIONADAS A LA GESTION EMPRESARIAL Presupuesto de Inversión S/. 135,099 3,404,500 3,542,500 6,947,000 Inversiones con recursos propios S/. 135,099 292,500 312,500 605,000 Agua no facturada % 33,03% 24,07% 21,99% 25,47% Eficiencia de cobranza % 85,00% 87,00% 86,00% Reducción del costo operativo Costo por m3 facturado S/./m3 1,08 0,97 0,99 0,98 Relación de trabajo Indice 0,93 0,77 0,79 0,78 Deuda corriente / Ingreso operativo Veces 1,94 2,44 2,44 2,44 Deuda total / Ingreso operativo Veces 3,52 4,69 4,69 4,69Mejoramiento de la situación financiera de la EPSANEXO Nº 2 Resultados de 2001 Incremento de la cobertura de los servicios Mejoramiento y ampliación de sistemas de agua potable y alcantarillado Mejoramiento de la eficiencia de la venta y recaudación 22410