Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2001 (27/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 202000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

ANEXO Nº 2 METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Y A LA GESTION EMPRESARIAL 2001 EPS LOCALIDADES EMSAPUNO S.A. MORDAZA, ILAVE, JULI, DESAGUADERO Unidad de Medida Hrs/dia % % Lit./hab./dia Dias % % % Conex. Conex. Conex. S/. S/. % % S/./m3 Indice Veces Veces Resultados de 2000 1/ 12 98,8 1,32 157,55 2 86,20% 65,59% 34,14% 24,383 21,395 17,652 135,099 135,099 33,03% 1,08 0,93 1,94 3,52

OBJETIVOS

INDICADOR

I SEMESTRE

Resultados de 2001 II SEMESTRE META ANUAL 13 99,5 1,00 148,73 1 91,01% 69,51% 34,14% 25,630 22,985 18,964 3,542,500 312,500 21,99% 87,00% 0,99 0,79 2,44 4,69 13 99,5 1,00 150,61 1 91,01% 69,51% 34,14% 25,630 22,985 18,964 6,947,000 605,000 25,47% 86,00% 0,98 0,78 2,44 4,69

METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Continuidad promedio Calidad bacteriologica del agua Turbiedad Produccion per capita Periodo promedio de atencion de reclamos Cobertura de agua potable Cobertura de alcantarillado Cobertura de micromedicion Conexiones totales de agua potable Conexiones activas de agua potable Conexiones totales de alcantarillado 13 99,5 1,00 158,76 2 87,85% 66,94% 34,14% 24,776 22,076 18,214 3,404,500 292,500 24,07% 85,00% 0,97 0,77 2,44 4,69

Mejoramiento de la calidad del servicio

Incremento de la cobertura de los servicios

METAS RELACIONADAS A LA GESTION EMPRESARIAL Mejoramiento y ampliacion de sistemas Presupuesto de Inversion de agua potable y alcantarillado Inversiones con recursos propios Mejoramiento de la eficiencia de la venta Agua no facturada y recaudacion Eficiencia de cobranza Reduccion del costo operativo Costo por m3 facturado Relacion de trabajo Mejoramiento de la situacion financiera Deuda corriente / Ingreso operativo de la EPS Deuda total / Ingreso operativo

22410 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 18-2001-SUNASS/CD MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 022-2001/GG-SEMAPA HVCA., de fecha 25 de enero del 2001 mediante el cual la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Huancavelica - SEMAPA HUANCAVELICA, solicita un reajuste en sus tarifas vigentes para cubrir sus costos y gastos desembolsables y compensar los menores ingresos que obtendra por efecto de la aplicacion de la Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, que dispone el Reordenamiento Tarifario en su MORDAZA etapa para la referida EPS; El Informe Nº 030-2001-SUNASS-110, en el que se evalua el sustento tecnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 240-2000SUNASS se amplia el plazo de la etapa preparatoria del sistema tarifario, autorizando a las EPS a solicitar un reajuste en sus tarifas; Que, la empresa SEMAPA HUANCAVELICA, denominada ahora Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huancavelica S.A. - EMAPA HUANCAVELICA S.A., ha solicitado un incremento tarifario, para lo cual ha observado el procedimiento y adjunta los documentos a que se refiere la Resolucion Nº 150-99-SUNASS; Que, al ser evaluada la solicitud de la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., se concluye que es procedente autorizar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 40% en las tarifas de agua potable que cobra EMAPA HUANCAVELICA S.A., dado que la empresa debe compensar la reduccion de sus ingresos por efecto de la aplicacion de la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario, asi como atender sus obligaciones prioritarias de costos y gastos desembolsables, las financieras y las inversiones con recursos propios que permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesion Nº 05-2001 de fecha 20 de MORDAZA del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., a efectuar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 40% en las tarifas para las localidades de Huancavelica e Izcuchaca hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Establecer que la autorizacion a que se refiere el articulo anterior debera ser aplicada a la estructura tarifaria aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99SUNASS para la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., correspondiente a la MORDAZA etapa del reordenamiento tarifario. Articulo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio de la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., las mismas que figuran en el Anexo Nº 2. Articulo 4º.- La autorizacion concedida para el incremento de tarifas quedara sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30)
SOCIAL DOMESTICA COMERCIAL INDUSTRIAL ESTATAL

dias calendario siguientes a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A. no procediera a la correspondiente aprobacion del mencionado incremento tarifario. Esta situacion no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a que se refiere el Articulo 3º de esta Resolucion. Articulo 5º.- MORDAZA de su aplicacion, las tarifas y las metas deberan ser aprobadas por la Junta General de Accionistas y publicadas en el diario o semanario encargado de la insercion de los avisos judiciales de la MORDAZA donde opera la EPS, entrando en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- El monto incluido en el calculo tarifario por concepto de inversion con recursos propios se constituira en un Fondo Intangible que no podra ser utilizado para otros fines, debiendo la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A. destinar mensualmente un 23.3% de los ingresos para la formacion progresiva del Fondo Intangible MORDAZA indicado. Articulo 7º.-. Dicho fondo podra ser utilizado en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente sustentado, con cargo a reponer el monto utilizado en el mas breve plazo, con conocimiento de la SUNASS. Articulo 8º.-. Celebrar un Convenio de Gestion con la empresa EMAPA HUANCAVELICA S.A., a fin de lograr se cumplan con las metas aprobadas en la presente Resolucion, el mismo que sera suscrito por el Gerente General de la SUNASS. Articulo 9º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO Nº1 TARIFAS MAXIMAS QUE PODRA APROBAR SEMAPA HUANCAVELICA PARA LAS LOCALIDADES DE HUANCAVELICA E IZCUCHACA

A.- TARIFAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE CATEGORIA Rango de Consumo (m3/mes)
0 a 10

Tarifa (S/. / m3)
0.1120

11 a mas
0 a 20

0.2240
0.4200

21 a mas
0 a 30

0.4340
0.8120

31 a mas
0 a 100

1.0080
0.8680

101 a mas
0 a 50

1.2740
0.5319

51 a mas

0.7979

B.- TARIFA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable.

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