Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2001 (27/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas sobre carton, cuero, calidad del agua y cafe MORDAZA
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES N°0037-2001/INDECOPI-CRT MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa N° 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades para la elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Envases y embalajes. Carton corrugado b) Cuero, calzado y derivados c) Saneamiento y, d) Productos Agroindustriales de Exportacion y como parte de este el Subcomite de Cafe, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los dias 7 de setiembre 18 y 21 de diciembre del 2000 y 23 de enero del 2001, los Comites Tecnicos senalados presentaron a la Secretaria Tecnica de la Comision 4 Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas ­ 1 de carton corrugado, 1 de cuero, 1 de saneamiento y 1 de cafe -los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion, y sometidos a discusion publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 1 de marzo del ano en curso respectivamente; Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley N° 25868, el Decreto Legislativo N° 807 y la Resolucion N° 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 5 de MORDAZA del 2001. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 2759:2001 NTP-ISO 2589:2001 CARTON. Determinacion de la resistencia a reventar. 1ª Edicion CUERO. Ensayo fisico. Medida de espesor. 1ª Edicion. Reemplaza a la NTP 291.009:1970 CALIDAD DEL AGUA. Muestreo. Parte 5 Guia para el muestreo de agua para consumo humano y agua utilizada para el procesamiento de comidas y bebidas. 1ª Edicion CAFE VERDE. Examen olfativo y visual. Determinacion de la materia extrana y defectos. 1ª Edicion.

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana: NTP 291.009:1970 CUERO. Metodo para determinar el espesor.

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 22386

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de Martillero Publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 662-2001-ORLC/JE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2001 Visto el expediente organizado por don DELYON MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 0052001-ORLC/JE-R.MART. del 23 de MORDAZA del 2001, emitido por el Registro de Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 0092000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, la recurrente ha optado por otorgar garantia hipotecaria a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, hasta por Tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), debidamente inscrita en el asiento 0003 del rubro C de la Ficha Nº 00352138 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de la Region Arequipa; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don DELYON MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, con sujecion a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 22431

NTP-ISO 5667-5:2001

NTP-ISO 4149:2001

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