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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (03/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 208186 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de agosto de 2001 dencia de la Aduana de Iquitos y valorizada en S/. 4,750.00 (CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/ 100 NUEVOS SOLES), cuyo detalle en anexo forma parte de la presente Resolución; Que, conforme a lo establecido por el Artículo 109º del "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal"aprobado por Decreto Supremo Nº 025-78 VC, la acepta-ción de donación de bienes muebles, debe ser aprobada mediante Resolución emitida por el titular del Organismo Público correspondiente; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 76º inciso 4) del "Texto Unico Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial"; aprobado por el DecretoSupremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización, la adjudicación efectuada por la Superintendencia Nacio-nal de Aduanas a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Loreto, del bien detallado y valorizado conforme al anexo de la presente Resolución, destinadopara el uso de la Oficina de Notificaciones del DistritoJudicial de Loreto. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolu- ción Administrativa a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Gerencia General del Poder Judicial para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ALFARO ALVAREZ Presidente ANEXO (Resolución Nº 002090 del 22 de noviembre de 1996 de la Superintendencia Nacional de Aduanas - SUNAD) ITEM BIEN DONADO TOTAL VALOR S/. 01 Motocicleta marca "Honda"; año 01 4,750.00 1992; modelo Nº XL-125; color rojo; serie: 9C2JDO801NR124157;motor: CG125BRE - 6175245, conluces quemadas. TOTAL 4,750.00 28573 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan contratación de servicio de mantenimiento de adaptador decomunicaciones mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 014-GG-2001 Lima, 27 de julio del 2001VISTOS: El Informe Técnico anexo al Memorándum Nº F200- MA-2001-055 emitido por el Subgerente de Operaciones y Soporte a Usuarios de 10 de julio del 2001, en el que seseñala que la empresa Maint S.A. es la única empresa en el Perú que puede proveer el servicio de mantenimiento del Adaptador de Comunicaciones de marca Polaris, mode-lo 6900 PCI ESCON. El Memorándum Nº K000-MA-2001-730 emitido por la Oficina Legal el 18 de julio del 2001, en el que se opina quela contratación del servicio de mantenimiento del mencio- nado equipo debe efectuarse mediante adjudicación de menor cuantía, toda vez que al ser prestado únicamentepor la empresa Maint S.A., se presenta como un servicio que no admite sustituto.CONSIDERANDO QUE: - En el Informe Técnico del exordio se señala que el Banco actualmente cuenta con un Adaptador de Comuni-caciones de marca Polaris, modelo 6900 PCI ESCON, que está diseñado para efectuar transferencias de altos volú- menes de datos desde los servidores departamentaleshacia el computador central; y se encuentra instalado en un computador que brinda facilidades complementarias para su funcionamiento. - Para asegurar el procesamiento diario de las princi- pales aplicaciones del Banco, se requiere contratar un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo paraque, ante una falla o interrupción en cualquiera de los componentes del Adaptador de Comunicaciones, se ga- rantice su pronta reparación y restablecimiento delservicio. - De acuerdo con los términos del documento de fecha 24 de abril del 2001, emitido por Polaris CommunicationsInc., empresa extranjera fabricante del Adaptador de Comunicaciones de propiedad del Banco, se desprende que Maint S.A. es la única empresa que cuenta con su autori-zación para brindar el servicio de mantenimiento de sus productos en el Perú. - El marco jurídico en el que se realizan las contrata- ciones del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificato-rias. - De acuerdo con el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, están exoneradas del proceso de adjudi- cación directa las contrataciones de servicios que no admi- ten sustitutos. - Conforme al Artículo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el Artículo 19º se exonere una contratación de servicios del requisito deadjudicación directa, debe recurrirse al proceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo tal exonera- ción aprobarse mediante resolución del Titular delPliego de la Entidad. - A tenor del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoy el Artículo 115º de su Reglamento, copia de la resolu- ción que aprueba la exoneración y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloría Gene-ral de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación y emisión, respectivamen-te. - Lo expuesto precedentemente permite concluir que el servicio a contratar no admite sustituto, y se enmarcadentro de lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19º de la citada Ley. El monto de la presente contratación determina la exoneración de un proceso de adjudicación directa habién- dose cumplido con las exigencias contenidas en el Artículo113º del Reglamento. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación directa la contratación del servicio de mantenimientodel Adaptador de Comunicaciones de marca Polaris, modelo 6900 PCI ESCON, por cuanto éste no admite sustituto. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción para que contrate el servicio en mención con la empresa Maint S.A., por el período de un año y por un valor referencial de US$ 5 073,95, mediante un proceso deadjudicación de menor cuantía y con cargo a los recursos de esta Institución. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a laContraloría General de la República. JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 28545