Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2001 (11/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 11 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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transferencia del terreno de 2 260 206,53 m2, ubicado en el Sector de MORDAZA MORDAZA, situado al sureste de la MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 2 260 206,53 m2, que forma parte de un area mayor de 2 423 767,75 m2, inscrito en la Ficha Nº 5973 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el asiento 49 del Margesi Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Moquegua; Que, conforme al replanteo efectuado en el terreno de 2 423 767,75 m2, se determino la existencia de una variacion de angulos internos, motivo por el cual se elaboro nueva documentacion tecnica aclarando la inscrita en la Ficha Nº 5973; Que, mediante Oficios Nºs. 589-2001-A/MPMN y 5902001-A/MPMN, de fecha 6 de agosto del 2001, la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, solicita la transferencia del terreno de 2 260 206,53 m2, a fin de reubicar a los damnificados del sismo del 23 de junio del 2001, respetando los usos establecidos en el plan director vigente; Que, efectuada la inspeccion ocular en los terrenos que comprende el denominado Sector Chen-Chen, se ha verificado la existencia de una MORDAZA arqueologica que ha sido declarada intangible por el Instituto Nacional de Cultura, la cual debera ser conservada y custodiada por la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, de conformidad con el numeral 11 del Articulo 67º de la Ley Nº 23853; Que, de acuerdo al estudio tecnico efectuado se ha determinado distribuir el area solicitada en tres sectores: Sector 1 con 1 765 569,35 m2, Sector 2 con 374 491,83 m2 y Sector 3 con 120 145,35 m2, quedando como area remanente para vias de 122 676,98 m2; Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, de fecha 26 de junio del 2001, se declara en estado de emergencia por desastre natural, entre otros, el departamento de MORDAZA, debiendo las instituciones y organismos del Estado vinculadas con las operaciones de emergencia, brindar ayuda, en funcion de los requerimientos impuestos por la realidad; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes resulta atendible la solicitud formulada por la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto; Que, por Ley Nº 27395, se adscribe la Superintendencia de Bienes Nacionales al Ministerio de Economia y Finanzas y por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, se otorga autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional necesaria para la ejecucion de los actos de adquisicion, disposicion, administracion y control de los bienes de propiedad estatal, cuya administracion esta a su cargo; Que, el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 1542001-EF, de fecha 17 de MORDAZA del 2001, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", establece que la transferencia patrimonial predial interestatal se aprueba mediante Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 23853, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 004-85VC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-86-VC, Decreto Supremo Nº 048-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aclarar los angulos internos del terreno de 2 423 767,75 m2, inscrito en la Ficha Nº 5973 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, segun la documentacion tecnica que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transferir a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, el terreno de 2 260 206,53 m2, ubicado en el Sector de MORDAZA MORDAZA, situado al sureste de la MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, el cual esta distribuido en el Sector 1 con 1 765 569,35 m2; Sector 2 con 374 491,83 m2 y Sector 3 con 120 145,35 m2, segun planos y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolucion, a fin de que sea

destinado a la reubicacion de los damnificados del departamento de MORDAZA, respetandose el uso y zonificacion del suelo, segun el plan director aprobado por la Municipalidad. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira la transferencia a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA en el Registro de la Propiedad Inmueble de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 29047

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 022-2001-C/MC Comas, 2 de agosto de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS El Concejo Distrital de Comas, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 10º incisos 3) y 4) de la Ley Nº 23853 "Organica de Municipalidades", y el Articulo 41º del Codigo Tributario, los gobiernos locales, administrando sus bienes y rentas, pueden disponer la condonacion de intereses moratorios y sanciones respecto a tributos que administran, mediante Ordenanzas. Que, por haberse dispuesto mediante las Ordenanzas Nºs. 016-2001-C/MC, 018-2001-C/MC y 021-2001-C/ MC otorgar Beneficios Tributarios a los contribuyentes referente a los Tributos del Impuesto Predial, Arbitrio de Limpieza Publica, Multas Tributarias y Multas Administrativas y siendo la politica de la actual Gestion Municipal brindar facilidades economicas al contribuyente, ante la actual crisis economica, es necesario dictar una MORDAZA general que regule los Beneficios Tributarios y sea de alcance a los Asentamientos Humanos y a los Mercados. Que, la Oficina de Administracion Tributaria eleva Informe Nº 212-2001-OAT/MC sobre propuesta de Ordenanza de los alcances del Beneficio Tributario de los tributos MORDAZA mencionados, por el que se propone ordenada y progresivamente la condonacion total y parcial de reajustes, intereses moratorios y multas. De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el pleno Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Primero.- Otorgar la Condonacion de los reajustes e intereses moratorios que corresponda al Impuesto Predial y el Arbitrio de Limpieza Publica hasta el ano 2001, a los contribuyentes que cumplan con pagar los conceptos citados en forma total o fraccionada, conforme al siguiente calendario y porcentaje: · · · · · Hasta el 31 de agosto del 2001 Hasta el 30 de setiembre del 2001 hasta el 31 de octubre del 2001 Hasta el 30 de noviembre del 2001 Hasta el 22 de diciembre del 2001 el 100% de condonacion el 95% de condonacion el 90% de condonacion el 85% de condonacion el 80% de condonacion

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