Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2001 (11/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de agosto de 2001

CONCERTACION TEMATICA TERRITORIAL, DEFINICION DE PRIORIDADES Y DECISION, ELABORACION DE PROYECTOS Y EJECUCION, Y RENDICION DE CUENTAS del Presupuesto Participativo y Presupuesto Municipal de cada ano, en el MORDAZA del Plan Integral de Desarrollo conforme a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley de Participacion y Control Ciudadano Nº 26300, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado Nº 27209 y demas normas legales competentes. Articulo 3º.- Se considera Presupuesto Participativo al conjunto de acciones tendientes a la planificacion, formulacion, aprobacion, gestion, ejecucion, y evaluacion del Presupuesto de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA asignado a la ejecucion de la presente MORDAZA, con la intervencion de los vecinos y vecinas mayores de 16 anos, las organizaciones de la comunidad, publicas y privadas, las cuales deberan difundir el Presupuesto Participativo conforme a ley y la reglamentacion ad hoc que apruebe la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. Articulo 4º .- El Presupuesto Participativo constituye la conciliacion del presupuesto municipal con los MORDAZA objetivos del Plan Integral de Desarrollo; el Concejo Municipal asignara e incluira en el Presupuesto Anual Municipal los recursos senalados en el Art.12º bajo responsabilidad, en el ultimo trimestre del ano inmediato anterior, debiendo la discusion territorial y la aprobacion de proyectos y obras realizarse en el primer trimestre del ano de su aplicacion, poniendo en conocimiento de la poblacion los montos asignados a cada territorio, dentro de los primeros 30 dias del ano. Articulo 5º.- La Municipalidad promueve y facilita el MORDAZA de ejecucion del Presupuesto Participativo con el proposito de: a) otorgar recursos y medios para concretar progresivamente los objetivos del Plan Integral de Desarrollo, b) formalizar la participacion y aportes de la comunidad de VES, TITULO II.- JUSTIFICACION: Articulo 6º.- El Presupuesto Participativo materia de la presente Ordenanza, se explica fundamentalmente por y para la consecucion de la Vision de Desarrollo al 2010, aprobada en la Consulta Ciudadana de 1999 y enunciada de la siguiente manera: "VILLA EL MORDAZA ES UN DISTRITO DE PRODUCTORES, LIDER, ORGANIZADO Y GENERADOR DE RIQUEZA. ES UNA MORDAZA MODERNA Y SALUDABLE, CON HOMBRES Y MUJERES DE TODAS LAS GENERACIONES, QUE TIENEN VALORES HUMANOS E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE FORMACION Y DESEMPENO, Y QUE PARTICIPAN DEMOCRATICAMENTE EN LA GESTION DE DESARROLLO". Los objetivos estrategicos consultados y aprobados por el pueblo de MORDAZA El MORDAZA en la Consulta Ciudadana son los siguientes: MORDAZA EL MORDAZA ES: UNA MORDAZA SALUDABLE, LIMPIA Y MORDAZA UNA COMUNIDAD EDUCATIVA UN DISTRITO DE PRODUCTORES GENERADOR DE RIQUEZAS UNA COMUNIDAD LIDER Y SOLIDARIA UNA COMUNIDAD DEMOCRATICA TITULO III.- DEL AMBITO: Articulo 7º.- La aplicacion del Presupuesto Participativo, comprende el ambito geografico Distrital de MORDAZA El MORDAZA, segun los limites establecidos en la Ley de su creacion Nº 23645 del 1º de junio de 1983. TITULO IV.- DE LOS ORGANOS MUNICIPALES: Articulo 8º.- El MORDAZA del Presupuesto Participativo estara a cargo de una Instancia Administrativa Especial en el nivel distrital, integrada por la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Direccion de Administracion y Agencias Municipales de Desarrollo, la misma que sera designada anualmente con el fin de gerenciar, administrar y monitorear el MORDAZA en funcion del Plan Integral de Desarrollo.

Articulo 9º.- La Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA destinara al personal tecnico y recursos propios necesarios para el MORDAZA del Presupuesto Participativo comprometiendo la participacion de ONGs, empresas e instituciones que se integren a la ejecucion de las actividades necesarias para cumplir con todas las fases del MORDAZA del Presupuesto Participativo. Articulo 10º.- El Concejo Municipal constituira una Comision Permanente de Regidores, responsables de evaluar la marcha del Presupuesto Participativo. TITULO V.- DE LAS INSTANCIAS MIXTAS O COMUNALES: Articulo 11º.- Las Instancias Comunales para el MORDAZA del Presupuesto Participativo, son autonomas en sus decisiones y estan constituidas basicamente por los Comites de Desarrollo Distrital y Comites de Desarrollo Territorial y/o Sectorial y la Asamblea de pobladores de base. Las Mesas Tematicas son instancias distritales especializadas en lineamientos de politica para orientar las fases de discusion, aprobacion y ejecucion del Presupuesto Participativo. Su mision es orientar la toma de decisiones comunales en funcion de los objetivos estrategicos del Plan Integral de Desarrollo de MORDAZA El Salvador. Articulo 12º.- El Gobierno Local de MORDAZA El MORDAZA constituira una Comision Permanente Mixta del Presupuesto Participativo, compuesta por la Comision Permanente de Regidores y los Representantes de cada Comite de Desarrollo Territorial y/o Sectorial, con el fin de proponer las modificaciones que la practica recomiende para asegurar la eficacia del mismo en funcion del plan integral de desarrollo y el fortalecimiento de la participacion y gestion democratica de la comunidad. Articulo 13º.- Se conformara un Comite de Desarrollo de Gestion Distrital del Plan de Desarrollo y del Presupuesto Participativo que estara integrada por representes de la comunidad, de la Municipalidad y otras instituciones que aporten al progreso y desarrollo de MORDAZA El Salvador. TITULO VI.- DE LAS MORDAZA Y RECURSOS DE FINANCIAMIENTO: Articulo 14º.- El Concejo Municipal destinara anualmente el 35 % del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) destinados a gastos de inversion, para la ejecucion del Presupuesto Participativo. Articulo 15º.- Son aportes de la Comunidad, los recursos humanos, materiales y servicios que representan el 20% de la obra o proyecto aprobado. Articulo 16º.- El ambito de decision y ejecucion del Presupuesto Participativo tiene caracter Distrital y territorial. TITULO VII. - DISPOSICIONES TRANSITORIAS: Articulo 17º.- Para los casos no previstos en la presente Ordenanza, la Direccion Municipal, las Agencias de Desarrollo, la Comision Permanente y la Comision Mixta y/o la dependencia ejecutora presentaran las recomendaciones al Consejo Municipal para su inmediata solucion. Articulo 18º.- El Concejo Municipal, dentro de los proximos 45 dias, aprobara el Reglamento de la presente Ordenanza que sera presentado por la Comision delegada por el Conclave Distrital con los aportes e iniciativas de la ciudadania. TITULO VIII. - DISPOSICION FINAL: Articulo 19º.- Dejese sin efecto cualquier disposicion que se contraponga con la presente. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 29048

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