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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (17/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 208896 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de agosto de 2001 UNIVERSIDADES Aprueban actualización del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Educa- ción Enrique Guzmán y Valle UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 0133-2001-R-UNE Chosica, 23 de julio del 2001 VISTO, el Oficio Nº 119-2001-VR-ADM de fecha 17 de julio del 2001, del Vicerrector Administrativo de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, elevando el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2001 Actualizado. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 3393-2000-PCR-UNE de fecha 7 de junio del 2000, se actualiza y aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) Actualizado de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, correspondiente al año 2000; Que, con Oficio Nº 225-01-UPEU de fecha 16 de julio del 2001, la Oficina de Planificación y Desarrollo Ins- titucional, eleva el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2001 Actualizado, de la Uni- versidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle; Que, el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece la obligatoriedad para todas las Entidades de la Admi- nistración Pública de aprobar y publicar su correspon- diente Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos (TUPA) 2001 Actualizado de la UNE; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se esta- blecieron las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el considerando anterior, disponiéndose que los TUPA están sujetos a actualización anual obligatoria; Que, es necesario aprobar la Actualización del Tex- to Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2001 de la UNE, en aplicación de las normas señala- das; En uso de las atribuciones conferidas por el Artícu- lo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y el Artículo 2º de la Resolución Nº 0535-2001-R-UNE de fecha 29 de mayo del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la Actualización del Tex- to Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2001, de la Universidad Nacional de Educación Enri- que Guzmán y Valle, el mismo que en Anexo de cin- cuenta y nueve (59) folios forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER, la publicación del docu- mento aprobado en el artículo precedente en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Dejar sin efecto legal las demás dispo- siciones administrativas que se opongan al cumpli- miento de la presente Resolución. Artículo 4º.- ENCARGAR al Vicerrector Adminis- trativo de la Universidad Nacional de Educación Enri- que Guzmán y Valle, el cumplimiento de la presente Resolución.contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudi- que en pago total o parcial, bienes muebles e inmue- bles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presenta- das con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario la solici- tud será rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodología a seguir en el cálculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuación de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "C" mediante el Informe Nº DESF "C" 073-OT/2001, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enaje- nación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Wiese Sudameris deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B- 2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 586-2001 Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autori- za al Banco Wiese Sudameris prórroga del plazo para su enajenación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000. Fecha Tipo de DESCRIPCION Valor de Provisión Prórroga Adjudi- bien Adjudi- (S/.) cación cación (S/.) 15-8-2000 Inmueble LAU CASTILLO CONTRAT., 45,369.77 9,073.95 15-2-2002 Mz. F Lt. 8 Urb. Los Geranios - Piura 25-8-2000 Inmueble ROCATO S.R.L., Calle 2 209,400.00 41,880.00 25-2-2002 Mz. J Lt. 35 Sublote A Urb. Campiña Paisajista - Arequipa 25-8-2000 Inmueble ROCATO S.R.L., Mariscal 104,700.00 83,760.00 25-2-2002 Cáceres s/n. - Arequipa 29340