Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2001 (17/08/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 208886

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2001

de los senores Magistrados y personal jurisdiccional administrativo de esta Corte, ello en razon a la necesidad MORDAZA de mantener no solo una actualizacion juridica, sino tambien para detentar un nivel de conocimientos que facilite la labor jurisdiccional; Que, teniendo en cuenta que la Academia de la Magistratura, Catedraticos, Juristas y Magistrados de reconocida trayectoria academica y prestigio profesional, entre los que se encuentran los Magistrados que conforman esta Corte Superior, podrian apoyar esta iniciativa y bajo este contexto, es necesario contar con una Comision que se encargue de la realizacion de Ciclos de Conferencias y Talleres; Que, estando a lo precisado lineas arriba, esta Presidencia, requiere contar con un pool de Magistrados que colaboren con su organizacion, en forma permanente y periodica, dentro de esta sede judicial o fuera de esta, segun la circunstancia y la necesidad que lo requieran; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CREAR la Comision de Perfeccionamiento y Organizacion Academica (C.P.O.A.) de esta Corte Superior como organismo dependiente de la Presidencia, cuyo objetivo fundamental sera organizar eventos de actualidad juridica en materia civil, laboral, penal, constitucional, entre otros, con relevancia para la funcion jurisdiccional y formacion academica de los senores Magistrados y personal jurisdiccional - administrativo de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Segundo.- La Comision estara integrada por los siguientes miembros: 1. El Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la preside; excepcionalmente lo representara un Vocal Superior que designe. 2. Un Vocal Superior y/o un Magistrado de Primera Instancia, en materia Penal, Civil, Laboral o Familia, cuya designacion variara de acuerdo al caso. Articulo Tercero.- El presente nombramiento es de forma tal que no entorpezca el normal desempeno de las funciones que como Magistrados vienen ejerciendo, sin generar remuneracion adicional alguna por las mismas. Articulo Cuarto.- La designacion de los miembros integrantes de la Comision, se realizara en forma periodica, a partir de la fecha, de acuerdo a la necesidad y naturaleza del tema a tratar. Articulo Quinto.- A efectos de dar inicio a las actividades academicas de la Comision, la Presidencia ha designado como integrante de la Comision al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del MORDAZA Civil del Callao, habiendo programado la realizacion del siguiente evento: - "Ciclo de Conferencias", que se llevara a cabo el dia 16 de agosto del presente ano. Articulo Sexto.- La difusion y publicacion de los eventos academicos que realice la Comision, estara a cargo de la Oficina de Imagen Institucional de esta Corte, en coordinacion con aquellos Magistrados que, para el evento especifico designe la Presidenta de la Comision. Articulo Setimo.- Pongase la presente Resolucion, en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Direccion General de la Academia de la Magistratura, Oficina Distrital de Administracion, Oficina de Imagen Institucional de esta Corte y de los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 29388

JNE
Declaran que ciudadano continua suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA
RESOLUCION Nº 587-2001-JNE MORDAZA, 16 de agosto de 2001 VISTOS: El escrito recibido el 17 de MORDAZA de 2001, remitido por MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA de MORDAZA, encargada de la Alcaldia del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Loreto; comunicando que el MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA De Saga MORDAZA, tiene 2 procesos penales, que aun no han concluido; Los escritos remitidos por el abogado MORDAZA Zumaeta MORDAZA, solicitando la reincorporacion de su patrocinado don MORDAZA MORDAZA De Saga MORDAZA en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA, alegan que, en el MORDAZA penal que se le sigue, el mandato de detencion dictado en su contra ha sido revocado y variado por mandato de comparecencia; El Oficio Nº 1698-2001-SSP-PJL, recibido el 22 de MORDAZA de 2001, de la Secretaria de la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, comunicando que MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA por sentencia del 3 de MORDAZA de 2001, ha sido absuelto de los cargos formulados en su contra en el MORDAZA Nº 0490-97, sin embargo el Procurador Publico ha interpuesto recurso de nulidad contra dicha sentencia; asimismo, en el MORDAZA penal Nº 2000-2441 se revoco el mandato de detencion por el de comparecencia restringida; Oidos los informes orales en sesion publica; CONSIDERANDO: Que, este supremo organo electoral por Resolucion Nº 871-2000-JNE de fecha 8 de junio de 2001, declaro que el ciudadano MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA se encuentra suspendido en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA, a resultas del MORDAZA penal que se le sigue por ante el Juzgado Especializado en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas de Iquitos, por la presunta comision del delito de trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado; en dicha resolucion se encargo la Alcaldia a la Regidora MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de MORDAZA y se designo provisionalmente en el cargo de Regidor de dicho municipio a MORDAZA Mayanchi Pacaya; Que, del analisis de autos se establece en el MORDAZA penal Nº 23-2000 (2000-02441) en fecha 10 de enero del 2000, el Juzgado Especializado en lo Penal de Delitos de Trafico Ilicito de Drogas de Iquitos abrio instruccion en contra de MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA y otros, por la presunta comision del delito de trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado, dictando mandato de detencion contra el citado ciudadano, tal como aparece de fojas 131 a 144; mandato confirmado por la Sala Corporativa Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas de MORDAZA en fecha 2 de MORDAZA del 2000; hechos que originaron la suspension del cargo MORDAZA dispuesta por Resolucion Nº 871-2000-JNE; Que en el MORDAZA mencionado en el parrafo precedente, por resolucion de fecha 9 de MORDAZA de 2001, la Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de MORDAZA revoco la resolucion del Tercer Juzgado Penal de dicha Corte, que declara improcedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA de revocatoria de mandato de detencion; reformandola declaro inadmisible la mencionada solicitud y de oficio vario el mandato de detencion por el de comparecencia restringida, disponiendo su inmediata MORDAZA, en el MORDAZA penal que se sigue por el delito contra la salud publica en su modalidad de Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado, conforme aparece de fojas 238 a 241; Que, la suspension del cargo de MORDAZA o Regidor es la cesacion temporal en el ejercicio de sus funciones, cuando se esta comprendido en causal prevista en la ley; y, tratandose de la causal por impedimento legal se presenta cuando el MORDAZA o Regidor tiene mandato de detencion que ha quedado firme, conforme lo establece el numeral 3) del Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; situacion que en caso de autos se presento y se expidio la Resolucion Nº 871-2000-JNE;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.