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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (17/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 208881 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de agosto de 2001 zonas de economía deprimida iniciadas al amparo del Decreto Legislativo Nº 838 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-96-AG, que han dejado de tener vigencia el 31 de diciembre de 2000, según Ley Nº 27041, debiendo aplicarse supletoriamente el procedi- miento establecido en la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, por lo que corresponde pronun- ciarse al Ministerio de Agricultura; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Decreto Su- premo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de la Resolución Directoral Nº 229-99/CTAR-P-DRA-P del 23 de setiem- bre de 1999, expedida por la Dirección Regional de Agricultura de Pasco e insubsistente todo lo actuado, y en consecuencia, nulos los títulos de propiedad expedi- dos, devolviéndose los actuados a la citada Dirección Regional para la notificación respectiva. Artículo 2º.- Remitir los actuados a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, a fin de que una vez consentida la presente Resolución, continúen con las investigaciones pertinentes y se adopten las medidas necesarias contra los que resulten responsables de las irregularidades mencionadas. Regístrese y comuníquese. CARLOS AMAT Y LEÓN Ministro de Agricultura 29310 Aceptan donación que será destinada a pequeños agricultores damnificados por el sismo ocurrido en el sur del país RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0949-2001-AG Lima, 15 de agosto de 2001 VISTO: El Oficio Nº 229/2001-AG-DGPA del 2 de agosto de 2001, cursada por el Director General de Promoción Agraria relacionado a la donación de semillas de pasto a favor del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas complementarias, se establecen los procedimientos para la inafectación del impuesto y derechos arancelarios a las donaciones efec- tuadas a favor del Sector Público; Que, la Corporación Agropecuaria - CORPAGRO SAC mediante Cartas Nºs. C-096-01 y C-095-01 de fechas 24 y 26 de julio de 2001, hace de conocimiento a la Dirección General de Promoción Agraria sobre la dona- ción de 5,000 kg. de semilla importada de pasto (2,500 kg. Vicia sativa var. Blanchefleur y 2,500 kg. Vicia atropur- purea var. Popany) para las zonas afectadas por el sismo en la región sur del país y alcanza la Factura Nº 00029, Guía de Remisión Nº 00011, los Certificados de Análisis de Calidad Nºs. 1162 y 1163 emitidos por el SENASA de las citadas semillas, que forman parte de la presente donación; Que según la Factura el importe total de las semillas ascienden a US$ 18,250.00 (Dieciocho Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos); Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legisla- tivo Nº 821 establece que no están gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o trans- ferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de la Entidades o dependencias del Sector Público;De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 719, y el Decreto Supremo Nº 099- 96-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Go- bierno Peruano la donación efectuada por la Corpora- ción Agropecuaria - CORPAGRO SAC a favor del Minis- terio de Agricultura, consistente en 5,000 kg. de semilla importada de pasto (2,500 kg. Vicia sativa var. Blanche- fleur y 2,500 kg. Vicia atropurpurea var. Popany) por un valor total de US$ 18,250.00 (Dieciocho Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos) según Factura y Declaración Jurada que acompañan a la Carta de Donación de fechas 24 y 26 de julio de 2001, que forman parte de la presente Resolución y que serán destinadas a los pequeños agricultores damnificados en las zonas afectadas por el sismo en la región sur del país. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura presentará a la Oficina General de Planificación Agraria copia del Acta de En- trega - Recepción de la donación recibida, dentro del plazo de quince (15) días de recepcionada. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Corporación Agropecuaria - CORPAGRO SAC y a la Superintenden- cia Nacional de Administración Tributaria, de conformi- dad con lo establecido en la legislación vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 29311 ENERGÍA Y MINAS Autorizan viaje de funcionario de Electro Sur Este S.A.A. para partici- par en curso de economía y política energética y ambiental, a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2001-EM Lima, 15 de agosto de 2001 Visto el Oficio Nº G-773-2001, de fecha 6 de agosto de 2001, del Gerente General de la Empresa Electro Sur Este S.A.A., solicitando la autorización de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, del 20 de agosto al 7 de diciembre de 2001, se realizará el XXX Curso Latinoamericano de Postgrado en Economía y Política Energética y Ambiental, en el Instituto de Economía Energética, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, Argentina; el cual tiene como obje- tivos específicos, entre otros, preparar equipos técnicos capacitados para asesorar a Directivos de organismos gubernamentales, unidades de negocio públicas o priva- das y organizaciones no gubernamentales proporcionán- doles una visión de conjunto de los Sistemas Energéti- cos, y sus vinculaciones con el medio ambiente destacan- do aspectos específicos y particularidades de su estruc- tura y del funcionamiento de sus mercados; así como presentar y discutir los enfoques conceptuales y los instrumentos metodológicos para abordar los problemas de regulación tarifaria (transacciones comerciales entre empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras) en función de la realidad específica de América Latina y El Caribe; Que, mediante documento de fecha 29 de noviembre de 2000, la Empresa Electro Sur Este S.A.A. presentó al