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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de agosto de 2001 AÑO XIX - Nº 7727 Pág. 208927Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" CONGRESO DE LA REPÚBLICA Declaran vacancia de dos Congresis- tas de la República RESOLUCIÓN Nº 051-2001-P/CR Lima, 17 de agosto de 2001 Vista la Resolución Legislativa del Congreso Nº 003- 2001-CR del 16 de agosto de 2001 que inhabilitó en el ejercicio de la función pública hasta por cinco años a las Congresistas Luz Filomena Salgado Rubianes de Paredes y María del Carmen Lozada Rendón de Gamboa; CONSIDERANDO: Que el Artículo 100º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 89º del Reglamento del Congreso, establece la atribución de este Poder del Estado de inhabilitar o destituir en el ejercicio de la función pública a quienes hayan incurrido en infracción de la Constitución; Que en atención con lo establecido en el Artículo 15º del Reglamento del Congreso de la República, corresponde declarar la vacancia del cargo de Congresista por inhabi- litación superior al período parlamentario; Que según lo establecido en el Artículo 25º del Regla- mento del Congreso de la República, el congresista inha- bilitado será reemplazado por el accesitario; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Congre- sistas de la República que ejercían las señoras LUZ FILO- MENA SALGADO RUBIANES DE PAREDES y MARÍA DEL CARMEN LOZADA RENDÓN DE GAMBOA. Segundo.- Oficiar al Jurado Nacional de Elecciones para que, emita las credenciales correspondientes a los accesitarios expeditos para ser incorporados al Congreso de la República. Tercero.- Dése cuenta de la presente resolución al Pleno del Congreso. Publíquese, comuníquese y archívese. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 29489 P C M Autorizan viaje de funcionaria del OSIPTEL al Reino Unido para participar en evento sobre cultura electrónica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 419-2001-PCM Lima, 17 de agosto de 2001Vista la Carta Nº 859-GAF/2001, de la Gerencia de Administración y Finanzas del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO: Que, la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT aceptó la participación de la señorita María de Fátima Ponce Regalado, funcionaria de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estratégico del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleco- municaciones - OSIPTEL, en la Conferencia "Creando Nuevos Líderes de la Cultura Electrónica" a realizarse en la ciudad de Coventry, Reino Unido, del 20 al 24 de agosto de 2001; Que, la conferencia servirá de foro para el análisis y debate de los diferentes aspectos vinculados a la nueva cultura electrónica, abordando temas como gobierno elec- trónico, comercio electrónico, enseñanza electrónica, me- dicina/salud electrónicas, que permitirán convertir a los que administran la comunicación en auténticos líderes del nuevo entorno de las telecomunicaciones; Que, la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, ha otorgado media beca por lo que cubrirá los gastos de hospedaje y alimentación; Que, es pertinente autorizar el viaje de la funcionaria citada precedentemente, para que participe en la mencio- nada conferencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita MARIA DE FATIMA PONCE REGALADO, funcionaria de la Ge- rencia de Políticas Regulatorias y Planeamiento Estraté- gico, del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Coventry, Reino Unido, del 18 al 25 de agosto de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Pri- vada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes :US$ 1537.37 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- La representante de OSIPTEL antes mencionada, en el término de quince (15) días calenda- rio, contados a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe a la Presidencia de OSIPTEL, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el men- cionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 29481