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Pág. 208938 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de agosto de 2001 la Municipalidad y nepotismo; y con 3 (tres) votos a favor la vacancia del cargo de regidor que ejerce el señor Alejan- dro Teógenes Paucar Salazar, en el referido Concejo por tener interés en los contratos otorgados por la Municipa- lidad y nepotismo; Que, el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que la vacancia del cargo de Alcalde y Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo Séptimo inciso b) de la Resolución Nº 148-98-JNE de fecha 21 de abril de 1998, el Concejo Distrital de Huancán, está constituido por el Alcalde y cinco Regidores; siendo la mayoría del número legal 4 (cuatro) miembros, no habién- dose alcanzado dicho número para declarar la vacancia del Regidor Alejandro Teógenes Paucar Salazar; Que, se ha acreditado que el Alcalde Florencio Miranda Ticse, con fecha 3 de abril de 1999 mediante escritura pública de compraventa cuya copia obra de fojas 27 a 37, ha transferido a la Municipalidad de Huancán, un predio rústico 2,473.62 m2 de su propiedad; por lo que se encuen- tra incurso en la causal de vacancia prevista por el Artícu- lo 23º inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853, referente al interés en los contratos otorgados por la Municipalidad; Que, por escrito recibido con fecha 14 de mayo del 2001, Florencio Miranda Ticse, Alcalde del Concejo Distrital de Huancán, adjunta copia certificada del Acuerdo de Concejo Nº 017-2001-MDH de fecha 9 de mayo del 2001, por el cual, en vista de la solicitud de reconsideración presentada por el Regidor Ricardo Bernaola Casachagua y por unanimidad, se declaró improcedente la solicitud de vacancia del Alcalde y Regidor; al respecto es necesario señalar que dicho acuerdo resulta nulo, por cuanto la vacancia ya es de conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones mediante el recurso de revisión presentado, teniendo este supremo órgano electoral que resolver, de confor- midad con el segundo párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que el Acuerdo de Concejo que declara la vacancia es susceptible de revisión ante el Jurado Nacional de Elecciones, quien resuelve en el plazo máximo de trein- ta (30) días naturales; Que, de la relación de candidatos del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", por la que postuló el Alcalde, se determina que el regidor hábil que le sigue en su propia lista, para asumir la Alcaldía es don Alejandro Teógenes Paucar Salazar y el candidato no proclamado que debe asumir el cargo de Regidor es la ciudadana Betty Gladis Rojas Porras, para culminar el período 1999-2002, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853 y 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de revisión presentado por el señor Florencio Miranda Ticse, contra el Acuerdo Nº 008-2001-MDH de fecha 26 de abril del 2001 del Concejo Distrital de Huancán, que declara la vacancia de su cargo de Alcalde. Artículo Segundo.- Declarar nulo el Acuerdo Nº 008- 2001-MDH de fecha 26 de abril del 2001 del Concejo Distrital de Huancán, provincia de Huancayo, en el extre- mo que declara la vacancia del cargo de Regidor que ejerce el señor Alejandro Teógenes Paucar Salazar. Artículo Tercero.- Declarar que el señor Alejandro Teógenes Paucar Salazar, continúa en el ejercicio del cargo de Regidor, en el Concejo Distrital de Huancán, en el período 1999 al 2002. Artículo Cuarto.- Declarar nulo el Acuerdo de Sesión Ordinaria Nº 017-2001-MDH de fecha 9 de mayo del año 2001, del Concejo Distrital de Huancán, provincia de Huancayo, que en vía de reconsideración declara impro- cedente la solicitud de vacancia del Alcalde y Teniente Alcalde de dicho Concejo Distrital. Articulo Quinto.- Convocar al Teniente Alcalde Alejandro Teógenes Paucar Salazar y a la ciudadana Betty Gladis Rojas Porras, candidato proclamado y no proclama- da del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuman el cargo de Alcalde y Regidor del Concejo Distrital de Huancán, provincia de Huancayo, departa-mento de Junín, para completar el período 1999-2002, debiendo otorgárseles la correspondiente credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 29460 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de Chiguata continúa en el ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 599-2001-JNE Lima, 16 de agosto de 2001 VISTOS: El expediente Nº 607-2001, iniciado mediante solicitud recibida el 15 de junio de 2001, remitida por Peter Be- navente Ramos, María Calderón de Larico, Fausto Zapa- na Choque, Mateo Flores Quispe y Filomena Vilca Veliz, Regidores del Concejo Distrital de Chiguata, provin- cia y departamento de Arequipa , comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde correspon- diente a José Carlos Salazar Marquina, atribuyéndole estar incurso en la causal establecida en el numeral 2) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; El recurso de revisión recibido el 19 de junio de 2001, interpuesto por José Carlos Salazar Marquina contra el acuerdo que declara la vacancia de su cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Chiguata, adoptado en sesión del 22 de mayo de 2001; Visto en sesión pública; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Chiguata en sesión de fecha 30 de marzo de 2001, acordó declarar la vacancia del cargo de Alcalde que ejerce el señor José Carlos Salazar Marquina, por inasistencia a sesiones de Concejo, confor- me aparece a fojas 124 y 125; siendo ratificada dicha vacancia por Acuerdo Municipal Nº 001-2001-MDCH de fecha 30 de marzo de 2001, cuya copia corre a fojas 131 y 132; sin embargo, la documentación sustentatoria para acreditar la causal de vacancia alegada aún no ha sido remitida a este supremo órgano electoral, conforme co- rresponde, para determinar su validez o no, y se convoque al reemplazante si la declaratoria de vacancia ha sido dictada con arreglo a ley, razón por la cual debe requerirse dicha documentación al citado Concejo, a fin resolver y no mantener en incertidumbre una situación jurídica en dicho municipio; declaratoria de vacancia que sí es puesta en conocimiento del Prefecto de la ciudad de Arequipa, del Jefe de la XI Región Policial de Arequipa, de la sucursal de Banco de la Nación para bloquear las cuentas del Concejo y de la sede Regional de Auditoría de Arequipa, conforme se aprecia a fojas 140 a 144; Que, el referido Alcalde por documento presentado el 4 de abril de 2001, ha formulado denuncia por ante la Fiscalía Provincial Mixta de Paucarpata, contra el Regidor señor Peter Benavente Ramos, por la presunta comisión de los delitos de usurpación de funciones, violencia y resistencia a la autoridad y perturbación del orden institucional, conforme se aprecia a fojas 118 y 119; además, ha interpuesto demanda de acción de amparo (expediente Nº 2001-0358-0-0410-JM-CI-01), por ante el Juzgado Mixto de Paucarpata, contra los Regidores del citado municipio, a fin que se deje sin efecto el Acuerdo Municipal Nº 001-2001-MDCH de fecha 30 de marzo de 2001, que declara la vacancia de su cargo de Alcalde en el mencionado Concejo, confor- me aparece de fojas 103 a 107, dicho Juzgado por Resolución Nº 02-2001-JM del 1 de junio de 2001 ha admitido a trámite, conforme aparece a fojas 109;