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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (24/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

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Pág. 209175 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de agosto de 2001 El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, la titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Doña SOCORRO DEL PILAR ANCAJI- MA CHUICA está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente reso- lución, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autori- zado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 29673 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte de pasajeros en las rutas Lima - Huá- nuco y Lima - Churín RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2618-2000-MTC/15.18 Lima, 13 de diciembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-002633, sobre conce- siones de rutas del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus y el Informe Técnico Nº 882-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes LA PERLA DEL ORIENTE S.A., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de las concesiones de las rutas: LIMA - HUANUCO y viceversa y LIMA - CHURIN y viceversa al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 882-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a empresa de transportes LA PERLA DEL ORIENTE S.A., las concesiones de las rutas: LIMA - HUANUCO y viceversa y LIMA - CHU- RIN y viceversa, para prestar Servicio Público de Trans-porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA "A" :LIMA - HUANUCO y VICEVERSA. ORIGEN :LIMA. DESTINO :HUANUCO. ITINERARIO :OROYA - LA MERCED - TARMA - CHANCHAMAYO - SATIPO. ESCALA COMERCIAL :LA MERCED - CHANCHAMAYO - SATIPO. FRECUENCIA :DOS SEMANALES. HORARIOS :SALIDA DE LIMA: DOMINGOS y MIERCOLES A LAS 21.30 HORAS SALIDA DE HUANUCO: MARTES y VIERNES A LAS 21.30 HORAS FLOTA VEHICULAR :DOS ÓMNIBUS FLOTA OPERATIVA :UO-8211 (1995) FLOTA DE RESERVA :UO-8212 (1995) RUTA "B" :LIMA - CHURIN y VICEVERSA. ORIGEN :LIMA. DESTINO :CHURIN. ITINERARIO :HUACHO. ESCALA COMERCIAL :HUACHO. FRECUENCIA :DOS SEMANALES. HORARIOS :SALIDA DE LIMA: DOMINGOS y JUEVES A LAS 22.00 HORAS SALIDA DE CHURIN: MARTES y SABADOS A LAS 22.00 HORAS FLOTA VEHICULAR :DOS ÓMNIBUS FLOTA OPERATIVA :VG-4772 (1998) FLOTA DE RESERVA :VG-1459 (1997) Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes indica- dos. Segundo.- La presente Resolución Directoral debe- rá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, conta- dos a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 27898 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA juzgado especializado en lo penal de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0254-2001-P-CSJL/PJ Lima, 23 de agosto del 2001