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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (24/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 209185 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de agosto de 2001 2001, emite un Informe Técnico solicitando que la adqui- sición de los Repuestos e Insumos se efectué directamen- te al fabricante de las Estaciones Automáticas, por es- tandarización y porque no se admiten sustitutos; Que, con Oficio Nº 116-SENAMHI-OAJ/2001 del 25/ 7/2001 la Oficina de Asesoría Jurídica emite el Informe Técnico Legal, para la adquisición de los Repuestos e Insumos a la Cía. SUTRON CORPORATION, fabrican- tes de las Estaciones Automáticas; teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneración de los Procesos de Adqui- sición; De conformidad a lo establecido en los Artículos 19º inciso f), y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando los bienes no admiten sustitutos, las exoneraciones se apro- barán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del Proceso de Adjudicación Directa Pública para la Adquisición de Repuestos e Insumos a fin de ser utilizados en el mantenimiento preventivo de las 55 Estaciones Automáticas marca SUTRON (17 Hidrológicas y 38 Meteorológicas) en un número de 28 ítems. Artículo 2º.- La Oficina de Abastecimiento y Servi- cios Auxiliares será la encargada de llevar a cabo el mencionado proceso de exoneración, por los Repuestos e Insumos en un total de 28 ítems, cuyo valor referencial total es de S/. 275,000.00. Doscientos Setenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles, que se encuentra financiado con Recursos Ordinarios. Regístrese, comuníquese y archívese. GUSTAVO EBERMANN TREMOLADA Jefe del SENAMHI 29745 SUNASS Sancionan con amonestación a la EPS EMAPICA S.A.por no haber aprobado y puesto en vigencia su Estatuto Social que contemple las disposiciones de la Ley Nº 26338 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 034-2001-SUNASS-GG Lima, 20 de agosto del 2001 VISTOS: El Informe Nº 009-2001-SUNASS-120 emitido por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y el Oficio Nº 1443-2001-SUNASS-030, el mismo que adjunta los In- formes Nº 038-2001/SUNASS-060 y Nº 075-2001/110 de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Regulación Tarifaria, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 003-2000-GA-EPS-EMA- PICA S.A., la empresa EMAPICA S.A. remitió copia del Testimonio de Escritura Pública conteniendo la modificación total del Estatuto Social por adecuación a la Ley Nº 26338 y a la Ley Nº 26887, el mismo que señala fue debidamente inscrito en el Registro Público de Ica; Que, mediante Oficio Nº 105-2000/SUNASS de fe- cha 23 de febrero del 2000, la SUNASS pone en cono- cimiento de la empresa EMAPICA S.A. que el Estatuto Social remitido por la misma, entre otros aspectos no se adecua, a lo dispuesto por el Artículo 32º concordan-do con el Artículo 36º del Decreto Supremo Nº 09-95- PRES, Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, disposiciones que establecen que la dis- tribución de acciones entre provincias se efectúa en base al aporte y, al interior de una provincia, es decir, entre los distritos de una provincia, tomando como base el criterio poblacional. En tal sentido, se le requi- rió a la empresa EMAPICA S.A. remita a la SUNASS: i) un informe conteniendo el detalle sobre las observa- ciones planteadas y ii) el proyecto de Estatuto Social que recoja tales observaciones y las formuladas al resto del texto estatutario; Que, mediante Oficio Nº 008-2000/G.A./E.P.S. EMAPICA S.A. la empresa EMAPICA S.A. remite la subsanación a las observaciones formuladas respecto a la distribución del capital social y la justificación a la redacción del texto del Artículo 18º; emitiendo la SU- NASS el Oficio Nº 370-00/SUNASS del 26 de junio de 2000, en el que se le da a conocer observaciones de carácter formal respecto al capital y distribución de acciones y se le reitera la observación a la redacción del Artículo 18º del proyecto de Estatuto Social, requi- riendo a la mencionada empresa se subsanen las ob- servaciones y se remita el proyecto que incorpore las mismas para su conformidad; Que, SUNASS con Oficio Nº 560-2000/SUNASS de fecha 4 de octubre del 2000, solicita que la empresa EMAPICA S.A. informe sobre las acciones llevadas a cabo para 1) Aprobar en Junta General de Accionistas la modificación del Estatuto Social e 2) Inscribir el Acuerdo en la Oficina Registral de Ica; Que, con fecha 18 de junio del 2001 mediante Oficio Nº 1156-2001/SUNASS-030 la Gerencia General de la SUNASS requirió a la empresa EMAPICA S.A. que remita en un plazo de 24 horas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones que correspondan, la siguiente información: 1) El Acuerdo de Junta General de Accio- nistas que apruebe la modificación del Estatuto So- cial, adecuándose a las disposiciones de la Ley General de Servicios de Saneamiento, comprendiendo la distribución de capital social al interior de la provincia de acuerdo al criterio poblacional, tal como en ocasión anterior fuera indicado por la SUNASS y 2) La Inscrip- ción del Acuerdo de Junta General de Accionistas, en la Oficina Registral de Ica, a que se refiere el numeral anterior; Que, ante el pedido de ampliación de plazo formu- lado por la empresa EMAPICA S.A., mediante Oficio Nº 091-2001-GG/EPS.EMAPICA, la SUNASS le otor- gó un plazo adicional de cuatro días calendario me- diante Oficio Nº 1174-2001/SUNASS-030 de fecha 20 de junio del 2001, para cumplir con el requerimiento formulado; Que, al haberse cumplido el plazo de ampliación solicitado, la SUNASS remitió el Oficio Nº 1322-2001- SUNASS-030, mediante el cual se reitera el pedido de remisión del Acuerdo de Junta General de Accionistas que aprueba las modificaciones requeridas por la SUNASS, así como la inscripción de dicho acuerdo en la Oficina Registral de Ica, para cuyo efecto se otorgó a la empresa EMAPICA S.A. un plazo de tres días hábiles contados a partir de la recepción del Oficio antes señalado, bajo apercibimiento de considerar a la empresa EMAPICA S.A. renuente a la adecuación al marco legal que implica operar con el reconocimiento de la SUNASS y no haber aprobado y puesto en vigen- cia el Estatuto Social que contemple las disposiciones de la Ley Nº 26338 y su Reglamento y las emanadas de la SUNASS; Que, mediante Oficio Nº 155-2001-GG/EPS.EMAPICA S.A., el Gerente General de la empresa EMAPICA S.A. da a conocer que con fecha 11 de julio del 2001 su Asesor Legal entregó a la SUNASS el proyecto de las modifica- ciones de los artículos del Estatuto que fueron observa- dos por la SUNASS; Que, en efecto el proyecto al que hace alusión el considerando anterior fue recepcionado en la SUNASS el día 11 de julio del 2001, sin embargo con la entrega del mismo no se dio cumplimiento a los reiterados requerimientos que formulara la SUNASS a fin que la empresa remita el Acuerdo de Junta General de Accio- nistas en el que se incorporen las observaciones formuladas por este Organismo Regulador; así como la constancia de inscripción del mismo en la Oficina Registral de Ica;