TEXTO PAGINA: 2
Pág. 197016 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-ED, se aprueba el Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales creada por Decreto Ley Nº 11192, la misma que constituye un reconocimiento y una distinción hono- rífica que el Estado otorga a las personas que han contri- buido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagógicas o con un aporte ejemplar a la educación, la ciencia, la cultura y la tecnología del país; Que el Artículo 13º del citado Reglamento establece que la Condecoración en el Grado de Amauta se otorgará al Ministro de Educación al asumir el cargo. A los miem- bros del Consejo de la Orden se les otorgará la Condeco- ración en el Grado de Maestro; Que, por otro lado, el Artículo 23º del Reglamento dispone que la Condecoración de Palmas Magisteriales será otorgada en número máximo de tres en el Grado de Amauta; cinco en el Grado de Maestro y quince en el Grado de Educador, por año; Que, resulta necesario armonizar el espíritu del Re- glamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales con lo establecido en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado, por lo que debe dejarse sin efecto el Artículo 13º del Reglamen- to de Condecoración; Que, asimismo, debe modificarse el Artículo 23º del citado Reglamento de Condecoración ampliando el núme- ro de beneficiados con la Condecoración de Palmas Magis- teriales en los Grados de Amauta, Maestro y Educador; De conformidad con lo establecido por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº 11192 y el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Artículo 1º.- Déjese sin efecto el Artículo 13º del Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteria- les, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-97-ED. Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 23º del Reglamen- to de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aproba- do por Decreto Supremo Nº 002-97-ED, en los términos siguientes: "Artículo 23º.- La Condecoración de Palmas Magiste- riales será otorgada anualmente en número máximo de: cuatro en el Grado de AMAUTA, seis en el Grado de MAESTRO y dieciséis en el Grado de EDUCADOR. En un año determinado, el Consejo de la Orden, por excepción, podrá ampliar las condecoraciones a otorgarse en una adicional para el Grado de Amauta y en dos adicionales, para cada uno de los Grados de Maestro y Educador, fundamentando debidamente la decisión. Asimismo, el Consejo de la Orden, dispondrá lo conve- niente para que la Comisión Calificadora considere, al momento de evaluar y proponer la Condecoración, que por lo menos la mitad de los postulantes seleccionados por un año hayan desempeñado sus labores en materia de educa- ción, ciencia y cultura, fuera de la capital de la República y en diversos departamentos del país. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 15797 Designan Jefa de la Oficina de Trámite Documentario RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2001-ED Lima, 6 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Trámite Documentario, dependiente de laSecretaría General del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza, por lo que es necesario proce- der a la designación correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR a partir del 2 de enero del 2001, a la doctora Rocío Gissella VILLALON DE LA CRUZ, como Jefa de la Oficina de Trámite Documentario, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 15798 Designan Jefe de la Unidad de Defensa Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2001-ED Lima, 6 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Defensa Nacional, dependiente de la Secreta- ría General del Ministerio de Educación, cargo conside- rado de confianza, por lo que es necesario proceder a la designación correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR a partir del 2 de enero del 2001, a don Walter ZEGARRA CERFF, como Jefe de la Unidad de Defensa Nacional, dependiente de la Secre- taría General del Ministerio de Educación, cargo conside- rado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 15799 Designan Jefe de la Oficina de Planifica- ción Estratégica y Medición de la Cali- dad Educativa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2001-ED Lima, 6 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Medición de Cali- dad Educativa, dependiente del Viceministerio de Ges- tión Institucional del Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza, por lo que es necesario proce- der a la designación correspondiente;