Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2001 (08/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 8 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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PROMUDEH
Modifican resoluciones mediante las cuales se aceptaron donaciones procedentes de los EE.UU. a ser empleadas en el MORDAZA de programas de seguridad alimentaria
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 444-2000-PRONAA/P MORDAZA, 29 de diciembre de 2000 VISTA: La propuesta de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, formulada mediante Memorando Nº 859-2000GPP/PRONAA, de fecha 11 de diciembre del ano 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales - ADRA Peru mediante Carta LOG/ AIMP-052/00 de fecha 18 de MORDAZA de 2000, hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, el arribo de la M/N "Strong American" al puerto del Callao, trayendo alimentos, correspondientes a la ayuda alimentaria para el Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 336-2000PRONAA/P de fecha 28 de agosto de 2000 se acepta la donacion de 330.000 Tm. de Harina de Trigo, procedentes de la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos, a arribar en el puerto del Callao para utilizarse en el MORDAZA del Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria", que se viene ejecutando en el pais; Que, por medio del Certificado de Peso de fecha 12 de agosto del ano 2000, emitido por la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. en el Expediente Nº 903946 se senala que, al tramite del Documento Aduanero y del Permiso de Salida al terminal portuario del Callao en la nave "Strong American", sus Unidades de Pesaje han controlado que, existe una diferencia entre la cantidad de alimentos autorizada (330,748 Kg.) y la controlada (332,050 kg.); por lo que, ADRA Peru realmente ha recibido un total de 332.050 Tm., es decir, 1,302 Kgs. de Harina de Trigo mas de lo manifestado en los Conocimientos de Embarque, consignando en la descarga esta diferencia en exceso; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 36º de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 809 y el Articulo 40º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF, en concordancia con lo regulado por el Articulo 3.5.5 del Manual de Procedimiento Automatizado del Manifiesto, aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001855 publicada el 16 de MORDAZA de 1997,

ADUANAS, solo para efecto de la conformidad del Manifiesto, cuando se trate de carga de gran volumen o a granel, aceptara automaticamente un margen de tolerancia MORDAZA mayor o menor de cinco por ciento (5%) de diferencia en el peso recibido respecto al peso declarado en el Manifiesto, no requiriendose Solicitud de Rectificacion, ni considerandose tal hecho como una infraccion administrativa sancionable; Que, en consecuencia resulta necesario formalizar, via Resolucion Presidencial, la aceptacion de la donacion de la cantidad de 1,302 Kgs. de Harina de Trigo recibidas en exceso, provenientes de la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos para el Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria"; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG y, Resolucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Art. 1º de la Resolucion Presidencial Nº 336-2000-PRONAA/P en los terminos siguientes:
PUERTO: CALLAO PRODUCTO BULTOS TONELADAS TONELADAS BRUTAS NETAS 6,600 332.050 331.302 VALOR FOB US$ VALOR CIF US$

Harina de Trigo

57,563.260 136,339.33

Articulo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimentos en el MORDAZA del Programa "Desarrollo MORDAZA para la Seguridad Alimentaria", que se viene ejecutando en el pais. Articulo 3º.- Agradecer a la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos por su importante contribucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. GIESECKE Presidente Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 15597

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