Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2001 (21/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de enero de 2001

miento de la Calidad de la Educacion Primaria, para el manejo del Convenio de Prestamo Nº 3826-PE, suscrito entre el Gobierno del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF y el Contrato de Prestamo Nº 956/OC-PE, suscrito entre el Gobierno del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID; Que, por Decreto Supremo Nº 155-95-EF se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF hasta por un monto en varias monedas equivalente a US$ 146 400 000.00 (Ciento cuarenta y seis millones cuatrocientos mil y 00/100 Dolares Americanos), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Primaria; Que, habiendose MORDAZA el plazo de ejecucion del citado proyecto hasta el 30 de junio del ano 2001, segun Carta de The World Bank Office MORDAZA del 6 de noviembre del ano 2000 es necesario incorporar en el Presupuesto del presente ano la suma de S/. 40 732 834,00 (Cuarenta millones setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y cuatro 00/100 Nuevos Soles) por la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo, cuya ejecucion en el Ministerio de Educacion se efectuara en el presente ano por intermedio de la Unidad Ejecutora 027 Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Primaria; Que, por tratarse de una medida de materia economica y financiera que permitira al Ministerio de Educacion concluir acciones para el mejoramiento de la calidad de la educacion primaria beneficiando a los educandos del MORDAZA, existen razones de interes nacional que justifican su expedicion en forma inmediata; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, hasta por suma de S/. 40 732 834 (Cuarenta millones setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y cuatro 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS Fuente de Financiamiento 12 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo. (En Nuevos Soles) 4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.004 : : : : FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO Operaciones Oficiales de Credito ExternoBIRF/BCO. MUNDIAL 40 732 834,00 -----------------TOTAL INGRESOS 40 732 834,00 ===========

incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas Presupuestarias La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de enero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 16750

PCM
Declaran en estado de emergencia el distrito de Camilaca, provincia de Candarave, departamento de Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 006-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, efectuadas las evaluaciones de riesgo geologico por el Instituto Geologico Minero Metalurgico - INGEMMET del centro poblado de Camilaca, provincia de Candarave, departamento de Tacna y habiendose determinado una situacion de peligro inminente resulta pertinente la adopcion de las medidas preventivas correspondientes ante la ocurrencia de posibles deslizamientos en la referida localidad; Que, dentro del MORDAZA de prevencion de posibles desastres en el distrito de Camilaca, se ha dispuesto la reubicacion inicial de 30 familias en MORDAZA Chunave, disponiendo el apoyo con modulos de vivienda en coordinacion con el Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Tacna; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y las demas instituciones y organismos del Estado, requieren de los medios necesarios y oportunos para las acciones de emergencia a favor de las personas que se encuentran en las zonas en peligro inminente de desastres a efectos de prevenir danos a la integridad fisica de sus pobladores y a la propiedad publica y privada; En uso de las atribuciones que confiere el Art. 137º de la Constitucion Politica del Estado, de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 19338, Decreto Legislativo Nº 905, Ley Nº 26850 y por el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase en Estado de Emergencia por el plazo de sesenta dias, el distrito de Camilaca, provincia de Candarave, departamento de Tacna. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, el Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Tacna, la Municipalidad Provincial de Tacna, la Municipalidad Provincial de Candarave, la Municipalidad de Camilaca, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Ministerio de Agricultura, el Fondo de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA y demas Instituciones y Organismos del Estado vinculados con las operaciones de emergencia, dentro de su competencia, estan obligados a brindar ayuda a las personas en peligro y realizar las acciones de habilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios.

EGRESOS: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 010 : MINISTERIO DE EDUCACION UNIDAD EJECUTORA 027 : MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION PRIMARIA FUNCION 09 : EDUCACION Y CULTURA PROGRAMA 027 : EDUCACION PRIMARIA SUBPROGRAMA 0071 : ENSENANZA PRIMARIA PROYECTO 00519 : PROGRAMA ESPECIAL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION PRIMARIA. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTO DE CAPITAL 5 INVERSIONES TOTAL EGRESOS

40 732 834,00 ------------------40 732 834,00 ============

Articulo 2º.- De las Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la

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