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Pág. 197573 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de enero de 2001 especialmente, con la Dirección General Técnica, prestando servicios eficientes y rápidos para el normal desarrollo de las actividades del ITP en asuntos específicos de sus respecti- vas áreas funcionales. Los órganos de apoyo dependen directamente de la Dirección Ejecutiva y están conformados por: - La Oficina de Administración - La Oficina de Relaciones Públicas DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION Artículo 33º.- La Oficina de Administración se encarga del manejo del potencial humano y de los recursos materia- les, financieros y de información de la Institución, así como de proporcionar oportunamente los bienes y servicios reque- ridos por las distintas áreas funcionales. Artículo 34º.- La Oficina de Administración tiene las funciones siguientes: a) Proponer a la Alta Dirección la política y las normas de carácter administrativo; b) Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar, en lo pertinente, el potencial humano, los recursos materiales, financieros y de información, así como los servicios auxilia- res de la Institución; c) Proporcionar a los diversos órganos de la institución, de acuerdo a la disponibilidad programada, los recursos y servicios que se requiera; d) Participar en la formulación del presupuesto anual del ITP a nivel de Pliego en coordinación con la Oficina de Planeamiento y controlar la ejecución presupuestal; e) Actualizar y mantener los sistemas de cómputo, bases de datos, sistemas de información y aplicaciones orientadas a cubrir las necesidades de la Institución; f) Programar y ejecutar los asuntos relativos a la promo- ción y venta de los productos elaborados y servicios presta- dos por la Institución; y, g) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección Ejecutiva. DE LA OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS Artículo 35º.- La Oficina de Relaciones Públicas es la encargada de organizar y realizar las acciones necesarias a fin de proyectar la buena imagen de la Institución, difun- diendo el logro de sus objetivos. Artículo 36º.- La Oficina de Relaciones Públicas tiene las funciones generales siguientes: a) Apoyar a la Alta Dirección en las acciones de comuni- cación social, tanto interna como externa; b) Programar, organizar y ejecutar, con autorización de la Dirección Ejecutiva, las campañas de comunicación, así como de participación del ITP en eventos nacionales e internacionales; y c) Cumplir las demás funciones que le encargue la Dirección Ejecutiva. CAPITULO VI DE LA DIRECCION GENERAL TECNICA Artículo 37º.- La Dirección General Técnica es el Organo de Línea de mayor jerarquía científica y técnica que depende directamente de la Dirección Ejecutiva. Está encar- gada de programar, dirigir, ejecutar y evaluar acciones de investigación, desarrollo industrial, transferencia tecnoló- gica y vigilancia sanitaria del ITP. ORGANOS DE LINEA Artículo 38º.- La Dirección General Técnica está inte- grada por las Direcciones siguientes: - Dirección de Investigación - Dirección de Desarrollo Industrial y Servicios - Dirección de Transferencia Tecnológica - Dirección de Inspección y Control Sanitario. - Oficina de Mantenimiento - Oficina de Cooperación Técnica Artículo 39º.- La Dirección General Técnica ejerce las funciones siguientes:f) Ejercer el control preventivo, concurrente y posterior de las actividades realizadas en los campos financiero, admi- nistrativo y técnico-científico, proponiendo, en su caso, las medidas correctivas correspondientes; g) Mantener informado al Consejo Directivo acerca del cumplimiento de las medidas correctivas que fueran impar- tidas; y, h) Cumplir las demás funciones que le asigne el Consejo Directivo. CAPITULO IV ORGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 27º.- Los Organos de Asesoramiento son aquéllos que dependen directamente de la Dirección Ejecu- tiva y están encargados de proporcionar a la Alta Dirección, y a todos los demás órganos del ITP, los servicios de asesoría en los asuntos específicos de sus respectivas áreas funcio- nales. Dichos órganos son: - La Oficina de Planeamiento; y, - La Oficina de Asesoría Jurídica. DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Artículo 28º.- La Oficina de Planeamiento es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección en la formulación de la política institucional y en la elaboración y evaluación técnica, económica y administrativa de los planes y progra- mas del ITP; es, por tanto, responsable de conducir los procesos de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Artículo 29º.- La Oficina de Planeamiento tiene las funciones siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección en la formulación de la política institucional; b) Proponer los planes y programas a corto, mediano y largo plazo, en concordancia con la política institucional aprobada por el Consejo Directivo; c) Formular y evaluar el presupuesto anual de la insti- tución, asegurando el cumplimiento de las metas previstas en el respectivo Plan Operativo; d) Participar en la formulación de los presupuestos de inversión y de operación de la institución; e) Evaluar periódicamente el cumplimiento de las metas programadas en los planes operativos y proyectos desde el punto de vista del avance físico y la ejecución presupuestal; f) Formular y proponer los documentos de gestión insti- tucional, así como los reglamentos, manuales, directivas y normas de uso interno; g) Proponer los asuntos relativos a la organización institucional y las acciones relacionadas con la simplifica- ción administrativa; y, h) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección Ejecutiva. DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 30º.- La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano encargado de proporcionar asesoría en materia jurídico-legal a la Alta Dirección y a los distintos órganos de la Institución. Artículo 31º.- La Oficina de Asesoría Jurídica tiene las funciones siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos del ITP en todos los aspectos institucionales de índole jurídico-legal; b) Absolver las consultas formuladas por los órganos del ITP relativas al campo de su competencia, y emitir los correspondientes informes y dictámenes; c) Elaborar los proyectos de convenios o contratos en los que sea parte o intervenga el ITP; d) Interpretar y emitir pautas destinadas a orientar la correcta aplicación de la normativa legal relacionada con el ITP; y, e) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección Ejecutiva en el ámbito de su competencia funcional. CAPITULO V ORGANOS DE APOYO Artículo 32º.- Los Organos de Apoyo son los encargados de colaborar con los demás órganos institucionales y,