TEXTO PAGINA: 15
Pág. 197575 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de enero de 2001 mantenimiento y reparación de instalaciones, equipos y maquinarias, así como de velar por la seguridad industrial. Artículo 49º.- La Oficina de Mantenimiento tiene las funciones siguientes: a) Planear, organizar y ejecutar el mantenimiento pre- dictivo, preventivo y correctivo de las instalaciones, equipos, maquinarias e instrumental de la institución; b) Formular normas de operación, mantenimiento y reparación de las máquinas y equipos, así como de las instalaciones de frío, vapor, agua, energía eléctrica, teleco- municaciones y de seguridad industrial; c) Llevar un archivo técnico de las especificaciones y manuales de las maquinarias y equipos, así como de los planos de la infraestructura física e instalaciones de la institución; y, d) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección Ejecutiva. DE LA OFICINA DE COOPERACION TECNICA Artículo 50º.- La Oficina de Cooperación Técnica es la responsable de identificar la cooperación nacional e interna- cional necesaria para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales. Artículo 51º.- La Oficina de Cooperación Técnica tiene las funciones siguientes: a) Identificar, proponer, gestionar, coordinar y ejecutar acciones de Cooperación Técnica Nacional e Internacional relacionadas a la finalidad, objetivos y políticas institucio- nales vinculadas a la competencia del ITP; b) Coordinar y realizar acciones con instituciones, orga- nismos y/o entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales para la suscripción de convenios de coope- ración técnica; c) Realizar acciones de seguimiento de los programas, proyectos o actividades que se desarrollen en el marco de la Cooperación Técnica bajo sus diversas modalidades; d) Proponer a la Dirección General Técnica los planes y programas, determinando prioridad de las acciones de cooperación técnica en sus diversas modalidades, a base de la política institucional; e) Coordinar y ejecutar con autorización de la Dirección General Técnica la participación del ITP en eventos nacio- nales e internacionales tendientes a crear, difundir y promo- cionar la buena imagen institucional; y, f) Cumplir las demás funciones que le asigne la Dirección General Técnica. TITULO TERCERO DISPOSICION COMPLEMENTARIA El Consejo Directivo del ITP determinará anualmente las normas que, en virtud de lo establecido por el Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 92, deba aplicarse para la ejecución del Presupuesto, las mismas que comunicará a !a Alta Dirección del Ministerio de Pesquería y a los Organis- mos Públicos vinculados a la materia. 16727 Aceptan renuncias de Directores Re- gionales de Pesquería de los CTAR Arequipa, Piura y San Martín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2001-PE Lima, 19 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 093-99-PE de fecha 16 de junio de 1999 se designó al ingeniero Jesús Antonio Meléndez Ortiz, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional - CTAR Arequipa; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el ingeniero JESÚS ANTONIO MELÉNDEZ ORTIZ, al cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Arequipa, dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 16731 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 028-2001-PE Lima, 19 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 052-99-PE de fecha 14 de abril de 1999 se designó al biólogo William Ricardo León Villavicencio, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Piura; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el biólogo WILLIAM RICARDO LEÓN VILLAVICENCIO, al cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Piura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 16733 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2001-PE Lima, 19 de enero del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 078-99-PE de fecha 21 de mayo de 1999 se designó al biólogo Julio Fasanando del Aguila, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional - CTAR San Martín; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el biólogo JULIO FASANANDO DEL AGUILA, al cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR San Martín, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 16735