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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (01/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 197998 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de febrero de 2001 Autorizan a asociaciones funcionar como centros de conciliación con se- des en las ciudades de Huancayo y Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2001-JUS Lima, 30 de enero de 2001 Vista la solicitud de registro Nº 15546 de fecha 13 de octubre de 2000, de la asociación denominada Centro de Conciliación "AE.RTE"; CONSIDERANDO: Que la asociación denominada Centro de Conciliación "AE.RTE" es una asociación civil que tiene entre sus objeti- vos ejercer la función conciliadora: Que la mencionada institución ha solicitado se le auto- rice el funcionamiento como Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Regla- mento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autori- zarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 010-2001/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación denominada Centro de Conciliación "AE.RTE"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la asociación denominada Centro de Conciliación "AE.RTE" a funcionar como Centro de Conciliación con sede en la ciudad de Huancayo. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 17266 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 006-2001-JUS Lima, 30 de enero de 2001 Vista la solicitud de registro Nº 17984 de fecha 17 de noviembre de 2000, de la asociación denominada "Centro de Conciliación y Solución de Conflictos Panorámico - CECOPAN"; CONSIDERANDO: Que la asociación denominada "Centro de Conciliación y Solución de Conflictos Panorámico - CECOPAN" es una asociación civil que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora: Que la mencionada institución ha solicitado se le auto- rice el funcionamiento como Centro de Conciliación denomi- nado Centro de Conciliación y Solución de Conflictos "Pano- rámico"; Que la recurrente cumple con los requisitos esta- blecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Regla- mento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autori- zarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 033-2001/DM- STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es perti- nente atender la solicitud de la asociación denominada "Centro de Conciliación y Solución de Conflictos Panorá- mico - CECOPAN";De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la asociación denominada "Centro de Conciliación y Solución de Conflictos Panorámi- co - CECOPAN" a funcionar como Centro de Conciliación con sede en la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 17267 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2001-JUS Por Oficio Nº 070-2001-SCM-PR, la Secretaría del Con- sejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 033-2001-JUS publicada el 24 de enero de 2001, en la página 197648. En el Primer Considerando: DICE: "Que mediante Resolución Suprema Nº 219-97-JUS, de fecha 22 de setiembre de 1999, se designó a los doctores Oscar Gastañeta Alayza y Aurelio Agustín Irigoyen Gonzá- lez del Riego,...". DEBE DECIR: "Que mediante Resolución Suprema Nº 219-97-JUS, de fecha 22 de setiembre de 1997, se designó a los doctores Oscar Gastañeta Alayza y Aurelio Agustín Yrigoyen Gonzá- lez del Riego,...". Artículo 1º.- DICE: "... la designación de los doctores OSCAR GASTAÑETA ALAYZA y AURELIO AGUSTÍN IRIGOYEN GONZALEZ DEL RIEGO,...". DEBE DECIR: "... la designación de los doctores OSCAR GASTAÑETA ALAYZA y AURELIO AGUSTÍN YRIGOYEN GONZALEZ DEL RIEGO,..." 17417 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2001-JUS Mediante Oficio Nº 223-2001-JUS/SG, el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 034-2001-JUS, publicada en nuestra edición del día 31 de enero de 2001, en la página 197968. DICE: Artículo 1º.- Autorizar ..., "por delito de peculado", ... DEBE DECIR: Artículo 1º.- Autorizar ..., "por delito de prevaricato", ... 17336