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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (01/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 198012 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de febrero de 2001 Que, según lo dispuesto por el Artículo 7º de la Resolu- ción Ministerial Nº 187-98-MTC/15.16 del 13 de abril de 1998, es necesaria la expedición del acto administrativo correspondiente para revocar el Permiso de Operación otorgado; Que, en aplicación del Artículo 12º Numeral 12.1, Lite- ral a) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáu- tica Civil resuelve en primera instancia respecto del otor- gamiento, modificación, suspensión y revocación de los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Reso- lución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo Único.- REVOCAR el Permiso de Operación para prestar Servicio Aéreo Especial Remunerado Turísti- co, otorgado a AERO NASCA S.R.LTDA. y, en consecuen- cia, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 187-98- MTC/15.16 del 13 de abril de 1998, por los motivos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Aeronáutica Civil 17239 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Cerro de Pasco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2555-2000-MTC/15.18 Lima, 7 de diciembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-002929, sobre concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus y el Informe Técni- co Nº 935-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Di- rección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes HUALLAGA BUS S.A.C., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de la ruta: LIMA - CERRO DE PASCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 935-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a empresa de transportes HUA- LLAGA BUS S.A.C., la concesión de ruta: LIMA - CERRO DE PASCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolu- ción, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - CERRO DE PASCO y VICEVERSA ORIGEN :LIMA DESTINO :CERRO DE PASCOITINERARIO :LA OROYA - JUNIN - CARHUAMAYO ESCALA COMERCIAL :LA OROYA - JUNIN - CARHUAMAYO FRECUENCIAS :DOS SEMANALES HORARIOS :SALIDA DE LIMA: LUNES y VIERNES A LAS 21.30 HORAS SALIDA DE CERRO DE PASCO: MARTES y SABADO A LAS 21.30 HORAS FLOTA VEHICULAR :DOS ÓMNIBUS FLOTA OPERATIVA :UN ÓMNIBUS UH-2630 (1991) FLOTA DE RESERVA :UN ÓMNIBUS UH-2631 (1991) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos antes indicado. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 15334 Resoluciones Directorales que sancionaron a titulares de permisos de operación y personal aeronáutico, emitidas en el año 2000 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 299-2000-MTC/15.16 Lima, 29 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261, estable- ce que la Dirección General de Aeronáutica Civil del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción es la Autoridad Aeronáutica del Perú, con autono- mía técnica en el ejercicio de sus funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 009-96-MTC, vigente de acuerdo a la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27261, establece que las sanciones a que hubiere lugar por las infracciones a la Ley de Aeronáuti- ca Civil y a sus disposiciones reglamentarias y a las disposiciones normativas que emita la Dirección General de Aeronáutica Civil, serán impuestas por el Director General de Aeronáutica Civil, a recomendación de la Junta de Infracciones; Que, según la Resolución Ministerial Nº 004-97-MTC/ 15.12 del 8.1.97, se aprueba el Reglamento de Junta de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas, la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil es el órgano administrativo compe- tente para conocer, de oficio o instancia de parte, las infracciones a la Ley, al Reglamento, a los Anexos y a las Regulaciones; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento, la Resolución Ministe- rial Nº 004-97-MTC/15.12, y a lo opinado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la publicación del cuadro de Resoluciones Directorales emitidas durante el año 2000, aplicando las sanciones correspondientes a las infracciones cometidas tanto por titulares de permisos de operación como personal aeronáutica, conforme se detallan a conti- nuación: