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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (01/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 198004 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de febrero de 2001 enero al 4 de febrero del 2001, del 5 de enero al 5 de febrero del 2001, del 7 de enero al 7 de febrero del 2001, del 10 de enero al 10 de febrero del 2001, respectivamente; Que mediante Resoluciones Directorales Nºs. 272-2000- PE/DNE y 273-2000-PE/DNE de fechas 24 de noviembre y 1 de diciembre del 2000, prorrogadas por la Resolución Direc- toral Nº 301-2000-PE/DNE de fecha 29 de diciembre del 2000, se otorgó y prorrogó respectivamente, el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C. representante legal en el Perú de los armadores japoneses KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA y HARUKI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa denominadas "KAIYO MARU Nº 30" y "YUKO MARU Nº 8" por un período de vigencia a partir del 30 de noviembre del 2000 al 31 de enero del 2001 y del 1 de diciembre del 2000 al 31 de enero del 2001, respectivamente; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga de los permisos de pesca otorgado a las naves "KAIYO MARU Nº 30", "YUKO MARU Nº 8", "FUKUJU MARU Nº 17", "HOSEI MARU Nº 13", "HOSEI MARU Nº 23", "MISHIMA MARU Nº 5" y "MISHIMA MARU Nº 8" , por un período de vigencia a partir del 1 de febrero al 2 de marzo del 2001, 1 al 15 de febrero del 2001, 5 al 19 de febrero del 2001, 6 al 20 de febrero del 2001, 8 al 22 de febrero del 2001 y 11 al 25 de febrero del 2001, respectivamente, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE;Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero mediante Informe Nº 028-2001-PE/ DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modifica- do por las Resoluciones Ministeriales Nºs 271-98-PE y 156- 2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y. En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Prorrogar los permisos de pesca otorgados a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú de los armadores japoneses KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAIS- HA, HARUKI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, KABUSHIKI KAISHA MARUTAKA TAKAMATU GYOGYOBU, YOSHI- HIRO OZAKI, HAKUO MARU GYOGYO SEISAN KUMIAU y UEMONSA ECHIGO, para operar las embarcaciones pes- queras de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. EMBARCACION TN CAPAC. DE INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL INTERN. ALMAC. (M3) INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA "KAIYO MARU Nº 30" 335 1,042.72 J M W O CONGELADO POTERA 1.2.2001 - 2.3.2001 "YUKO MARU Nº 8" 345 1,032.00 J C K F CONGELADO POTERA 1.2.2001 - 15.2.2001 "FUKUJU MARU Nº 17" 357 1,178.00 J I F T CONGELADO POTERA 5.2.2001 - 19.2.2001 "HOSEI MARU Nº 13" 328 1,025.00 J J U Y CONGELADO POTERA 6.2.2001 - 20.2.2001 "HOSEI MARU Nº 23" 330 1,014.00 J J J F CONGELADO POTERA 6.2.2001 - 20.2.2001 "MISHIMA MARU Nº 5" 299 889.72 J H H I CONGELADO POTERA 8.2.2001 - 22.2.2001 "MISHIMA MARU Nº 8" 310 984.52 J M Y I CONGELADO POTERA 11.2.2001 - 25.2.2001 Artículo 2º .- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción 17246 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2001-PE/DNE Lima, 29 de enero de 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00031003 del 17 de enero del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Directorales Nºs. 294-2000- PE/DNE, 295-2000-PE/DNE, 297-2000-PE/DNE y 005-2001- PE/DNE de fechas 27 y 29 de diciembre del 2000 y 10 de enero del 2001 se otorgó permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú de los armadores japoneses HARUKI SUISAN KABUSHIKI KAISA, KOYO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, YUGEN KAISHA SHIN- PO GYOGYO, IFD CORPORATION, WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA y KABUSHIKI KAISHA USHIO, para operar las embarcaciones pes queras de bandera japonesa denominadas "YUKO MARU Nº 88", "SUMI- YOSHI MARU Nº 58", "KIYO MARU Nº 88", "SHOSHIN MARU Nº 51", "CHOKYU MARU Nº 18", "WAKASHIO MARU Nº 81" y "WAKASHIO MARU Nº 87", por un período de vigencia a partir del 27 de diciembre del 2000 al 27 de enero del 2001, del 29 de diciembre del 2000 al 29 de enero del 2001 y del 10 de enero al 10 de febrero del 2001, repectivamente; Que mediante Resolución Directoral Nº 276-2000-PE/ DNE de fecha 4 de diciembre del 2000, prorrogada por la Resolución Directoral Nº 301-2000-PE/DNE de fecha 29 de diciembre del 2000, se otorgó y prorrogó respectivamente, el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C. representante legal en el Perú del armador japonés WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcación pes- quera de bandera japonesa denominada "WAKASHIO MARU Nº 85", desde el 1 de diciembre del 2000 hasta el 31 de enero del 2001;Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga de los permisos de pesca otorgado a las naves "WAKASHIO MARU Nº 85", "YUKO MARU Nº 88", "SUMI- YOSHI MARU Nº 58", "KIYO MARU Nº 88", "SHOSHIN MARU Nº 51", "CHOKYU MARU Nº 18", "WAKASHIO MARU Nº 81" y "WAKASHIO MARU Nº 87", por un período de vigencia a partir del 01 al 15 de febrero del 2001, 28 de enero al 11 de febrero del 2001, 30 de enero al 13 de febrero del 2001 y 11 al 25 de febrero del 2001, respectivamente, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero mediante Informe Nº 027-2001-PE/ DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modifi- cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 271-98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs 289-2000- PE y 332-2000-PE, el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Prorrogar los permisos de pesca otorgados a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú de los armadores japoneses WAKASHIO SUISAN KABUSHI- KI KAISHA, HARUKI SUISAN KABUSHIKI KAISHA, KOYO SUISAN KABUSHIKI KAISHA, YUGEN KAISHA SHINPO GYOGYO, IFD CORPORATION y KABUSHIKI KAISHA USHIO, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa.