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Pág. 198864 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de febrero de 2001 plinarios luego de realizar el estudio y calificación del documento emitido por la Sociedad Auditora Manuel Quis- pe & Asociados Sociedad Civil - Auditores Asesores, eleva ante el Despacho de Alcaldía el Informe Nº 008-2000-CPPA- MDNCH, mediante el cual emite su pronunciamiento sobre la procedencia de aperturar proceso administrativo disci- plinario contra los ex servidores SEVERINO GARCÍA ALZA, ARTURO MARROQUIN DEBERNARDI, y CARLOS AL- BERTO GARCÍA ARMAS, por serias irregularidades atri- buidas hacia su persona en el desempeño de su función; y por encontrarse comprendidos en algunas de las observacio- nes expuestas en el Examen Especial Sobre Verificación de Denuncias,las mismas que fueran precisadas en la Resolu- ción de Alcaldía Nº 002-2001-MDNCH, publicada el 10- Enero-2001 en el Diario Oficial El Peruano. Que, en atención al Informe Nº 008-2000-CPPA-MDN- CH, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el Titular del Pliego me- diante Resolución de Alcaldía Nº 002-2001-MDNCH de fecha 8-ENERO-2001, dispone instaurar Proceso Admi- nistrativo Disciplinario contra los ex servidores: SEVE- RINO GARCÍA ALZA, en su condición de ex Coordinador de Abastecimiento; ARTURO MARROQUIN DEBERNAR- DI, en su condición de ex Coordinador de Relaciones Públicas; y CARLOS ALBERTO GARCÍA ARMAS, en su condición de ex Coordinador de Tesorería, por supuestas irregularidades cometidas por su persona, tipificadas en el Art. 28º inciso a) del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, concordante con el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM. Que, estando a lo dispuesto por los Artículos 163º, 164º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva su informe Nº 001-2001-CPPA-MDNCH al Titular de la Entidad, me- diante el cual señala que los ex servidores procesados: SEVERINO GARCÍA ALZA y CARLOS GARCÍA ARMAS, no han cumplido con presentar sus descargos por escrito dentro del término previsto por Ley, en ninguna de las irregularidades atribuidas a su persona, de lo que se infiere que les asiste responsabilidad administrativa por contra- venir a lo establecido en los Incs. a) y b) del Art. 21º del D.Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concordante con el Art. 129º del D.S. Nº 005-90-PCM; y que el ex servidor ARTURO MARROQUIN DEBERNARDI, tampoco ha pre- sentado descargo alguno respecto a la irregularidad atribui- da en su contra quedando ésta subsistente; sin embargo se advierte que el mencionado procesado estuvo contratado bajo la modalidad de servicios no personales, por lo que no generó vínculo laboral alguno con la Municipalidad, no siendo, por lo tanto, pasible de sanción administrativa alguna. Que, estando a los considerandos antes expuestos, se colige que los ex servidores SEVERINO GARCÍA ALZA y CARLOS GARCÍA ARMAS se encuentran inmersos en falta de carácter disciplinarios tipificadas en el Inc. a) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276, concordante con lo dispuesto en el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM; por lo que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos reco- mienda que se les sancione a ambos con CESE TEMPO- RAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR PERIO- DO DE TREINTIDOS (32) DIAS, por inobservancia de sus obligaciones prescritas en el Inc. a) y b) del Art. 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neraciones del Sector Público, concordante con el Art. 129º del D.S. Nº 005-90-PCM. Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, y el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR a los ex servidores de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote: SEVERINO GARCÍA ALZA y CARLOS GARCÍA ARMAS, con CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR PERIODO DE TREINTIDOS (32) DIAS, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- DISPONER se notifique la pre- sente Resolución a las personas indicadas en el artículo precedente, de manera personal y/o mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano o el de mayor circulación de la localidad. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Ase- soría Legal, proceda a iniciar las correspondientes acciones legales a que hubiera lugar.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Perso- nal, Oficina de Asesoría Legal y Dirección Municipal efec- tuar las acciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JULIO OSTOLAZA GANOZA Alcalde 18235 Inician procedimiento administrativo a ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 038-2001-MDNCH Nuevo Chimbote, 13 de febrero del 2001 VISTO: El Informe Nº 001-2001-MDNCH-CEPA-MDNCH de fecha 26-ENERO-2001, emitido por la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y el Examen Especial sobre Verificación de Denuncias reali- zado a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote por la Sociedad de Auditoría Manuel Quispe & Asocia- dos Sociedad Civil - Auditores Asesores, por encargo de la Contraloría General de la República, mediante Oficio Nº 48-99-CG/AA3 de fecha 15-MARZO-99, comprendien- do el examen desde 1-ENERO-96 hasta 31-DICIEM- BRE-98. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2000- MDNCH y Resolución de Alcaldía Nº 060-2000-MDNCH se conformó la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, quien se encargará de evaluar la responsa- bilidad administrativa por faltas cometidas por los funcio- narios. Que, en mérito al "Examen Especial Sobre Verifica- ción de Denuncias", practicada a la Municipalidad Dis- trital de Nuevo Chimbote en el período comprendido del 1-ENERO-96 hasta 31-DICIEMBRE-98, y realizado por la Sociedad de Auditoría Manuel Quispe & Asociados Sociedad Civil - Auditores Asesores, por encargo de la Contraloría General de la República, mediante Oficio Nº 48-99-CG/AA3 de fecha 15-MARZO-99; y en aplicación a lo dispuesto por los Arts. 165º y 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Especial de Procesos Administrativos ha determinado la procedencia de que se instaure Proceso Administrativo Discipli- nario, a los ex funcionarios: JUAN ACHUTEGUI GI- RALDO, SEGUNDO CASTRO RIVAS, GUILLERMO FERNANDEZ ICO, EDILBERTO RAMOS BALDERA, LUIS MIGUEL LOPEZ HERRERA, WIDNER CADENI- LLAS ORTEGA, JORGE QUEVEDO MEDINA, JULIO ANTENOR DÍAZ DELGADO, por estar comprendidos, dentro de algunas observaciones por serias irregulari- dades administrativas que a continuación se detallan: 1.Fraccionamiento de Compra de Alimentos para el Programa del Vaso de Leche (PROVAL), por S/. 467,424.00 y S/. 539,588.00 nuevos soles, du- rante los períodos 1997 y 1998 respectivamen- te. (Observación Nº 01). Los señores: LUIS MIGUEL LOPEZ HERRERA, ex Director Municipal; GUILLERMO FERNANDEZ ICO, ex Director Municipal; EDILBERTO RAMOS BALDERA, ex Administrador; y WIDNER CADENI- LLAS ORTEGA, ex Administrador, quienes en su condición de funcionarios públicos encargados de la administración y manejo de fondos y recursos de la Municipalidad durante los años 1997 y 1998, al intervenir en el proceso de compra de productos lácteos por S/. 1'007,012.00 Nuevos Soles, omitieron la realización de Concursos Públicos de Precios, habiendo incumplido sus deberes y obligaciones fun- cionales.