Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2001 (15/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 15 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 019-2001-CT-MP MORDAZA, 13 de febrero de 2001 VISTO: En sesion del Consejo Transitorio del Ministerio Publico, de fecha 8 de febrero del 2001, el Oficio Nº 628-00-(1642000)MP-F.SUPR.C.I. de fecha 28 de noviembre del 2000 de la Fiscalia Suprema de Control Interno, por el cual se eleva el Expediente Nº 164-2000, en merito al Recurso de Apelacion concedido a las senoras MORDAZA Pariapaza MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pariapaza, contra la Resolucion Nº 1949 de fecha 27 de octubre del 2000, emitida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, la cual Declara Improcedente la denuncia presentada contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubinos, Fiscal Provincial de la Cuarta Fiscalia Provincial Penal del MORDAZA Norte y el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior de la MORDAZA Fiscalia Superior Penal del MORDAZA Norte, por los presuntos Delitos de Abuso de Autoridad y Prevaricato. CONSIDERANDO: Que en la Resolucion Nº 1949, venida en grado por Recurso de Apelacion, se precisa que no existen indicios de la comision de los delitos denunciados inicialmente toda vez que los mismos no se llegaron a configurar segun las investigaciones realizadas, es por ello que los pronunciamientos emitidos por los Fiscales denunciados, lo realizaron conforme a sus atribuciones legales y dentro del MORDAZA discrecional funcional que la ley les reconoce, esto es considerando las facultades otorgadas por la Ley Organica del Ministerio Publico, Decreto Legislativo Nº 052, siendo por tanto subjetiva la apreciacion de las denunciantes; Que, efectivamente en la denuncia inicial las recurrentes solicitan la apertura de una accion penal contra el efectivo policial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los Delitos de Abuso de Autoridad y contra el Patrimonio, en la modalidad de Apropiacion Ilicita, mas en el transcurso de las investigaciones se llego a determinar que cuando ocurrieron los hechos el denunciado no se identifico como efectivo de la Policia Nacional del Peru, lo cual impide configurar el delito de Abuso de Autoridad, asimismo en cuanto el extremo denunciado sobre Apropiacion Ilicita al no haber prestado su declaracion el directamente agraviado tampoco tendria validez esta parte de la denuncia toda vez que solo existe la imputacion de las supuestas agraviadas, todos estos hechos hacen prever que no existen indicios de la comision de los delitos denunciados, por lo cual era imposible que la Fiscalia se pronuncie con la formalizacion de una accion penal, es por ello que se dispuso el archivamiento correspondiente; Que, asimismo de la revision de la resolucion recurrida, y de los fundamentos del Recurso de Apelacion, no se advierte ninguna causal de nulidad que invalide la resolucion observada, mas aun si el presente recurso no se sustenta en diferente interpretacion de las pruebas actuadas, no existiendo tampoco cuestiones de puro derecho, conforme lo disponen los Articulos 43º y 99º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, comprobandose en todo caso que la Fiscalia Suprema de Control Interno se ha pronunciado conforme a las facultades que le concede el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; y estando al Acuerdo Nº 050 del Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en uso de sus atribuciones conferidos por la Ley Nº 27367; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por las senoras MORDAZA Pariapaza MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pariapaza contra la Resolucion Nº 1949 de fecha 27 de octubre del 2000, emitida por la Fiscalia Suprema de Control Interno. Articulo Segundo.- Declarar Agotada la via administrativa con la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta del Consejo Transitorio MORDAZA MORDAZA GARDELLA Consejero MORDAZA G. BALAREZO MORDAZA Consejero MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Consejero 18262

Declaran infundada apelacion contra resolucion que sanciono con suspension a magistrado de la MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 020-2001-CT-MP MORDAZA, 13 de febrero de 2001 VISTO: En sesion del Consejo Transitorio del Ministerio Publico, de fecha 8 de febrero del 2001, el Oficio Nº 626-2000-MP-FNF.SUPR.C.I. de fecha 28 de noviembre del 2000, emitido por la Fiscalia Suprema de Control Interno, se eleva el Expediente Nº 189-1999 (Acum. Nº 305-99), en merito al Recurso de Apelacion presentado por el doctor MORDAZA MORDAZA Gallo MORDAZA, Fiscal Superior Titular de la MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 1824 de fecha 10 de octubre del 2000, expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, por la cual se ha Declarado Fundada la Queja presentada contra el Fiscal recurrente, imponiendosele la medida disciplinaria de Suspension de Treinta Dias, concediendose el recurso impugnatorio mediante resolucion de fecha 1 de noviembre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, del analisis del recurso presentado, de los actuados y sus recaudos se advierte que la resolucion materia de la apelacion fue expedida evaluando lo expuesto en autos y los argumentos que expone el recurrente en su Recurso de Apelacion no hace variar en modo alguno, lo sustentado en la resolucion cuestionada, no existiendo tampoco cuestiones de puro derecho, conforme lo disponen los Articulos 43º y 99º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas de Procedimientos Administrativos; la misma que fue expedida de acuerdo a las facultades de la Fiscalia Suprema de Control Interno; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; y estando al Acuerdo Nº 051 del Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en uso de sus atribuciones conferidos por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion presentado por el doctor MORDAZA MORDAZA Gallo MORDAZA, Fiscal Superior Titular de la MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 1824 de fecha 10 de octubre del 2000, expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno. Devuelvanse los actuados a la Fiscalia Suprema de Control Interno para los fines consiguientes. Articulo Segundo.- Declarar agotada la via administrativa con la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta del Consejo Transitorio MORDAZA MORDAZA GARDELLA Consejero MORDAZA G. BALAREZO MORDAZA Consejero MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Consejero 18263

SBS
Prorrogan plazo otorgado a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 103-2001 MORDAZA, 6 de febrero de 2001

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