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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (16/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 198869 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, Decreto Ley Nº 25902, determina la finalidad, ámbito, competencia y estructura del Ministerio de Agricultura y de sus Organismos Públicos Descentralizados; Que, de conformidad con la Primera Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 128-2000, de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Ejercicio Fiscal 2001, de fecha 29 de diciembre de 2000, las Entidades del Sector Público, de considerarlo oportuno, llevarán a cabo en un plazo que no exceda de 60 días calendario, contado a partir de la publicación del citado Decreto de Urgencia, el proce- so de Reestructuración Organizativa Institucional, que estimen conveniente en función a la evaluación de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejo- rar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar ahorro público, sin demandar recursos adicionales a los aproba- dos para la Entidad; el cual se aprobará mediante Resolu- ción Suprema;Que, a fin de posibilitar el cumplimiento de las funcio- nes y responsabilidades que le competen al Ministerio de Agricultura en el marco de las normas contenidas en el Título III, Del Régimen Económico, de la Constitución Política del Perú, es necesario adecuar la estructura organizativa del Ministerio de Agricultura a las necesi- dades del desarrollo agrario nacional, para el que el Artículo 88º de la misma dispone el apoyo preferente del Estado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto de Urgencia Nº 128-2000; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar al Ministerio de Agricultura en proceso de Reestructuración Organizativa Institucional, hasta el 28 de febrero del 2001. Artículo 2º.- Facúltese al Ministerio de Agricultura a aprobar mediante Resolución Ministerial, un nuevo Re-