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Pág. 198874 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de febrero de 2001 Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga del permiso de pesca indicado por quince (15) días adicionales del 13 al 27 de febrero del 2001, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministe- rial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 053- 2001-PE/DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98- PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271- 98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 010-2001-PE/DNE a PERU- JAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés OGAWA SUISAN KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa "EIHO MARU Nº 63" con indicativo internacional 7 J J S, hasta el 27 de febrero del año 2001, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción 18286 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 034-2001-PE/DNE Lima, 12 de febrero del 2001 Visto el Expediente de registro Nº CE-00081003 del 5 de febrero del 2001, presentado por la empresa PERUJAP S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 012-2001-PE/ DNE de fecha 12 de enero del 2001, se otorgó el permiso de pesca a PERUJAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés YUGEN KAISHA HEISEI GYOG- YO, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa denominada "HEISEI MARU Nº 1 ", de 352 de Tonelaje Neto, 1086.87 TM de capacidad de almacena- miento, con el uso de potera como arte de pesca, por un período de vigencia a partir del 12 de enero al 12 de febrero del 2001; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga del permiso de pesca indicado por quince (15) días adicionales del 13 al 27 de febrero del 2001, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministe- rial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 056- 2001-PE/DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98- PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271- 98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Texto Unico Orde-nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 012-2001-PE/DNE a PERU- JAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés YUGEN KAISHA HEISEI GYOGYO, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa "HEISEI MARU Nº 1" con indicativo internacional J J L S, hasta el 27 de febrero del año 2001, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción 18287 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 035-2001-PE/DNE Lima, 12 de febrero del 2001 Visto el Expediente de registro Nº CE-00080003 del 5 de febrero del 2001, presentado por la empresa PERUJAP S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 011-2001-PE/ DNE de fecha 12 de enero del 2001, se otorgó el permiso de pesca a PERUJAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés SHICHIGAHAMA GYOGYO KA- BUSHIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa denominada "RYOIE MARU Nº 68", de 354 de Tonelaje Neto, 635 TM de capacidad de almacena- miento, con el uso de potera como arte de pesca, por un período de vigencia a partir del 13 de enero al 13 de febrero del 2001; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga del permiso de pesca indicado por quince (15) días adicionales del 14 al 28 de febrero del 2001, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministe- rial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 055- 2001-PE/DNE-Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98- PE modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 271- 98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorga- do por Resolución Directoral Nº 011-2001-PE/DNE a PERUJAP S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés SHICHIGAHAMA GYOGYO KABUS- HIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa "RYOEI MARU Nº 68" con indica- tivo internacional J J Q Y, hasta el 28 de febrero del año 2001, manteniéndose los demás términos y condi- ciones.