Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 198886
Colombia: Inspector MORDAZA

NORMAS LEGALES
Fecha Viaticos US$ 540.00 180.00 180.00 180.00 180.00 180.00 180.00

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MC CALLUM MORDAZA MORDAZA DELPINO ASPIAZU MORDAZA DELPINO ASPIAZU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MC CALLUM MORDAZA MORDAZA Costa Rica y Colombia: Inspector

Bogota Bogota Bogota Bogota Bogota Bogota Bogota

3 al 5 9 10 11 18 25 26

MORDAZA

Fecha

Viaticos US$

Que, asimismo de acuerdo a la Clausula Trigesima Primera del Contrato, el contratista estaria obligado a responder por las diversidades o los vicios de las obra de conformidad con el Articulo 1782º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a la Clausula Cuadragesima MORDAZA del Contrato, el periodo de garantia sobre las caracteristicas de la obra ejecutada en funcion de las normas tecnicas aplicables al proyecto y la responsabilidad del ejecutor sera de 7 anos, responsabilizandose al contratista por su correcta ejecucion asi como por el empleo de materiales de optima calidad, todo acorde con las especificaciones tecnicas; Que, por las consideraciones expuestas resulta pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales en defensa de los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra la empresa Superconcreto del Peru S.A. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 18386 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2001-MTC Mediante Oficio Nº 084-2001-SCM-PR se solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 0272001-MTC, publicada en nuestra edicion del dia 9 de febrero de 2001, en la pagina 198395. Primer Considerando DICE: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 114-97-MTC, del 22 de MORDAZA de 1997, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director General de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Puno; (...) Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director General de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de MORDAZA, (...) DEBE DECIR: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 114-97-MTC, del 22 de MORDAZA de 1997, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Puno; (...) Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de MORDAZA, (...) 18405

CALMELL MORDAZA V. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

San MORDAZA Bogota San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA

3 al 4 16 al 22 16 al 22 7 al 14

360.00 1260.00 1260.00 1440.00

Articulo 2º.- El gasto que demando los viajes de los Inspectores a que se refiere el articulo precedente, fue con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 18403

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a empresa para la reparacion de defectos encontrados en la obra Estacion de Pasajeros San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 082-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 15 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de MORDAZA de 1993, la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao -AATE-, suscribio con la empresa Superconcreto del Peru S.A. el Contrato de Obra Nº 007-93-AATE para la ejecucion de la obra Estacion de Pasajeros San MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 007-93-TCC/AATE; Que, segun Informe Nº 218-2000-AAATE/GIO-JCO del Jefe de Construcciones y Obras de AATE, existirian desperfectos tales como fisuras verticales en encuentros de muros y columnas en el primer nivel, fisuras en vigas de techo en la MORDAZA de boleterias, fisuras verticales en los muros de los sotanos, cantoneras de aluminio en los pasos de las escaleras, fugas en la tuberia de agua contra incendio, desprendimiento de pisos gress y zocalo de ceramica esmaltada y contrapasos fisurados en las escaleras exteriores; Que, despues de la evaluacion efectuada por el personal tecnico de AATE se remitieron las Cartas Notariales al contratista Nº 089-98-AATE/CONS, Nº 036-2000-AATE/ GC, Nº 063-2000-AATE/GC y Nº 327-2000-AATE/GIO, solicitandole la reparacion de los defectos presentados; Que, de acuerdo a la Clausula Vigesima Novena del Contrato, el contratista no podra en ningun caso eludir su responsabilidad por los trabajos que hubieren sido encontrados defectuosos, con diversidades o con vicios, ni negarse a repararlos o reconstruirlos segun sea el caso, bajo pretexto de haber sido aceptados por el supervisor, siendo de aplicacion lo dispuesto por los Articulos 1784º y 1785º del Codigo Civil, que seria la posicion adoptada por la referida empresa en su comunicacion de fecha 22.9.2000;

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