Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2001 (16/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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OBSERVADORES MORDAZA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de febrero de 2001

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Area de Cine y Artes Audiovisuales Division de Cultura del Ministerio de Educacion MORDAZA MORDAZA BERHAN DA COSTA Presidente del Instituto de Cinema, Audiovisual y Multimedia (ICAM) URUGUAY MORDAZA MORDAZA Secretario Primero de la Embajada del Uruguay en Espana NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCION Para la aplicacion del Acuerdo Latinoamericano de Coproduccion Cinematografica se establecen las siguientes Normas: 1. Las solicitudes de admision de coproduccion cinematografica bajo este Acuerdo, asi como el contrato de coproduccion correspondiente, se depositaran simultaneamente ante las autoridades competentes de los paises coproductores por lo menos cuarenta (40) dias MORDAZA del inicio del rodaje. Una MORDAZA de dichos documentos sera depositada ante la SECI. 2. Dichas solicitudes deberan ser acompanadas de la siguiente documentacion en el idioma del MORDAZA correspondiente: 2.1 Documentos que certifiquen la propiedad legal de los derechos de autor de la obra a realizar. 2.2 Guion y sinopsis. 2.3 Contrato de coproduccion indicando: a) Titulo de la coproduccion; b) Identificacion de los productores contratantes; c) Identificacion del autor del guion o del adaptador, si se ha extraido la obra de otra fuente literaria; d) Identificacion del director, nacionalidad y residencia. Es permitido una clausula de substitucion para prevenir su reemplazo si fuere necesario; e) Presupuesto por rubros en la moneda que determinen los coproductores, reflejando el porcentaje de participacion de cada productor que debe corresponder con la valoracion financiera de sus aportes tecnicos y artisticos; f) Plan financiero, incluyendo monto, caracteristicas y origen de las aportaciones de cada coproductor; g) Distribucion de las recaudaciones y reparto de los mercados, medios o una combinacion de estos; h) Fecha para el inicio del rodaje y su terminacion; i) Clausula que detalle las participaciones respectivas de los coproductores en gastos excesivos y menores, las que en MORDAZA seran proporcionales a sus respectivas contribuciones; j) Clausula que senale las medidas a tomar si una de las partes incumple sus compromisos, o si las autoridades competentes de cualquiera de los paises rechaza la concesion de los beneficios solicitados; k) Clausula que prevea el reparto de la propiedad de los derechos de autor, sobre una base proporcional a las respectivas contribuciones de los coproductores. 4. Lista del personal creativo y tecnico indicando nacionalidad y categoria de su trabajo, y en el caso de los artistas, nacionalidad, papeles a interpretar, categoria y duracion de los mismos. 5. Programacion de la produccion, indicando locaciones y plan de trabajo. 6. La substitucion de un coproductor solo se permitira en casos excepcionales, previa notificacion a las autoridades competentes de los paises coproductores y a la SECI. 7. Las modificaciones introducidas eventualmente en el contrato original, deberan ser notificadas a las autoridades competentes de cada MORDAZA coproductor y a la SECI.

8. Una vez terminada la coproduccion, las autoridades gubernamentales respectivas procederan a la verificacion de los documentos, a fin de constatar el cumplimiento de las condiciones de este Acuerdo, de las Reglamentaciones correspondientes y del contrato respectivo. Hecho esto podran proceder a otorgar el Certificado de Nacionalidad. 18388

Oficializan congresos sobre enfermedades y endoscopia digestivas, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0130-2001-RE MORDAZA, 14 de febrero de 2001 Visto el Oficio SA-DVM Nº 0141-2000, del Viceministro de Salud, de 2 de febrero del ano 2001, mediante el cual solicita la oficializacion del "XXVII Congreso Panamericano de Enfermedades Digestivas" y del "XIV Congreso Panamericano de Endoscopia Digestiva" eventos organizados por la Sociedad de Gastroenterologia del Peru - "GASTRO", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 29 de octubre al 2 de noviembre del ano 2001; De conformidad con los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del ano 2001; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "XXVII Congreso Panamericano de Enfermedades Digestivas" y el "XIV Congreso Panamericano de Endoscopia Digestiva", eventos organizados por la Sociedad de Gastroenterologia del Peru - "GASTRO", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 29 de octubre al 2 de noviembre del ano 2001. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 18360

Oficializan congresos sobre administracion de personal y gerencia de recursos humanos, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0131-2001-RE MORDAZA, 14 de febrero de 2001 Visto el Oficio Nº 092-2001-TR/SG, del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de 2 de febrero del ano 2001, mediante el cual solicita la oficializacion del "XVII Congreso Interamericano de Administracion de Personal" y del "XI Congreso Nacional de Gerencia de Recursos Humanos", eventos organizados por la Federacion Interamericana de Administracion de Personal, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 17 al 20 de octubre del ano 2001; De conformidad con los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero del ano 2001; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992;

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