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Pág. 205859 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de julio de 2001 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 26292 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 261-2001-JUS Lima, 28 de junio de 2001 Visto el Oficio Nº 898-2001-EF/60 del Ministerio de Economía y Finanzas, de fecha 12 de junio de 2001; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 321-98-JUS, de fecha 14 de setiembre de 1998, se designó al doctorLuis Lavaggi Breña, como Procurador Público Ad Hoc, para que asuma la defensa judicial del Estado en los procesos judiciales seguidos contra la Comisión deTarifas Eléctricas; Que, habiendo culminado el trámite de los referidos procesos, es necesario expedir la correspondiente resolu-ción administrativa que dé por concluida la designa- ción del citado profesional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Reglamento para la Designación de Procuradores Públicos aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación del doctor LUIS LAVAGGI BREÑA, como Procurador Pú- blico Ad Hoc, a que se refieren la Resolución Suprema Nº 321-98-JUS, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Economíay Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 26293 PESQUERÍA Disponen mantener suspensión tem- poral de otorgamiento de permiso de pesca para la siega y recolección del recurso algas marinas en el litoral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2001-PE Lima, 28 de junio del 2001CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidro- biológicos contenidos en aguas jurisdiccionales sonpatrimonio de la Nación, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que el Artículo 9º de la precitada Ley dispone que el Ministerio de Pesquería determinará, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de facto-res socioeconómicos, según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, regula-ción del esfuerzo pesquero, métodos de pesca, talla mínima de captura y demás normas que requiera la preservación y explotación racional de los recursoshidrobiológicos; Que el Artículo 19º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería mediante Resolución Ministerial de carácter general puede establecer que las solicitudes para el otorgamien-to de derechos de cualquier actividad del sector pesque- ro, sean denegadas por razones de ordenamiento y aprovechamiento responsable de los recursoshidrobiológicos o protección del medio ambiente. Asi- mismo puede limitar el acceso a un recurso hidrobioló- gico mediante un determinado sistema de extracción oprocesamiento; Que mediante Resolución Ministerial Nº 007-99- PE del 11 de enero de 1999 se suspendió en formatemporal la admisión de solicitudes de permiso de pesca para la siega y recolección de su ambiente natural del recurso algas marinas que se realiza enel litoral peruano, a excepción de las referidas a las especies pertenecientes a los géneros Glacilaria y Chondrocanthus , entre los cuales incluye al "yuyo"; siempre que la actividad sea realizada con fines de consumo humano directo; Que mediante Resolución Ministerial Nº 103-2001- PE del 26 de marzo de 2001, se dejó sin efecto la suspensión temporal dispuesta por el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 007-99-PE para el recurso"aracanto" Lessonia spp. en el área comprendida entre Punta Lomas (15° 33.7' L.S.), departamento de Arequi- pa y Punta Negra (17° 48' L.S.), departamento deMoquegua, autorizándose la admisión de solicitudes de permiso de pesca para realizar la recolección del citado recurso; Que el Instituto del Mar del Perú a través del Oficio Nº PCD-100-236-2001-PE/IMP del 20 de junio del 2001, recomienda que el alga marina ( Macrocystis pyrifera ) continúe en veda por no haberse observado una recuperación significativa del recurso; Que la Primera de las Disposiciones Finales del Reglamento de la Ley General de Pesca dispone que el Ministerio de Pesquería procederá a revisar la normati- vidad del sector a fin de iniciar su simplificación, por loque se considera necesario contar con una norma legal que actualice las medidas de ordenamiento pesquero vigentes y facilite el proceso de administración de laspesquerías nacionales; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Mantener la suspensión temporal del otorgamiento de permiso de pesca para la siega y recolección de su ambiente natural del recurso algasmarinas en el Litoral Peruano. Artículo 2º.- No están comprendidas en la limita- ción establecida en el artículo precedente las solicitu-des de permiso de pesca para la extracción de algas marinas pertenecientes a los géneros Glacilaria y Chondrocanthus , entre los cuales se incluye el "yuyo",