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Pág. 205868 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de julio de 2001 2001, documento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 26309 Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de junio del2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 191-2001-INEI Lima, 30 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tributaria, usando para tal caso de corrección, el Indice de Precios Promedio Mensual alPor Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dispone que el Instituto Nacional de Estadística eInformática (INEI) publique mensualmente en el Dia- rio Oficial El Peruano, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI a fin de uniformizar los períodos base de los Indices de Precios que elabora, ha actua- lizado el período base del Indice de Precios Prome-dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adop- tando la Base: 1994 = 100,0, a partir del mes de enero del 2000; Que, es conveniente disponer la publicación de la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1999 = 100,0, así como la serie empalmada de la nuevaBase: 1994 = 100,0, correspondiente al año 2000, y la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor aNivel Nacional del mes de junio del 2001, y del Boletín Mensual Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información oficial del Indice de Precios alPor Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacio- nal que contiene la serie de índices correspondiente a la anterior Base: 1990 = 100,0, así como la serieempalmada de la nueva Base: 1994 = 100,0, correspon- diente al año 2000, y del mes de junio del 2001, así como la publicación de la variación mensual y acumulada delIndice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. AÑO/MES NUMERO INDICE VARIACION PORCENTUAL BASE 1990 BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2000 ENERO 1662,570967 149,650497 0,08 0,08 FEBRERO 1668,572489 150,190703 0,36 0,44 MARZO 1674,926678 150,762653 0,38 0,83 ABRIL 1682,444095 151,439307 0,45 1,28 MAYO 1684,858598 151,656640 0,14 1,42 JUNIO 1687,595837 151,903023 0,16 1,59 JULIO 1697,520148 152,796325 0,59 2,19 AGOSTO 1697,888589 152,829489 0,02 2,21AÑO/MES NUMERO INDICE VARIACION PORCENTUAL BASE 1990 BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA SETIEMBRE 1710,176831 153,935572 0,72 2,95 OCTUBRE 1715,921742 154,452680 0,34 3,29 NOVIEMBRE 1723,331418 155,119636 0,43 3,74 DICIEMBRE 1724,955066 155,265783 0,09 3,84 2001 ENERO 1726,946089 155,444998 0,12 0,12 FEBRERO 1731,033667 155,812927 0,24 0,35 MARZO 1732,036717 155,903213 0,06 0,41 ABRIL 1729,898868 155,710782 -0,12 0,29 MAYO 1730,930570 155,803647 0,06 0,35 JUNIO 1729,001871 155,630042 -0,11 0,23 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual Indicadores de Precios de la Economía, quecontiene la información Oficial del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de junio del 2001. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 26310 MUNICIP ALIDAD DE MIRAFLORES Conceden beneficio administrativo a favor de contribuyentes del distrito relativo a la obtención de licencia deconstrucción o regularización de obras ORDENANZA Nº 91 Miraflores, 25 de junio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en sesión de fecha 22 de junio del 2001; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades representan al vecinda- rio, promueven la adecuada prestación de los serviciospúblicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripcio- nes de su jurisdicción; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordado con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 23853, las municipalidades son los órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular con autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 11) del Artículo 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades,es función de las municipalidades en materia de acondicio- namiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, elabo- rar y reglamentar el catastro municipal, otorgar licencias ycontrolar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de los inmuebles de las áreas urbanas de conformidad con las normas del Reglamento Nacional de Construcciones y elReglamento Provincial respectivo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las orde-