Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Desarrollo Humano, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota de Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26739

DECRETOS DE URGENCIA
Crean el MORDAZA de Transparencia Economica como plataforma informativa del Ministerio de Economia y Finanzas para los ciudadanos a traves de Internet
DECRETO DE URGENCIA Nº 077-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la transparencia en el manejo de los recursos publicos asi como la existencia de mecanismos efectivos de rendicion de cuentas respecto de la ciudadania, constituyen elementos fundamentales para la generacion de confianza de la ciudadania en el accionar del Estado, asi como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos publicos; Que una de las prioridades del Gobierno de Transicion es promover y establecer un conjunto de medidas destinadas a mejorar los mecanismos de transparencia en el manejo de los recursos publicos, brindando a la ciudadania organizada las herramientas necesarias para un MORDAZA efectivo de fiscalizacion de la gestion publica; Que el manejo de las finanzas publicas de la anterior administracion ha estado caracterizado por su falta de transparencia; Que resulta urgente promover un manejo eficiente y transparente de las finanzas publicas, como elementos indispensable para garantizar la recuperacion economica y la confianza de los ciudadanos en el Estado; Que el inciso 5) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado, reconoce el derecho de toda persona a solicitar, sin expresion de causa, la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, exceptuando aquella que afecta la intimidad personal y

las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional; Que el Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, publicada el 13 de noviembre de 1991, regula la obligacion de las entidades del sector publico de suministrar a quienes lo soliciten la informacion que tengan en su poder; Que mediante Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM publicado el 27 de febrero de 2001, se establecio la obligacion de las entidades del Sector Publico de incorporar en sus Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) un procedimiento para facilitar a las personas el acceso a la informacion que posean o produzcan; Que, finalmente, mediante Decreto de Urgencia Nº 035-2001 publicado el 17 de marzo de 2001, se establecieron diversas medidas y mecanismos con el objeto de lograr una mayor transparencia en el manejo de las finanzas publicas, dentro de las que se incluye la obligacion de publicar periodicamente diversa informacion sobre las finanzas publicas asi como sobre las adquisiciones y contrataciones realizadas por las entidades del sector publico; Que, para el mejor cumplimiento de los objetivos contenidos en dicho dispositivo, el Ministerio de Economia y Finanzas ha venido implementando medidas concretas destinadas hacer mas transparente el manejo y gestion de los recursos y finanzas publicas, asumiendo de esta manera una responsabilidad y compromiso frente a la ciudadania; Que, dentro de estos esfuerzos, el 23 de febrero del 2001 el Ministerio de Economia y Finanzas lanzo el MORDAZA de Transparencia Economica, como plataforma informativa que contiene informacion actualizada sobre el gasto de las Entidades del Sector Publico Nacional, las obligaciones y contingencias del Estado, los Estados Financieros de las empresas del Estado, el deficit fiscal y su financiamiento, asi como el perfil de la deuda publica, entre otras; Que, la operacion y continuidad de dicha plataforma informativa requiere de la actualizacion y mejora permanente de la informacion contenida en la misma, la identificacion de las nuevas demandas de informacion fiscal de los ciudadanos, asi como la coordinacion con los sectores y dependencias proveedores de la informacion relevante, labores que por su importancia demandan la dedicacion a tiempo completo de los responsables de dicha tarea; Que, en tal sentido, resulta necesario y urgente el establecimiento de una Oficina que, al interior del Ministerio de Economia y Finanzas, se encargue de velar por el cumplimiento de dichas funciones y tareas; Que, en el actual contexto, y con la finalidad de sentar las bases de la transicion democratica, es importante para el MORDAZA establecer mecanismos y acciones que aseguren la continuidad del MORDAZA de reforma iniciado al interior del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Crease el MORDAZA de Transparencia Economica como una plataforma informativa del Ministerio de Economia y Finanzas para los ciudadanos a traves de Internet, el cual proporcionara informacion actualizada sobre aspectos vinculados con el manejo de las finanzas publicas, tales como el balance del sector publico (deudas, obligaciones, contingencias, activos, entre otros), proyecciones macroeconomicas, ejecucion del gasto publico, estado y proyecciones de la recaudacion tributaria, entre otros. Articulo 2º.- Crease dentro del Ministerio de Economia y Finanzas una Oficina de "Informacion Economica y Ciudadania", como organo de linea del Ministerio de Economia y Finanzas. La reestructuracion organizativa que resulte necesaria establecer con ocasion al establecimiento de dicha Oficina, sera aprobada mediante Decreto Supremo en un plazo que no exceda de 90 dias calendario a partir de la publicacion del presente Decreto de Urgencia.

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