Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 13º.- Puntaje minimo requerido Se debe obtener un minimo del 70% del puntaje MORDAZA considerado en las Bases para declarar un ganador del concurso, de acuerdo a los criterios establecidos en el Articulo 15º. El solicitante original es beneficiado con un 10% adicional al puntaje obtenido en el concurso. Articulo 14º.- De la Concesion Directa En caso que no se presenten otros interesados de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º, al vencimiento del plazo el INRENA publica un Aviso comunicando que se seguira el procedimiento de concesion directa. En un plazo MORDAZA de cinco (5) dias a partir del vencimiento del plazo de los 30 dias a que se refiere el Articulo 6º, la Direccion General Forestal del INRENA remite al solicitante un Oficio autorizandolo a presentar su Propuesta Tecnica ante la DGF dentro de los siguientes noventa (90) dias. Para el otorgamiento de la concesion, se requiere que el solicitante obtenga cuando menos una calificacion equivalente al 70% de puntaje, de acuerdo a los criterios establecidos en el Articulo 15º. Articulo 15º.- Criterios para la calificacion de la Propuesta Tecnica Para la calificacion de las Propuestas Tecnicas, tanto en los procesos de Concurso Publico como de Concesion Directa, se consideran especialmente los siguientes rubros y criterios para la asignacion de puntaje: - Calidad de la Propuesta Tecnica y beneficios ecologicos que generara al area solicitada: 30 % - Calidad y experiencia del Equipo de Trabajo del solicitante: 20% - Participacion de la poblacion local: 20% - Calidad de la persona natural o juridica que presenta la solicitud: 10% - Alianzas estrategicas propuestas para el trabajo en el area de la concesion: 10% - Monto de inversion: 10% Articulo 16º.- Definicion de la Concesion La definicion de la extension de la concesion se MORDAZA en los estudios tecnicos que debe presentar cada solicitante como parte de su Propuesta Tecnica. La aprobacion de la Propuesta Tecnica por parte del INRENA valida dichos estudios, de conformidad con el Articulo 119º del Decreto Supremo Nº 014-2001-AG. CAPITULO III Del otorgamiento de la concesion y suscripcion del contrato Articulo 17º.- Declaratoria de ganador y otorgamiento de la concesion Vencido el plazo para la MORDAZA de Propuestas Tecnicas, el INRENA dispone de hasta sesenta (60) dias para revisar las propuestas recibidas. En caso alguna de ellas obtenga el puntaje minimo requerido, el INRENA declara un ganador del concurso. En caso de concesion directa, el plazo para la aprobacion o desaprobacion de la Propuesta Tecnica es de hasta veinte (20) dias contados a partir de su recepcion. Articulo 18º.- Otorgamiento de la Concesion La concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, al cumplimiento de los plazos a que se refiere el articulo anterior. Esta Resolucion es publicada en el Diario Oficial El Peruano. La Resolucion Jefatural debe incluir ademas, la declaracion de ganador y aprobacion de Propuesta Tecnica en caso de concurso publico, y la aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa. El otorgamiento de la concesion se complementa con un contrato entre el titular de la misma y el INRENA. Para que la concesion surta efectos el interesado debera suscribir el referido contrato. Articulo 19º.- Suscripcion de Contrato El contrato debe ser suscrito en dos copias ante notario publico, transcurridos 15 dias de la expedicion de la Resolucion Jefatural a que se refiere el articulo

anterior. Por el INRENA debe estar firmado por el Jefe del INRENA, con el visto MORDAZA del Director General Forestal, el Director General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA y la Oficina de Asesoria Juridica. Articulo 20º.- Contenido del Contrato El contrato debe contener cuando menos: - Generales de Ley de las partes. - Objeto de la concesion, precisando en forma detallada y con mapa anexo al contrato, el area sobre la cual se otorga la concesion. - Derechos y obligaciones del concesionario, de caracter ambiental y social. - Atribuciones del INRENA - Clausulas de participacion de las poblaciones locales. - Plazo de la concesion, hasta por un MORDAZA de 40 anos. - Terminos de Referencia para la elaboracion del Plan de Manejo de la Concesion - Establecimiento del pago por derechos de otorgamiento, en caso se realicen actividades economicas secundarias en el area de la concesion. - Establecimiento del pago para cubrir el monitoreo por parte de INRENA a la concesion. - Procedimientos para el seguimiento y evaluacion de la concesion. - Clausula de renovacion automatica, en caso lo solicite el concesionario. - Procedimientos a seguir al termino de la concesion. - Causales de caducidad de la concesion y resolucion del contrato. - Penalidades. - Solucion de Controversias CAPITULO IV Del Plan de Manejo de la Concesion Articulo 21º.- Plan de Manejo de la Concesion El concesionario tiene un plazo de seis (6) meses, a partir de la suscripcion del contrato, para presentar el Plan de Manejo de la Concesion, de acuerdo a los Terminos de Referencia que el INRENA presente al concesionario en el acto de la suscripcion del Contrato. Los Terminos de Referencia para la elaboracion del Plan de Manejo de la Concesion son parte integrante del Contrato de Concesion para Conservacion. Articulo 22º.- Carta Compromiso El concesionario debe presentar conjuntamente con el Plan de Manejo de la Concesion, una Carta Compromiso de conservar el area de la concesion, de acuerdo al formato que se detalla en el Anexo IV. Articulo 23º.- Evaluacion de Impacto Ambiental Los procedimientos de Evaluacion de Impacto Ambiental son parte integrante del Plan de Manejo de la Concesion y deben contener las medidas de contingencia en caso de accidentes o desastres naturales. Los Terminos de Referencia a que se refiere el Articulo 21º deben indicar el nivel de la Evaluacion de Impacto Ambiental, pudiendo solicitarse un Estudio de Impacto Ambiental -E.I.A., una Declaracion de Impacto Ambiental -D.I.A., o un Estudio de Riesgo Ambiental E.R.A., de conformidad con el Articulo 3.42 del Decreto Supremo Nº 014-2001-AG. Articulo 24º.- Programa de Monitoreo El Plan de Manejo de la Concesion debe contener, igualmente, un Programa de Monitoreo de la Concesion, cuya ejecucion y cumplimiento es de cargo del concesionario. Articulo 25º.- Aprobacion del Plan de Manejo La Direccion General Forestal del INRENA tiene hasta sesenta (60) dias para la aprobacion del Plan de Manejo presentado por el Concesionario. En caso formule observaciones al Plan de Manejo, las comunicara mediante Oficio de la Direccion General Forestal al

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