Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2001 (07/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

do en un Contrato de Concesion y puede ser hasta de 40 anos, renovables. Articulo 2º.- Definicion del area de concesion El area de la concesion se define en base a los Estudios Tecnicos que presente el concesionario como parte de su Propuesta Tecnica. El INRENA aprueba dichos Estudios tomando en consideracion los criterios de manejo de cuencas, tipos de ecosistemas forestales comprendidos, y requerimientos para el mantenimiento de la diversidad biologica, en particular de las especies amenazadas y habitat fragiles o amenazados, asi como la prestacion de servicios ambientales. Articulo 3º.- Derechos de otorgamiento La Concesion para Conservacion se otorga a titulo gratuito. El titular de la concesion no tiene derechos de aprovechamiento comercial de los recursos naturales existentes en el area de la concesion, salvo que se pacte expresamente en el contrato como actividad economica secundaria y solo para el caso de aprovechamiento de recursos no maderables y el ecoturismo, en cuyo caso se determinan los pagos que correspondan a dicho aprovechamiento de conformidad con el Articulo 70.6 del Decreto Supremo Nº 014-2001-AG. La Concesion para Conservacion no es transferible a terceros ni puede ser sujeta de gravamenes, hipotecas o cargas similares. Articulo 4º.- De la Solicitud La persona natural o juridica interesada en una concesion para conservacion debe presentar una solicitud dirigida al Jefe del INRENA en la que indique: - Nombre o razon social del solicitante, acreditando su representacion legal en caso de personas juridicas. - Plano perimetrico del area, senalando superficie, coordenadas UTM y memoria descriptiva; y, - Breve descripcion del Proyecto a desarrollar, indicando el plazo de vigencia que se solicita para la concesion. Articulo 5º.- Resumen y Aviso Recibida la solicitud por el INRENA, el solicitante publica un resumen de la misma en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional de acuerdo al formato contenido en el Anexo I de la presente Resolucion Ministerial. Asimismo, publica un Aviso en los locales de la Municipalidad distrital provincial correspondiente al area solicitada en concesion, de acuerdo al formato contenido en el Anexo II de esta norma. En ambos casos, la Direccion General Forestal DGF- del INRENA debe dar su conformidad a los textos para proceder a su publicacion. MORDAZA publicaciones son de cargo del solicitante. Articulo 6º.- Otros solicitantes Cualquier persona natural o juridica puede presentarse ante el INRENA, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicacion del Resumen y Aviso a que se refiere el articulo anterior, para solicitar que se MORDAZA un concurso publico respecto al area solicitada para concesion para conservacion. En este caso, las personas que soliciten la apertura de concurso publico quedan obligadas a presentarse formalmente a este, bajo sancion de multa segun lo establecido en el Articulo 11º de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 7º.- Oposicion a la solicitud. Las personas que acrediten tener algun derecho preexistente y vigente en el area materia de solicitud de Concesion, pueden dentro del periodo de treinta (30) dias calendario a que se refiere el articulo precedente, presentar un recurso de oposicion. Con el recurso de oposicion, ademas de los datos de identificacion del oponente, deben acompanarse todos los documentos que prueben y sustenten el derecho alegado y su vigencia, sin cuyo requisito se declarara inadmisible el mismo. Admitido el recurso de oposicion, se corre traslado por diez (10) dias al solicitante quien puede alternativamente sustentar la improcedencia de la oposicion, solicitar la modificacion del area de concesion solicitada o desistirse de su solicitud.

En caso de alegar la improcedencia de la oposicion, el solicitante debe acompanar los documentos que sustenten la improcedencia del derecho planteado por el oponente. El Jefe del INRENA tiene diez (10) dias para resolver la oposicion planteada. En caso de solicitar la modificacion del area de la concesion, la solicitud sigue los pasos a que se refiere el Articulo 5º y siguientes de la presente Resolucion Ministerial CAPITULO II Del Procedimiento de Concurso Publico y Concesion Directa Articulo 8º.- Oficio a solicitantes De presentarse otros solicitantes dentro de los treinta (30) dias, el INRENA comunica mediante Oficio de la Direccion General Forestal a todos ellos, incluyendo al solicitante original, que se abrira un concurso publico para el area, el cual se inicia formalmente con un Aviso a publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 9º.- Comision Ad hoc El INRENA conforma una Comision Ad hoc encargada de elaborar las Bases del concurso publico y conducir el proceso. La Comision se nombra mediante Resolucion Jefatural y esta conformada por cinco miembros: - El Director General Forestal; - El Director General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre; - Un profesional contratado por el INRENA para el MORDAZA, que actua como Secretario Ejecutivo de la Comision; - Un representante de las universidades peruanas, a invitacion del Jefe del INRENA; y - Un experto especialista en conservacion, a invitacion del Jefe del INRENA. Articulo 10º.- Aviso de convocatoria Dentro de los veinte (20) dias siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el Articulo 8º, el INRENA publica un Aviso convocando a concurso publico y poniendo a disposicion de cualquier interesado las Bases del Concurso, de acuerdo al formato que se incluye en el Anexo III de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 11º.- Plazo para Propuesta Tecnica Cualquier interesado puede presentar su Propuesta Tecnica a la Direccion General Forestal del INRENA, dentro de los noventa (90) dias de publicado el Aviso, siempre y cuando MORDAZA adquirido previamente las Bases del Concurso. Vencido el plazo, se declara al ganador de acuerdo al criterio de puntuacion asignado en las Bases del Concurso. Aquellas personas, naturales o juridicas, que presentaron su solicitud pidiendo la convocatoria a un concurso publico asi como el solicitante original estan obligados a presentar una Propuesta Tecnica dentro de los noventa (90) dias a que se refiere este articulo. En caso de no presentar Propuesta Tecnica se les impone una multa equivalente a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. Articulo 12º.- Contenido de la Propuesta Tecnica La Propuesta Tecnica debe contener como minimo la siguiente informacion: - Objetivos y metas del proyecto; - Memoria descriptiva del area y mapa de ubicacion; - Caracterizacion de los recursos naturales comprendidos en el area de la concesion; - Justificacion del valor biologico o ecologico y necesidad de conservacion del sitio, asi como de la superficie solicitada; - Cronograma de actividades; - Compromiso de inversion; - Una propuesta del nivel de Evaluacion de Impacto Ambiental que debe presentar dentro del Plan de Manejo, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 23º.

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