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Pág. 206581 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de julio de 2001 MTC Proyecto de Decreto Supremo mediante el cual se modifica el Reglamento Nacional de Construcciones, incorporando el número de estacionamientos de acuerdo a la zonificación urbana, modificando el Art. 17 ºdel Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda y derogando el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM Opiniones y sugerencias podrán ser remitidas a la Dirección General de Vivienda y Construcción, sito en Avenida 28 de Julio Nº 800 - 4to piso, en texto original o vía correo electrónico a tbarba@mtc.gob.pe , hasta el 18 de julio de 2001. Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Dirección General de Vivienda y Construcción Av. 28 de Julio Nº 800 - (4to. Piso) - Lima 1 PROYECTO DE DECRETO SUPREMO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Art. 23º del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda – Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-98-PCM de fecha 11 de abril de 1998, estableció que los proyectos que se desarrollen en el marco del Programa del Fondo MIVIVIENDA, así como cualquier otro proyecto con las mismas condiciones técnicas, deberá cumplir con el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, de fecha 23 de diciembre de 1998; Que, el Art. 17º del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-99-MTC, de fecha 8 de enero de 1999, establece que las viviendas a ser financiadas deberán haber sido construidas por el sector privado y podrán sujetarse a las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y/o a las normas generales vigentes que regulan la construcción de vivienda contenidas en el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, las normas técnicas contenidas en el Reglamento Nacional de Construcciones son de estricto cumplimiento y deben aplicarse a las obras de edificación que dan albergue al hombre en todas sus actividades; por lo que en aplicación del criterio de uniformidad resulta necesario incorporar normas referidas al número de estacionamientos de acuerdo a la zonificación urbana; Que, la aplicación potestativa e indistinta de estas disposiciones ha venido generando confusión en su aplicación, por lo que a fin de mantener un contexto normativo uniforme es conveniente modificar el Artículo 17º del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda – Fondo MIVIVIENDA, y derogar el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú;PROYECTO