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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (20/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

Pág. 204781 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de junio de 2001 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban beneficio tributario y administrativo a favor de contribuyen- tes del distrito ORDENANZA Nº 034-MDB Breña, 19 de junio del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; VISTO: El Informe Nº 090-2001-OR/MDB, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribu- ciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la última parte del Artículo 44º del Código Tribu- tario establece que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, es política de la actual administración municipal otorgar facilidades para que los contribuyentes puedan pagar su deuda tributaria y administrativa, en montos y formas que posibiliten su cumplimiento y dentro de los plazos que para el efecto se otorgue; resultando conve- niente conceder un Beneficio Tributario y Administrati- vo, condonando los reajustes e intereses moratorios; asimismo, establecer un descuento especial del monto insoluto de los Arbitrios Municipales;De conformidad a lo expuesto y las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, los miembros del Concejo aprobaron por mayo- ría, con la única abstención del Regidor Javier Julio Silva Quiñones, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA UN BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE BREÑA Artículo 1º.- Otórguese un Beneficio Tributario y Administrativo desde el 19 de junio al 31 de julio del 2001. Artículo 2º.- El beneficio que aprueba la presente Ordenanza comprende la condonación de intereses mora- torios y reajustes por deudas tributarias: Impuesto Pre- dial, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Juegos, Im- puesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Tasa de Licencia de Funcionamiento y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Sere- nazgo, vencidas al 19 de junio del 2001 y aquellas que se produzcan durante su vigencia. Artículo 3º.- Dispóngase la condonación del 100% del monto de las multas tributarias, el 90% del monto de las multas administrativas y 60% cuando el monto supere el 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, inclusive las que se impongan durante la vigencia de la presente Ordenanza. En ningún caso la multa a pagar será inferior a S/. 50.00 nuevos soles. En todo caso, los infractores se encuentran obligados al cumplimiento o subsanación, de ser el caso, de las obligaciones formales que originaron dichas sanciones. Exclúyase de los beneficios de la presente Ordenanza las multas con código 2 Limpieza Pública de la Dirección de Servicios a la Ciudad y las multas con códigos 1-103, 1- 104 y 1-105 de la Oficina de Rentas. Artículo 4º.- Conceder un descuento especial del tributo insoluto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Serenazgo, que se cancelen durante la vigencia de la presente Ordenan- za, de acuerdo a la escala siguiente: a) 50% de descuento para los años 1996 y anteriores. b) 30% de descuento para el año 1997. c) 20% de descuento para el año 1998. d) 15% de descuento para el año 1999. e) 10% de descuento para el año 2000. Artículo 5º.- Se encuentran comprendidas, dentro de los beneficios que aprueba la presente Ordenanza las Resoluciones de Determinación, Resoluciones de Multa y Multas Administrativas, incluyéndose los que se encuen- tran en proceso de ejecución coactiva cualesquiera que sea el estado de su cobranza previo pago de las Costas a que seIP-009 Promedio de Permite verificar el Mide el promedio de días de estancia hospitalaria Mensual Clínica - EPS Permanencia en adecuado uso del de los pacientes, por tipo de hospitalización: Hospitalización recurso cama Médica, Quirúrgica, Ginecológica, Obstétrica (se cuantificará por separado parto normal y cesárea), y Pediátrica. Total de días de internamiento en un mes Total de egresos del mismo período Indice de Calidad de Atención y Satisfacción del Usuario IP-013 Tasa de Mide la magnitud de Indica la tasa de reclamos asistenciales y Trimestral Clínica - EPS Reclamos por la insatisfacción del administrativos, presentados por los asegurados EPS usuario con las en la EPS en un período determinado. prestaciones recibidas Total de reclamos por tipo de atención prestada x 10,000 Total de asegurados atendidos en la EPS Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CARLOS ANTONIO JIMENO HERNANDEZ Intendente General 25498