Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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d) Brindar asistencia tecnica en los niveles regionales y locales en gestion integral y en las demas acciones relacionadas al componente de gestion del modelo de atencion integral de salud, articulado a redes de servicios de salud. e) Identificar las necesidades de cooperacion tecnica o financiera en el MORDAZA del modelo de atencion integral de salud. f) Establecer los lineamientos y procedimientos de trabajo con los proyectos y programas de cooperacion nacional o internacional, coordinando acciones con las dependencias correspondientes del Ministerio, en el MORDAZA del Modelo de Atencion Integral de Salud. g) Cumplir con las demas funciones que se le asigne." "Articulo 75º.- Son funciones de la Direccion Ejecutiva de Promocion de la Salud: a) Proponer las politicas y planes de promocion de la salud, de manera concertada con los niveles regionales, asi como las estrategias de implementacion o adecuacion, que garanticen el cumplimiento de las atenciones de salud, desarrollo de los servicios y de gestion sanitaria, en la generacion de estilos de MORDAZA y entornos saludables. b) Formular los lineamientos y normas para la promocion de la salud en funcion a la atencion integral de salud, desarrollo de los servicios y gestion sanitaria en el MORDAZA del modelo de atencion integral. c) Disenar, planificar, coordinar y evaluar las intervenciones educativo comunicacionales en concordancia con la politica de comunicaciones del sector orientadas al cambio de comportamientos y la promocion de la salud. d) Promover la participacion del ciudadano, los agentes comunitarios de salud, representantes locales, medios de comunicacion, las entidades publicas y privadas, coordinadamente en las intervenciones educativo comunicacionales. e) Desarrollar estrategias para el ejercicio de los deberes y derechos del ciudadano en su ambito individual, familiar y comunal, en el MORDAZA de las politicas de cuidado de la salud del Estado. f) Brindar asistencia tecnica a los niveles regionales en promocion de la salud y de las intervenciones educativo comunicacionales en el MORDAZA del modelo de atencion integral. g) Supervisar y evaluar los planes, asi como el impacto de las intervenciones educativo comunicacionales, tomando en cuenta los analisis, las tendencias de situacion de salud, la demanda de la poblacion y oferta de los servicios. h) Cumplir con las demas funciones que se le asigne." "Articulo 76º.- Son funciones de la Direccion Ejecutiva de Atencion Integral de Salud : a) Elaborar las propuestas de lineamientos de politica y las prioridades sanitarias en aspectos de atencion integral de salud, prevencion e intervenciones sanitarias de alcance nacional, en coordinacion con los niveles regionales y los demas componentes del sistema de salud b) Elaborar y proponer las normas, protocolos y procedimientos a los que se sujetan las atenciones de las personas. c) Establecer los criterios de programacion referenciales de las intervenciones sanitarias relacionados a la atencion de las personas. d) Proponer el componente de prestacion del modelo de atencion integral de salud y las prioridades que deben considerar los paquetes de atencion integral. e) Definir, evaluar y actualizar periodicamente las necesidades de las investigaciones operativas en la atencion de salud de las personas. f) Brindar asistencia tecnica a los niveles regionales, para la aplicacion de normas y protocolos de atencion a las personas en los servicios de salud, asi como para la formulacion referencial de planes de atencion integral. g) Vigilar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas nacionales, y otras disposiciones, relacionadas a la atencion integral de las personas. h) Cumplir con las demas funciones que se le asigne." "Articulo 77º.- Son funciones de la Direccion Ejecutiva de Servicios de Salud: a) Proponer normas y lineamientos en los aspectos de organizacion, desarrollo y produccion de los servicios de

salud, asi como establecer y coordinar los procedimientos tecnicos administrativos de referencia y contrarreferencia. b) Formular las prioridades de desarrollo de los servicios de salud, de manera concertada con los niveles regionales, asi como sus estrategias de implementacion o adecuacion. c) Proponer las normas para la creacion, ubicacion y funcionamiento de los establecimientos de salud y de los servicios medicos de apoyo. d) Proponer el componente de organizacion y gestion del modelo de atencion integral de salud a aplicarse en los servicios basicos y servicios especializados de salud. e) Regular la prestacion de servicios de salud a traves de normas y procesos de calificacion, acreditacion y otras formas de garantia y mejoramiento de la calidad de los servicios de salud. f) Establecer las normas tecnicas y estandares de construccion, mejoramiento y conservacion de infraestructura fisica, insumos, bioseguridad de la atencion, equipamiento referencial y mantenimiento de los servicios de salud. g) Proponer las normas y verificar que la realizacion de ensayos clinicos en humanos, las importaciones y donaciones del exterior de material genetico y de tejidos humanos cumplan con los dispositivos legales vigentes. h) Proponer los lineamientos y procedimientos que promuevan y permitan el ejercicio de los deberes y derechos ciudadanos en salud, asi como para promover la participacion social, comunitaria, en coordinacion con las otras dependencias del Ministerio. i) Conducir el sistema de registro del funcionamiento de establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo, asi como la inscripcion y autorizacion de los Organismos No Gubernamentales en los correspondientes registros a cargo del Ministerio de Salud, y realizar o requerir segun corresponda la evaluacion al nivel respectivo de la ejecucion de los programas que estos desarrollan. j) Definir, evaluar y actualizar periodicamente las necesidades de las investigaciones operativas en el area de servicios de salud. k) Brindar asistencia tecnica a los niveles regionales y locales para la aplicacion de las normas de servicios de salud, asi como para la formulacion de metas, presupuestos y planes de desarrollo de los servicios de salud. l) Vigilar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las normas nacionales, y otras disposiciones referentes a los servicios de salud. m) Cumplir con las demas funciones que se le asigne." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 25592

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Ratifican representante del Ministerio ante el Consejo Directivo Nacional del SENCICO
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-2001-TR MORDAZA, 18 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social debe designar un representante ante el Consejo Directivo Nacional de dicha Institucion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 080-99-TR de 11 de MORDAZA de 1999, se designo a la doctora MORDAZA MORDAZA Cochagne como representante del Ministerio de

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