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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (20/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 204767 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de junio de 2001 torias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la concesión para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado otorgada a favor de la empresa J.N. ATALA & CIA. S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 378-2000-MTC/15.03 a la modalidad conmutado. Artículo 2º.- Aprobar la addenda mediante la cual se amplía la modalidad de la concesión mencionada en el artículo precedente y autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones a suscribirla en representación del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25505 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra administrador y recaudador de la Unidad de Peaje de Yauca - SINMAC por presunta res- ponsabilidad civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2001-MTC/15.02 Lima, 14 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el 13 de abril de 1998 el Administrador de la Unidad de Peaje de Yauca - SINMAC, señor Julio Nery Obregón Vergaray, y el Recaudador señor Marco Antonio García Zamudio, en circunstancias en que viajaban de la localidad de Yauca a Nasca llevando dinero recaudado por un monto de S/. 25,476.00 para depositarlo en el Banco, en un vehículo designado para uso exclusivo de transporte de personal y dinero, fueron asaltados con arma de fuego por dos sujetos que precisamente viajaban en el mismo vehículo y a quienes el referido Administra- dor permitió que el chofer Aníbal Anicama Geldres los transportara a Nasca a cambio del pago de pasaje; Que, los hechos ocurridos han causado perjuicio eco- nómico al SINMAC, transgrediéndose normas mínimas de seguridad sobre atribuciones y tareas diarias del personal de Administración de Unidades de Peaje y del proceso de recaudación, al haberse permitido que perso- nas ajenas a la institución hayan viajado en el vehículo de traslado de caudales y personal de Peaje; Que, la Compañía de Seguros Popular y Porvenir comunicó al SINMAC no poder atender el siniestro de asalto y robo de dinero en tránsito de la Unidad de Peaje de Yauca, a que se contrae la Póliza Nº 14590, en razón de que no se cumplió con una de las condiciones de cobertu- ra, puesto que el vehículo recogió a otras personas ajenas al traslado del dinero; Que, la Asesoría Legal del SINMAC en Informe Nº 136-2001-MTC/15.02.SINMAC.AI, considera que existe presunta responsabilidad civil por la actuación negligen- te en los hechos ocurridos, por parte de Julio Nery Obregón Vergaray y Marco Antonio García Zamudio, quienes desempeñaban las funciones de Administrador de la Unidad de Peaje de Yauca y Recaudador, al haber incumplido normas de seguridad a las que estaban obli- gados en el desempeño de sus cargos; Que, los hechos descritos ameritan la intervención del Procurador Público del Ministerio de Transportes, Co- municaciones, Vivienda y Construcción;De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, para que en representa- ción y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra Julio Nery Obregón Vergaray y Marco Antonio García Zamudio, por los hechos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como de los antecedentes del caso men- cionado al Procurador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25504 Autorizan viaje de funcionaria de la Dirección General de Correos para participar en el curso de Encomien- das Postales y EMS, a realizarse en Portugal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2001-MTC/15.03 Lima, 15 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal - UPAEP, en el marco de cooperación establecido con CTT Correios de Portugal, ha cursado invitación a la Dirección General de Correos para que participe en el curso de Encomiendas Postales y EMS, que se llevará a cabo en la ciudad de Lisboa, Portugal del 18 al 29 de junio de 2001; Que, el referido Curso tiene como objetivo capacitar a los participantes en la organización y funcionamiento de los servicios de Encomiendas Postales y EMS, poniendo especial énfasis en los aspectos relacionados con el mar- keting, de modo que puedan adquirir experiencia y técni- cas a ser aplicadas en el servicio postal; Que, al mencionado curso ha sido invitada la señora Maritza Santa María Palza, Directora de Asuntos Interna- cionales y Fomento de la Filatelia de la Dirección General de Correos, cuyos gastos serán asumidos por la Unión Postal de las Américas, España y Portugal - UPAEP; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decre- tos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Maritza Santa María Palza, Directora de Asuntos Internacio- nales y Fomento de la Filatelia, de la Dirección General de Correos; a la ciudad de Lisboa, Portugal, del 18 al 29 de junio de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La funcionaria cuyo viaje se autoriza, deberá tener en cuenta lo establecido en la Directiva Nº 002-99-MTC/15.01 aporobada mediante Resolución Ministerial Nº 293-99-MTC/15.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25503