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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (20/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 204766 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de junio de 2001 Trabajo y Promoción Social, ante el referido Consejo Directivo Nacional; Que, habiendo concluido tal designación es necesario ratificar a la mencionada funcionaria como representan- te del Sector ante el citado Organo de Dirección; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 11º y 13º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, literal d) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 058-2001-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratificar a la doctora Manuela García Cochagne, funcionaria encargada de la Direc- ción Nacional de Relaciones de Trabajo, como repre- sentante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacio- nal de Capacitación para la Industria de la Construc- ción - SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 25635 M T C Otorgan concesión a Telecable Trujillo S.A.C. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifu- sión por cable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2001-MTC/15.03 Lima, 14 de junio de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa TELECA- BLE TRUJILLO S.A.C. para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción otorgar concesiones, autoriza- ciones, permisos y licencias en materia de telecomunica- ciones; Que, el Artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámi- tes establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfeccio- na mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que el Artículo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Te- lecomunicaciones, mediante Informe Nº 229-2001-MTC/ 15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el cumpli- miento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por ca- ble, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELECABLE TRUJILLO S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificato- rias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones, y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELECABLE TRUJILLO S.A.C. concesión para la prestación del servi- cio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende los distritos de El Porvenir, Florencia de Mora, Huanchaco, La Esperanza, Laredo, Moche, Trujillo y Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TELECABLE TRUJILLO S.A.C. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticin- co (25) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolu- ción. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computa- dos a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25506 Amplían concesión para la prestación de servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacio- nal a favor de J.N. Atala & Cía. S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2001-MTC/15.03 Lima, 14 de junio de 2001 Vista, la solicitud formulada por la empresa J.N. ATALA & CIA. S.A. para la ampliación de la concesión para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional a la modalidad conmutado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 378-2000- MTC/15.03, de fecha 20 de setiembre de 2000, se otorgó concesión a favor de la empresa J.N. ATALA & CIA. S.A. para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad de no conmutado, habiéndose suscrito el contrato respec- tivo en su oportunidad; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 352- 2000-MTC/15.03, de fecha 26 de setiembre de 2000, se aprobaron las características técnicas de operación para la prestación de los servicios concedidos mediante Reso- lución Ministerial Nº 378-2000-MTC/15.03; Que, la empresa J.N. ATALA & CIA. S.A. solicita la ampliación de la concesión para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional a la modalidad de conmutado; Que, mediante Informe Nº 202-2001-MTC/ 15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por la empresa J.N. ATALA & CIA. S.A.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modifica-