Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2001 (24/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 24 de junio de 2001
Nº de Ord. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES
DERECHO DE PAGO Vigente a la fecha en que se efectua el pago. CALIFICACION EVALUACION AUT. POS. NEG. Nº REG. DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Registro Militar correspondientes. d) Residentes III MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. e) Residentes IV MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. f) Residentes V MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. g) Residentes en el Extranjero, en los Consulados de Peru. X a) Residente MORDAZA y Callao, Oficina de Registro Militar b) Residentes I MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. c) Residentes II MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. d) Residentes III MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. e) Residentes IV MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. f) Residentes V MORDAZA MORDAZA Oficina de Registro Militar correspondientes. g) Residentes en el Extranjero, en los Consulados de Peru.

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AUTORIDAD QUE AUTORIDAD APRUEBA EL QUE RESUELVE TRAMITE RECURSO IMPUGNATIVO

2) En el Extranjero.

Diez con 00/100 Dolares Americanos ($10.00)

NOTA: 1) Para el caso de los peruanos residentes en el extranjero, la gestion sera ante el Consulado peruano del MORDAZA residente, previo pago de la tasa equivalente, adjuntando Dos (2) fotografias de frente y Dos (2) de perfil tamano pasaporte a colores.

b) En el extranjero Consul del Peru.

b) En el extranjero Consul del Peru. a) En el MORDAZA Jefe de las Oficinas de Registro Militar de las Zonas Navales correspondientes

D-16 Obtencion de Duplicado de Libreta Militar

1. El interesado presentara lo siguiente: a) Presentar formulario lleno de datos de filiacion obtenidos en la Oficina de Registro Militar. b) Recibo por expedicion de Libreta Militar. (*) c) Recibo original del Banco de la Nacion al Codigo 0892 MGP por Duplicado de Libreta Militar, segun sea el caso: 1) En el MORDAZA

a) En el MORDAZA Jefe de la Oficina de Registro Militar de los Organismos de Reservas y Movilizacion.

0.005 UIT

0.01 UIT Vigente a la fecha en que se efectua el pago. Diez con 00/100 Dolares Americanos ($10.00)

2) En el Extranjero.

NOTA: 1) Para el caso de los peruanos residentes en el extranjero, la gestion sera ante el Consulado peruano del MORDAZA residente, previo pago de la tasa equivalente, adjuntando Dos (2) fotografias de frente y Dos (2) de perfil tamano pasaporte a colores.

b) En el extranjero Consul del Peru.

b) En el extranjero Consul del Peru.

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Nombran Comision Multisectorial que precisara procedimiento a seguir para dotar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru de un Buque Escuela a MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 035 DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 24094 se declara de necesidad publica y de interes nacional, dotar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru de un Buque Escuela a Vela; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-85-MA de fecha 18 de febrero de 1985, se nombro una Comision a fin de que elabore un proyecto que especifique las acciones a desarrollarse para dar cumplimiento a lo establecido en el citado Dispositivo Legal; Que, a la fecha no se ha ejecutado acciones especificas para dar cumplimiento al mandato legal, por lo que se requiere se planteen nuevamente las acciones a llevarse a cabo; Estando a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Nombrar una Comision Multisectorial que precise el procedimiento a seguir para concretar el poder dotar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru de un Buque Escuela a MORDAZA, la misma que se encontrara conformada por:

a) Un representante del Ministerio de Defensa, quien la presidira b) Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas c) Un representante de la Confederacion Nacional de Instituciones y Empresas Privadas (CONFIEP) d) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores Articulo 2º.- La mencionada Comision presentara su informe en un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la promulgacion del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 022 DE/MGP de fecha 10 de MORDAZA del 2001. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Defensa, de Relaciones Exteriores y de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio del dos mil uno. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 25849

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