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Pág. 205304 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el facsímil del visto, se informa de la Reunión de Autoridades Pesqueras del Perú y Boliviaque se llevará a cabo en la ciudad de La Paz - Bolivia,bajo la conducción de la Autoridad Binacional del Siste- ma Hídrico del Lago Titicaca, Río Desaguadero, Lago Poopo Salar de Colpasa, los días 29 y 30 de mayo de2001, y se solicita la designación del funcionario queparticipará en dicho evento; Que, el objetivo principal de la reunión en mención, es avanzar para uniformizar la normatividad vigente, la misma que está relacionada con la actividad pesque- ra y acuícola, en el ámbito del Lago Titicaca, activida-des que desarrollan los pescadores y comerciantes pe-ruanos y bolivianos; Que, mediante el oficio del visto, se ha designado para participar en dicha reunión al licenciado biólogo José Oswaldo Cazorla Galdós, en su calidad de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Truchas Titicaca, comorepresentante del Consejo Transitorio de Administra-ción Regional - CTAR Puno; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar en vías de regularización, el viaje del biólogo Lic. José Oswaldo Cazorla Galdós, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Truchas Titica- ca PETT, a la ciudad de La Paz de la República deBolivia, los días 29 y 30 de mayo de 2001, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución serán cubiertos por el Sector: 25 Presidencia, Pliego: 458-CTAR-PUNO, Uni-dad Ejecutora: 001 SEDE-PUNO, Función: 12 Pesca,Programa: 044 Promoción de la Producción Pesquera,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 23,00 Viáticos US$ 400,00 Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado, den- tro de los quince (15) días calendario contados a partirde su retorno al país, deberá elaborar un informe para la Presidencia Ejecutiva del CTAR Puno, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el referidoviaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación, y será refrendada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 26161 PESQUERÍA Aprueban Norma de Procedimientos para la Ejecución del Proceso de Fiscalización Posterior en el Ministerio de Pesquería,Direcciones Regionales y Subregionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2001-PE Lima, 26 de junio del 2001CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 25035, Ley de Simplificación Admi- nistrativa en su Artículo 4º dispone en la administra-ción pública la implementación del Proceso de Fisca-lización Posterior, en aplicación del Principio de Pre- sunción de Veracidad, precisándose que la forma en que ésta se lleve a cabo, así como las acciones ysanciones a que dé lugar, serán establecidas en sureglamento; Que por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, se apro- bó el Reglamento de la Ley de Simplificación Administrativa, que en su Artículo 14º establece que la Fiscalización Posterior es el seguimiento y verificaciónque realiza la administración pública a las declaracio-nes presentadas por el interesado o su representante, yse ejecuta en forma permanente y preferentemente porel sistema de muestreo al azar, según las directivas que emita cada entidad; Que para los fines antes señalados el Ministerio de Pesquería, mediante la Directiva Ministerial Nº 002-95-PE, de fecha 1 de marzo de 1995, aprobó las normaspara la "Ejecución del Proceso de Fiscalización Poste-rior", con alcance a las dependencias del Ministerio de Pesquería que prestan servicio al público; Que resulta necesario aprobar una nueva norma de procedimientos para la ejecución del Proceso de Fiscali-zación del Posterior en el Ministerio de Pesquería, quetenga alcance asimismo a las Direcciones Regionales ySubregionales de Pesquería; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planificación y Presupuesto;y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25035 y las atribuciones conferidas en el Decreto Supremo Nº070-89-PCM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la Norma de Procedi- mientos para la Ejecución del Proceso de FiscalizaciónPosterior en el Ministerio de Pesquería y DireccionesRegionales y Subregionales de Pesquería, la misma queen anexo forma parte integrante de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería Norma de Procedimientos para la Ejecución del Proceso de Fiscalización Posterior en el Ministerio de Pesquería, Direcciones Regionales de Pesquería y Direcciones Subregionales de Pesquería I. OBJETIVO Normar la ejecución del Proceso de Fiscalización Posterior que deben realizar las dependencias del Mi-nisterio de Pesquería y las Direcciones Regionales ySubregionales de Pesquería, a las declaraciones y/o presentación de documentos que efectúen los usuarios o sus representantes, para la obtención de un serviciopúblico, especialmente en lo relacionado con procedi-mientos de aprobación automática o de silencio adminis-trativo positivo consignados en el correspondiente TUPAdel Ministerio de Pesquería. II. FINALIDAD- Dar cumplimiento a la aplicación del principio de "Presunción de Veracidad". - Establecer pautas que aseguren el correcto pro- ceso de fiscalización desde la determinación del frau- de o falsedad hasta la aplicación de la sancióncorrespondiente.