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NORMAS LEGALES Pág. 205298 Lima, jueves 28 de junio de 2001Comisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la de que resuelve de que Formales de Trámite mático S.A. S.A. No inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación la Revisión resuelve la (*) Positivo Negativo Regulado procedimiento Reconsideración Apelación Revisión Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 Decreto Supremo Nº018-2001-PCM, publicado el 27 de febrero del 2001 15. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos (**) 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de Personas Jurídicas 1,50% del X Fedatario No Contemplado ———————- No ———————- No ———————- se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***). En caso de personas naturales Crédito Contemplado Contemplado deberán presentar copia simple de su documento de identidad. Dicha Solicitud deberá Invocado consignar la Declaración Expresa e Indubitable de que el Solicitante se encuentra de acuerdo hasta con el monto señalado por la Empresa Deudora como Crédito a su favor, a partir de la Relación 0,50 UITde Obligaciones presentada e identificar a la Empresa Deudora2. Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, (Los o, en caso contrario, informar de la existencia de vinculación de éste, en cualquiera de los Créditos casos a que se refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración Laborales Patrimonial están 3. Adjuntar copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente ante el exonerados Fedatario. de éste pago) (****) Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 16. Procedimiento Transitorio - Solicitud de Reconocimiento de Créditos Discrepantes (**) 1. Solicitud dirigida al Fedatario consignando datos de identificación y domicilio e identificando 3% de la X Fedatario 3% del Crédito Comisión Ad - Hoc 3% del Comisión 3% del Sala de a la Empresa Deudora. Para el caso de Persona Jurídicas se deberá acreditar, además, la parte del Controvertido Crédito Delegada de Crédito Defensa Existencia y los Poderes (***). En caso de personas naturales deberán presentar copia simple Crédito hasta un máximo Invocado Reestructuración Controvertido de la de su documento de identidad Invocado de 0,10 UIT hasta un Patrimonial hasta un Competencia 2. Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los sujeto a Procede dentro máximo de máximo de Créditos, distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso, la tasa de interés Discrepancias de los 5 días de 0,10 UIT 0,30 UIT Tribunal de aplicada. hasta un Notificada la Procede Procede Indecopi 3. Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, máximo de Resolución dentro de dentro de los o, en caso contrario, informar de la existencia de vinculación con éste, en cualquiera de los 0,50 UIT los 5 días de 5 días de casos a que se refiere el Articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuración (Los Notificada la notificada la Patrimonial. Créditos Resolución Resolución 4. Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de correr traslado a la otra Laborales parte, de ser el caso. están 5. Adjuntar Copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite correspondiente ante la exonerados Comisión Ad - Hoc. de éste pago) Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 (****) 17. Solicitud de Reconocimiento de Créditos en el Procedimiento de Declaración de Insolvencia originado en el Procedimiento Tra nsitorio 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio de la Empresa Deudora. Para el caso 1.5% de la X Secretaría Técnica 3% del Crédito Secretario Técnico 3% del Crédito Comisión de Procede Sala de de Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (***). En caso parte del de la Comisión Controvertido o Controvertido Reestructuración dentro de los Defensa de personas naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Crédito Delegada de hasta 0,10 UIT Comisión de hasta Patrimonial 5 días de de la 2. Identificación de la Empresa Insolvente Invocado, que Reestructuración Procede dentro Reestructuración 0,10 UIT para el caso de notificada la Competencia 3. Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los fue verificado Patrimonial de los 5 días de Patrimonial Procede Resoluciones Resolución créditos, distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso, tasa aplicada o reconocido u Notificada la dentro de Expedida s por el de la Tribunal del 4. Copia de la documentación que acredite existencia de garantías constituidas sobre los por el Fedatario Oficina Resolución (Sede Central los 5 días de Secretario Comisión Indecopi bienes del Insolvente. o la Comisión Descentralizada o Delegada) Notificada la Técnico que conoce 5. Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con la Empresa Ad - Hoc hasta Resolución o la Apelación Insolvente, o, en caso contrario, informar de la Existencia de Vinculación con éste, en cualquiera un máximo de Sala de Interpuesta de los casos a que se refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de 0,50 UIT Defensa de contra el Reestructuración Patrimonial. Por la diferencia la Competencia Pronuncia- 6. Presentar copia de la documentación para la otra parte. entre los en el caso de miento del créditos Resoluciones Secretario invocados y los Expedidas por Técnico ya reconocidos la Comisión en el PT el 3% de dichomonto hasta