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NORMAS LEGALES Pág. 205302 Lima, jueves 28 de junio de 2001Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de Autoridad que Formales de Trámite mático S.A. S.A. No inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación resuelve la (* * *) Positivo Negativo Regulado procedimiento Reconsideración Apelación apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes Examen de Provisionales Provisionales - La descripción completa del producto objeto de Dumping o Subvención Derechos - El país de exportación y de origen Definitivos - La identidad de cada productor y exportador extranjero conocido 0,60 UIT - La lista de importadores, pruebas sobre los precios a los que se vende en el país de origen (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial)- Datos sobre la evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. B)Para el caso de empresas exportadoras, importadoras o productoras nacionales, solicitantes de examen de derechos definitivos: - Datos sobre los precios a los que se vende en el país de origen el producto objeto de derechos definitivos (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial),- Evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. 3. Para solicitar la confidencialidad de determinada información, la parte solicitante deberá presentar justificación al respecto y un resumen no confidencial de dicha información, de conformidad con el Artículo29° del Decreto Supremo N° 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo N° 144-2000-EF. 4. Copias según el número de partes citadas en la solicitud o, para el caso del Examen de Derechos Definitivos, de las partes que intervinieron en el Procedimiento de Investigación para la aplicación de dichos derechos. Base Legal: Decreto Ley 25868 Art. 22°, publicado el 24 de noviembre de 1992 2. Procedimiento sobre Medidas de Salvaguardia 1. Solicitud de inicio de investigación o Prórroga de la Medida de Salvaguardia, consignando datos de identificación, Presentación X Secretaría Técnica 0,10 UIT Comisión de 0,10 UIT Sala de Defensa domicilio y actividad económica del Solicitante (d), así como copia de los documentos que acrediten su de Solicitud de la Comisi ón de Procede dentro de Fiscalización de Procede dentro de de la existencia y a su Representante Legal (e), de ser el caso 0,20 UIT Fiscalización de los 15 días hábiles Dumping y Subsidios los 15 hábiles días Competencia Dumping y de notificada la de notificada la 2. Cuestionario para empresas productoras solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir: Subsidios Resolución Resolución Tribunal de - La descripción completa del producto importado Investigación Indecopi - Clasificación arancelaria 0,60 UIT - Derechos arancelarios vigentes- Descripción del producto nacional similar o directamente competidor- Pruebas sobre la representatividad del solicitante dentro de la rama de producción nacional o constancias de apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes- Datos de importación y datos de la producción nacional para los tres últimos años calendario (periocidad mensual)- Datos cuantitativos indicando el grado de daño grave o amenaza del mismo- Relación de causalidad- Declaración de los objetivos que se busca con la medida e informe económico cuantificando el impacto de la medida sobre los consumidores finales e intermedios del producto involucrado, así como sobre el interés público.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. 3. Plan de reajuste de la rama de producción nacional a la competencia de las importaciones (f).4. Para solicitar la Confidencialidad de determinada información, la parte solicitante deberá presentar justificación al respec to y un Resumen No Confidencial de dicha información, de conformidad con el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº020-98-ITINCI. 5. Copias según el número de países involucrados. Base Legal: Decreto Supremo 020-98-ITINCI, publicado el 19 de diciembre de 1998. (a) La copia del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, deberá adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de l os Procedimientos. (b) Para el caso de denuncias contra las importaciones originarias de países miembros de la Organización Mundial del Comercio, el Solicitante o los Solicitantes en conjunto deberán representar por lo menos el 25% de la Producción Nacional Total del Prod ucto Similar, adjuntando cartas de apoyo del resto de los productores nacionales no solicitantes, de tal manera que en conjunto (solicitantes y apoyantes) represe nten más del 50% de la Producción Nacional del Producto Similar. En el caso que el o los solicitantes representen más del 50% de la Producción Nacional Total del Producto Similar de que se tra te las cartas de apoyo serán accesorias. (c) Comprende a todos los exámenes establecidos en el Decreto Supremo N° 133-91-EF modificado por el Decreto Supremo No. 051-92 -EF, en el Decreto Supremo N° 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo N° 144-2000-EF y en el Acuerdo Antidumping de la Org anización Mundial del Comercio. (d) El Solicitante o los Solicitantes en conjunto deberán representar cuando menos el 50% de la Producción Nacional Total del P roducto de que se trate. Excepcionalmente en el caso de producción nacional fragmentada podrá iniciarse investigación con el apoyo de por lo menos el 25 % de la producción nacional total (e) Los poderes deberán cumplir las siguientes formalidades: A. En el caso de Personas Naturales; la representación deberá constar en Carta Poder simpleB. En el caso de Personas Jurídicas; intervendrán en el proceso a través de sus Representantes, quienes deberán actuar acredita dos con los respectivos poderes, para lo cual será suficiente la presentación de la copia de los documentos respectivos. C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, estos deberán contener además la Visación Consular correspondiente y su Vi sación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. (f) Deberá ser entregado a la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios dentro de los 30 días siguientes a la publicació n de la Resolución de Inicio de Investigación. 26140