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Pág. 205334 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de junio de 2001 CRAC Tumbay-L; así como el Informe de Visita de Inspección DESF "F" Nº 049-2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 705-97 de fecha 22 de octubre de 1997, se declaró en disolución la CRAC Tumbay-L, para iniciar el correspondiente proceso deliquidación; Que, asimismo, mediante Resolución SBS Nº 147-98 del 29 de enero de 1998, se designó a la empresa "Centro de Servicios y Elaboración de Proyectos de Inversión" CESEPI de la facultad de Ciencias Económicas de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos, como administradora del proceso liquidatorio de la mencio- nada CRAC Tumbay-L; Que al inicio del proceso liquidatorio el Balance General de la CRAC Tumbay-L registraba activos porun monto que ascendía a S/. 2 851 mil y un pasivo por un total de S/. 2 882 mil y en consecuencia un patri- monio neto negativo de S/. 31 mil; Que, los saldos de los depósitos de ahorros no reclamados por sus titulares ascienden a S/. 67092.46 y US$ 100.00, los cuales han sido consigna- dos en el Banco de la Nación, mediante los depósitos judiciales Nºs. 1999048101639 y 1999048101436, defecha 23 de abril de 1999; Que, de acuerdo al orden de prelación señalado en el Art. 117º de la Ley Nº 26702, la CRAC Tumbay-L atendió la acreencia pendiente con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, ascendenteal inicio de la liquidación a US$ 769 667.42, la misma que después de haberse amortizado el 22 de junio de 1999 con la suma de US$ 145 802.06, se redujo dichosaldo acreedor a la cantidad de US$ 623 865.36, ha- biéndose suscrito con fecha 17 de febrero del 2000 un Contrato de Dación en Pago, mediante el cual seentregó a COFIDE la suma de S/. 200 000,00 en efectivo y dos inmuebles ubicados en el jirón Dos de Mayo Nº 1321, distrito, provincia y departamento deHuánuco, y en Túpac Amaru Nºs. 509-511, distrito de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, am- bos, valorizados en US$ 23 619.00; con dichos pagosCOFIDE ha dado por cancelado en su integridad y en consecuencia liquidada por completo su acreencia con la CRAC Tumbay-L; Que, asimismo, la CRAC Tumbay-L tenía un monto de obligaciones por pagar con el Consejo Transitoriode Administración Regional de Huánuco - CTAR-HCO, ascendente a US$ 305 207.99; habiendo suscrito con fecha 12 de julio del 2000 un Contrato Privado deCumplimiento de Obligaciones, por el cual, la primera de las entidades cumplió con pagar parte de su obliga- ción mediante la dación en pago del saldo de susactivos, de acuerdo al orden de prelación, constituidos por bienes muebles e inmuebles, cesión de cartera de créditos y cesión de derechos, por el importe de US$238 348.25. El saldo impago ascendente a US$ 66 859.74, se encuentra contabilizado en el pasivo de la CRAC Tumbay-L, de conformidad con lo expresado enla cláusula segunda del mencionado Contrato y al acuerdo adoptado por los liquidadores; Que, en el Balance General al 31 de julio del 2000, publicado el 4 de abril de 2001, en el Diario Oficial El Peruano, figura como pendiente las obligaciones a CTAR-HCO por un monto de S/. 233 340.00 y los intereses devengados de los depósitos de ahorros por un monto de S/. 31 977.26, que no han podido ser atendidos poragotamiento del activo; Que, la Comisión Administradora de Carteras en Sesión Nº 118-2000-CAC, se ha pronunciado sobre la procedencia de la culminación del proceso liquidatorio de la CRAC Tumbay-L, emitiendo opinión favorable alrespecto, en cumplimiento con lo dispuesto por el literal g) de la Cláusula Tercera del Convenio de Delegación de facultades, aprobado por Resolución SBS Nº 1086-98del 22 de octubre de 1998; Que, mediante Informe de Visita de Inspección DESF "F" Nº 0049-2001 de fecha 22 de mayo del 2001, se ha comprobado que a la fecha, la CRAC Tumbay-L no cuenta con activos ni contingencias; y en lo que respectaa la obligación pendiente de pago referida en el sétimoconsiderando, la misma que no podrá ser honrada por agotamiento del activo; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden-cia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia de Banca y Segu- ros dar por concluido el proceso liquidatorio de laCRAC Tumbay-L; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades que le confiere la citada Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Tumbay S.A. en liquidación y en consecuencia declarar la extinción de su personalidad jurídica, disponiendo eltraslado del acervo documentario al Archivo Regional de Huánuco. Artículo Segundo.- Concluir el encargo de con- ducción y supervisión del proceso liquidatorio de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Tumbay en liquida- ción, efectuado a la Comisión Administradora deCarteras mediante Resolución SBS Nº 054-99 del 21 de enero de 1999, en aplicación de la Cláusula Quinta del Convenio de Delegación de Facultades y de laAddenda suscrita el 12 de octubre de 2000, debiendo la mencionada entidad realizar los trámites perti- nentes ante los Registros Públicos a fin de inscribir lapresente Resolución. Artículo Tercero.- Dar por terminado el encargo efectuado a la Empresa de Centro de Servicios y Elabo-ración de Proyectos de Inversión - CESEPI para la representación y administración de la referida Caja Rural de Ahorro y Crédito Tumbay en liquidación,dejando sin efecto la Resolución SBS Nº 147-98 de 29 de enero de 1998. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente ins- cripción. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 26059 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra presuntos respon-sables de delitos de estafa, violencia y resistencia a la autoridad RESOLUCIÓN SBS Nº 476-2001 Lima, 21 de junio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTO: El Memorándum S/N-2001-COMISION BNM de fe- cha 14 de junio de 2001, mediante el cual eleva ante el despacho del Superintendente de Banca y Seguros, elInforme Técnico Legal sobre Captaciones de Recursos y su Aplicación emitido en el caso del Banco Nuevo Mundo; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum de 13 de febrero de 2001, este Organismo de Control designó una ComisiónEspecial, a efectos de evaluar el contenido de los recla- mos y quejas que habían interpuesto diferentes perso- nas naturales por considerarse estafados por los accio-