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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (30/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 292

TEXTO PAGINA: 103

Pág. 205665 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de junio de 2001 trito para el período comprendido del 16 al 30 de junio; Que, en mérito al Artículo 8° de la ordenanza mencionada en el considerando precedente, se facultaal señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas complementarias para el cumplimiento de los alcancesde dicha ordenanza; Que, habiéndose vencido a la fecha, el plazo de vigencia referido en la Ordenanza N° 026-MDCH, yatendiendo a las diversas solicitudes de los innumera- bles contribuyentes que desean se prorrogue la fecha de pago de dicho beneficio, a fin de ponerse al día en susdeudas tributarias y administrativas contraídas con el Municipio; y, Estando a lo antes expuesto, en virtud a lo estable- cido en el Texto Único Ordenado del Código Tributario- D.S. N° 135-99-EF, y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcalde conforme lo dispone el Art. 47°Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 23853; SE DECRETA: Artículo 1.- PRORROGAR, el plazo de vigencia del Beneficio para condonar las moras e intereses de Deu- das Tributarias y Administrativas, aprobado mediante Ordenanza N° 026-MDCH del 15 de junio del 2001, elcual se entenderá vigente hasta el 30 de julio del 2001, contando con todos sus beneficios. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Adminis- tración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Coac- tiva y a la Unidad de Informática, el cabal cumplimien-to del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 26218 MUNICIP ALIDAD DE CIENEGUILLA Aprueban T exto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Munici-palidad para el año 2001 ORDENANZA Nº 013-2001-MDC Cieneguilla, 27 de junio del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Cieneguilla, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de junio del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 004-99-A-MDC de fecha 25 de junio del año 1999,se aprobó el Texto Únicode Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad Distrital de Cieneguilla; Que, el Artículo 20º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece que es obligación2. Incumplimiento con el pago en su fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias ordina- rias que le corresponda en cada ejercicio gravable, según lo dispuesto en el Artículo Cuarto de lapresente Ordenanza. La Pérdida del fraccionamiento será declarado mediante Resolución Directoral de la Oficina de Admi- nistración Tributaria. Artículo Décimo.- Notificada la Resolución Directoral de Pérdida de Fraccionamiento al deu- dor y habiendo transcurrido el plazo establecido por Ley para interponer recursos impugnatorios, sinque lo hubiera efectuado, se procederá a iniciar el Procedimiento de Ejecución Coactiva, según lo dis- puesto en la Ley Nº 26979 y el Código Tributario,por el total de las cuotas pendientes de amortiza- ción más los intereses moratorios; asimismo, se ejecutarán todas las garantías ofrecidas a favor dela Administración. Primera Disposición Final.- Será de aplicación para todo lo no dispuesto en la presente norma, la Ordenanza Nº 012-MDB que aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributa-rias. Segunda Disposición Final.- Las Unidades que integran la Oficina de Administración Tributaria, se- rán las responsables de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera Disposición Final.- Las Multas Tributa- rias se sujetarán a lo dispuesto en el Decreto de Alcal-día Nº 023-2000-MDB. Cuarta Disposición Final.- Los deudores tributa- rios y no tributarios podrán acogerse al presente bene- ficio dentro del plazo comprendido entre el 2 al 31 de julio del 2001. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFFAELLA BONAZZI DE BALARIN Teniente Alcaldesa Encargada de Alcaldía 26250 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de beneficio de condonación de moras e intereses por deudas tributarias y administrativas DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2001/MDCH Chorrillos, 28 de junio del 2001.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS: CONSIDERANDO: Que, en virtud a la Ordenanza que regula el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias y Administrativas aprobado mediante Ordenanza N° 026-MDCH del 15 de junio del 2001, se concededicho beneficio a todos los contribuyentes del dis-