Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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Visto el Acuerdo Nº 06/14.05.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 06 del 14 de MORDAZA de 2001, propuso se declare monumento al inmueble ubicado en la Av. Salaverry Nº 1114, esquina con Jr. Mariategui, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto es un excelente ejemplo de la arquitectura neo colonial; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble ubicado en la Av. Salaverry Nº 1114, esquina con Jr. Mariategui, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZINI MORDAZA Director Ejecutivo Encargado de la Direccion Nacional 26172 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 479/INC MORDAZA, 1 de junio de 2001 Visto el Acuerdo Nº 07/14.05.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 07 del 14 de MORDAZA de 2001, propuso se declare monumento al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Capac Nº 774, 770, esquina Av. MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto constituye importante testimonio de la evolucion arquitectonica desarrollada en el distrito de MORDAZA Maria; Estando a lo visado por la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA Capac Nºs.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VIGENCIA DEL MORDAZA
En cumplimiento del Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, se comunica al publico en general que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, aprobado mediante Ordenanza Nº 27-MPL, de fecha 15 de junio de 2000 y publicado el dia 25 de junio de 2000 y sus modificatorias, continuan vigentes para todos sus efectos. Pueblo Libre, junio del 2001. SECRETARIA GENERAL Y DEL CONCEJO

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