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Pág. 205654 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de junio de 2001 774, 770, esquina Av. Santa Cruz, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervención a realizarse en el monu- mento a que se refiere el Artículo 1º de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MAZZINI OTERO Director EjecutivoEncargado de la Dirección Nacional 26173 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 480/INC Lima, 1 de junio de 2001Visto el Acuerdo Nº 08/14.05.2001 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitec-tónicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección delPatrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultu-ral de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificación y re- gistro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que porsu valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos propuso mediante Acuerdo Nº 08 de fecha 14 de mayo de 2001, se declare monumento a la Iglesia de San José, ubica-da en Av. República Dominicana Nºs. 470, 480, 490, esquina Jr. Huamachuco Nº 1340, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por cuan-to constituye uno de los ejemplos más representati- vos de arquitectura neo gótica realizada en nuestro país; Estando a lo visado por la Dirección General del Patrimonio Monumental e Histórico, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble,la Gerencia Legal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de laNación"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprue- ba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación", y sumodificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO inte- grante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NA- CION, a la Iglesia de San José ubicada en la Av. República Dominicana Nºs. 470, 480, 490, esquinaJr. Huamachuco Nº 1340, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional deCultura, cualquier intervención a realizarse en el monu- mento a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución.Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MAZZINI OTERO Director EjecutivoEncargado de la Dirección Nacional 26174 INPE Aprueban convenios de cooperación interinstitucional sobre programas de crédito educativo, becas y solidaridad carcelaria RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 776-2001-INPE-P Lima, 13 de junio de 2001Visto, el Oficio Nº 802-2001-INPE/06, mediante el cual se remite el "Proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo y el Instituto Nacional Penitencia- rio"; CONSIDERANDO:Que, el inciso décimo sexto del Artículo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "CODIGO DE EJECU- CION PENAL", faculta al Instituto Nacional Peniten- ciario a celebrar convenios con entidades públicas y privadas; Que, el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educati- vo a través del convenio, cooperará con el Instituto Nacional Penitenciario para ofrecer el Programa de Cré- dito Educativo en beneficio del personal nombrado del Instituto Nacional Penitenciario con destacada labor profesional y sus familiares directos que requieran finan- ciar sus estudios en sus diversas modalidades, así como el Programa de Becas en beneficio del liberado para posibi- litar su reincorporación a la sociedad, coadyuvando a su formación, capacitación y especialización, y de los servi- dores penitenciarios y familiares; En consecuencia, es necesario aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo y el Instituto Nacional Penitenciario"; Con la opinión favorable de la Oficina General de Tratamiento, Asesoría Jurídica, Planificación y la Ofi- cina de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654 "CODIGO DE EJECUCION PE- NAL", Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Supre- ma Nº 089-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el "Convenio de Coopera- ción Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo y el Instituto Nacional Penitenciario"; mediante el cual se promoverá el Pro- grama de Crédito Educativo en beneficio personal nombrado del Instituto Nacional Penitenciario con destacada labor profesional y sus familiares directos que requieran financiar sus estudios en sus diversas modalidades, así como el Programa de Becas en bene- ficio del liberado para posibilitar su reincorporación a la sociedad, coadyuvando a su formación, capacitación y especialización del servidor penitenciario y familia a nivel nacional, siendo los principales compromisos los siguientes: - Ofrecer el Programa Nacional de Crédito Educati- vo y Programa de Becas Nacionales e Internacionales al personal del Sistema Penitenciario con el objeto de coadyuvar en los proyectos de capacitación e investiga- ción.