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Pág. 199366 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de marzo de 2001 ACTIVIDAD :1.00323 Lucha Contra el Tráfico y Uso de Estupe- facientes FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) (Categoría de Gasto y Grupo Genérico del Gasto) 5.GASTOS CORRIENTES 2'724,560.00 3. Bienes y Servicios 2'724,560.00 SUBTOTAL EGRESOS 3'980,109.00=========== TOTAL EGRESOS PLIEGO 36'133,000.00=========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 009 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración General FUNCIÓN : 03Administración y Planeamiento PROGRAMA : 006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0019 Planeamiento Presupuestario, Financie- ro y Contable ACTIVIDAD :1.00010 Administración del Proceso Presupues- tario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) (Categoría de Gasto y Grupo Genérico del Gasto) 5.GASTOS CORRIENTES 36'133,000.00 0. Reserva de Contingencia 36'133,000.00 TOTAL EGRESOS PLIEGO 36'133,000.00=========== Artículo 3º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, instruirá a las Unidades Ejecutoras comprendidas dentro de la presente Resolución, para que se elaboren las correspon- dientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la pre- sente norma. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, dentro de los dos (2) días de aprobada. Regístrese y comuníquese. Emb. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 19040 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna para la ejecución de tramos de la carretera Tacna-Tarata-Candarave- Umalso y de la carretera Costanera Sur DECRETO SUPREMO Nº 035-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en la región sur del país, constituyen infraestruc- tura de soporte vial las carreteras Tacna-Tarata-Canda-rave-Umalso- y Costanera Sur, a través de las cuales se consolidará el desarrollo autosostenido del departamento de Tacna y la Frontera Sur; Que, por Decreto Supremo Nº 054-99-MTC, se autorizó al Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna, a transferir a la Municipalidad Provincial de Tacna la suma de VEINTE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUA- TRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 934 000,00), para la ejecución en el ejercicio fiscal 2000 de la carretera Costanera Sur, Tramo I y de la carretera Tacna-Tarata- Candarave-Umalso; Que, es necesario garantizar la consolidación de la ejecución de ambas vías, carretera Costanera Sur y carre- tera Tacna-Tarata-Candarave-Umalso, hasta su interco- nexión con la Carretera Binacional para cuyo efecto debe autorizarse el financiamiento correspondiente con los recursos directamente recaudados del Centro de Exporta- ción y Transformación, Industria, Comercialización y Ser- vicios de Tacna-CETICOS TACNA; Que, mediante Acuerdo Nº 009-383-CA, adoptado en Sesión Ordinaria de Directorio de CETICOS TACNA Nº 383- CA-2001 del 23 de enero de 2001, se acordó aprobar la transferencia presupuestal a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna, por un monto de DIECISIETE MILLO- NES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHO- CIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 462 800,00), para financiar la construcción del Tramo II (20 Km.) de la carretera Tacna-Tarata-Candarave-Umalso por un monto de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 462 800,00), y el Tramo II (4.5 Km.) de la carretera Costanera Sur por un monto de DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00), estableciéndose que dicha transferencia se realizará con la autorización del Poder Ejecutivo; Que, la ejecución de las vías de comunicación señala- das precedentemente, resulta de vital importancia para el desarrollo autosostenido del departamento de Tacna; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna a transferir a la Municipalidad Provincial de Tacna la suma de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 462 800,00), para la ejecución de las obras en la carretera Tacna-Tarata-Candara- ve-Umalso, Tramo II (20 Km.) y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000 000,00), para la ejecución del Tramo II (4.5 Km.) de la carretera Costanera Sur. Artículo 2º.- La ejecución de obras se efectuará con cargo a los saldos de balance del Presupuesto del año 2000 y a los recursos directamente recaudados por el Centro de Exportación, Transformación, Industrias, Comercializa- ción y Servicios de Tacna-CETICOS TACNA, aprobados para el Ejercicio Fiscal del año 2001. Artículo 3º.- La Dirección General de Caminos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, supervisará y evaluará la ejecución de las obras a que se refiere el Artículo 1º del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 19192