Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2001 (01/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2001

ros, con el proposito de aclarar la obligacion de los Distribuidores Mayoristas de mantener una existencia media mensual minima de cada combustible; Que, el mencionado Decreto Supremo establece que los Distribuidores Mayoristas con capacidad de almacenamiento propia o contratada tienen la obligacion de mantener en total, en las Plantas de Abastecimiento de la misma MORDAZA o area, una existencia media mensual minima de cada combustible almacenado, equivalente a quince (15) dias calendario de su Despacho Promedio en dicha MORDAZA o area de los ultimos seis (6) meses calendario anteriores al mes del calculo de las existencias y en cada Planta de Abastecimiento una existencia minima de cinco (5) dias calendario del Despacho Promedio en dicha Planta; Que, atendiendo a que el calculo de la existencia media mensual minima se realiza sobre la base del Despacho Promedio de los ultimos seis (6) meses, es conveniente precisar el plazo a partir del cual sera exigible dicha obligacion, a fin de contribuir a la correcta actuacion del ente fiscalizador y garantizar el adecuado desenvolvimiento de las actividades de comercializacion de combustibles; De conformidad con lo dispuesto en la Decima Disposicion Complementaria del Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- La obligacion del Distribuidor Mayorista de mantener una existencia media mensual minima de cada combustible almacenado, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2000-EM, sera exigible transcurridos los seis (6) primeros meses de la vigencia del referido Decreto Supremo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 19163

De conformidad con la Ley N° 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica; el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y la Resolucion Ministerial Nº 155-98-ITINCI/DM Reglamento del Comite Consultivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como miembro del Comite Consultivo de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, al senor MORDAZA MORDAZA Toovey, en representacion del Gremio de Transportistas Aereos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 19042

Establecen la conformacion del Consejo Directivo del Proyecto "Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA CITEmadera"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 039-2001-ITINCI/DM MORDAZA, 22 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27267, "Ley de Centros de Innovacion Tecnologica" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI, establecen los lineamientos para la creacion, desarrollo y gestion de los Centros de Innovacion Tecnologica - CITES, con la finalidad de promover el desarrollo industrial y la innovacion tecnologica para el crecimiento competitivo de la industria nacional; Que, al MORDAZA del Articulo 3º de la Ley Nº 27267, mediante Resolucion Suprema Nº 150-2000-ITINCI se creo el Proyecto Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA - CITEmadera, como un Proyecto Presupuestal del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, encargado del apoyo tecnologico al sector forestal para promover el mejor uso de la MORDAZA como material de construccion y la produccion industrial del mueble de MORDAZA y otros articulos y productos afines y conexos; Que, de acuerdo con el Articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 150-2000-ITINCI, el MORDAZA organo rector del Proyecto CITEmadera esta constituido por un Consejo Directivo conformado por un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales quien ademas lo preside, un representante del Ministerio de Agricultura, un representante de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, y cuatro representantes de los empresarios del sector designados por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a propuesta de los gremios empresariales; Que, se ha cumplido el MORDAZA de acreditacion y ha quedado expedita la conformacion del Consejo Directivo del Proyecto CITEmadera por lo que resulta conveniente dictar las medidas del caso; De conformidad con el Articulo 4º de la Ley Nº 27267, Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI y Articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 150-2000ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Consejo Directivo del Proyecto "Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA - CITEmadera" del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, queda conformado de la siguiente manera:

MITINCI
Designan miembro del Comite Consultivo de Turismo en representacion del Gremio de Transportistas Aereos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 037-2001-ITINCI/DM MORDAZA, 22 de febrero de 2001 Vista, la carta de la Asociacion de Empresas de Transporte Aereo Internacional - A.E.T.A.I., de fecha 12 de febrero del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 014-99-ITINCI/DM, se designo al senor MORDAZA K. Veng MORDAZA, como miembro del Comite Consultivo de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, en representacion del Gremio de Transportistas Aereos; Que, el mencionado Gremio, mediante carta de fecha 12 de febrero del presente ano, ha comunicado que en la Asamblea General de Asociados, realizada el 28 de diciembre de 2000, se ha elegido su Junta Directiva para el ano 2001; Que, en el Articulo 5° de la Resolucion Ministerial Nº 155-98-ITINCI/DM, Reglamento del Comite Consultivo, se establece que los gremios e instituciones proponen sus representantes al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, el mismo que procedera a su designacion mediante Resolucion Ministerial;

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