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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2001 (01/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 199374 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de marzo de 2001 Vistos, el Expediente N° 003041-2001-MITINCI pre- sentado por la empresa Austrian Gaming Industries GmbH solicitando la autorización y registro de 1 memoria de sólo lectura y el Informe Nº 058-2001-MITINCI/VMT/DNT/ DAR-CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable- ciéndose en su Artículo 11° que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro otorgado por la auto- ridad competente; Que, el Artículo 11° del Reglamento para la explo- tación de los juegos de casino y máquinas tragamone- das, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001- 2000-ITINCI establece la información y documenta- ción que debe presentar el interesado para obtener la autorización y registro de las memorias de sólo lectura que conforman los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa solicitante en el mencio- nado expediente se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la auto- ridad administrativa competente para autorizar y regis- trar las memorias de sólo lectura que conforman los programas de juego de las máquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspon- dan; De conformidad con la Ley N° 27153 y el Decreto Supremo N° 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar e inscribir una memoria de sólo lectura, de acuerdo con el siguiente detalle: N° de Registro Código de la Nombre del Fabricante País memoria A0002365 BONEBAS92 V_4.0-5 Austrian Gaming Austria Industries GmbH Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO RAMÍREZ-GASTÓN ZEVALLOS Director Nacional de Turismo 19049 Modifican resolución que autorizó a Inversiones La Rioja S.A. la explota- ción de mesas de juego en estableci- miento ubicado en la provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 202-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 22 de febrero del 2001 Vistos, el Expediente Nº 001944-2001-MITINCI, presentado por la Empresa INVERSIONES LA RIOJA S.A., en el que solicita la modificación de la resolución de autorización expresa para la explotación de juegos de casino en las instalaciones del Hotel 5 Estrellas: "Lima Marriot Hotel & Stellaris Casino", ubicado en la Av. Malecón de la Reserva N° 615, distrito de Miraflo- res, provincia y departamento de Lima, y el Informe Legal Nº 059-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/ DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 2° de la Resolución Directo- ral N° 309-2000-MITINCI/VMT/DNT, se autorizó a la referida empresa la explotación de dieciséis (16) mesas de juego en el establecimiento antes mencionado, indicándo- se en dicho artículo las modalidades de juegos de casino autorizadas para su explotación;Que, mediante el Expediente N° 001944-2001-MITIN- CI, la Empresa Inversiones La Rioja S.A., pretende modi- ficar el Artículo 2° de la Resolución Directoral N° 309- 2000-MITINCI/VMT/DNT, en cuanto a la modalidad de juego de casino: “Pot Luck Black Jack” por la modalidad de “Black Jack”, manteniéndose la cantidad total de mesas originalmente autorizadas; Que, la documentación e información requerida para efectuar retiros e incrementos de modalidades de juego de casino en las salas de juego autorizadas se encuentra establecida en el Artículo 25° del Reglamento para la explotación de máquinas tragamonedas aprobado me- diante Decreto Supremo N° 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento N° 77 del TUPA del Ministerio de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2000-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la Empresa Inversiones La Rioja S.A., se advierte que ha cumplido las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la auto- ridad administrativa competente para otorgar autoriza- ciones para explotar juegos de casino y máquinas traga- monedas, es de su injerencia adoptar las acciones de Ley que correspondan; De conformidad con la Ley N° 27153 y los Decretos Supremos Nºs. 001-2000-ITINCI y 014-2000-ITINCI, es- tando a lo opinado mediante Informe Legal N° 059-2000- MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2° de la Resolu- ción Directoral N° 309-2000-MITINCI/VMT/DNT, el mis- mo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- La presente autorización faculta a la Empresa Inversiones La Rioja S.A. a explotar dieciséis (16) mesas de juego según el siguiente detalle: Nº de Registro Nombre del Juego de Casino Nº de Mesas Autorizadas JC0001 Black Jack 7 JC0002 Ruleta Francesa 4 JC0006 Mini Punto y Banca 1 JC0006 Punto y Banca 1 JC0007 Craps 1 JC0011 Showdown Póker 2 Total de Mesas Autorizadas 16 Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO RAMÍREZ–GASTÓN ZEVALLOS Director Nacional de Turismo 19050 Califican a empresa como entidad autorizada para realizar exámenes téc- nicos previos a modelos de máquinas tragamonedas y memorias solo de lec- tura de programas de juego RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 203-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 22 de febrero del 2001 Vistos, el Expediente Nº 005367-2001-MITINCI presen- tado por la empresa LABORATORI GENERAL DE A'SSAIGS I INVESTIGACIONS, solicitando calificar como Entidad Autorizada para efectuar exámenes previos a los modelos de máquinas tragamonedas o memorias sólo de lectura de los programas de juego que se pretenden regis- trar en el Perú y el Informe Legal Nº 072-2001-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB;